Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente - Nbr. 213, November 2004
Ignacio Sanz Jusdado y Ámngel Antón Oliva - Master en Urbanismo y Ordenación del Territorio. Abogado y Técnico Urbanista - Abogado
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Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Constitución Española de 1978. - Artículos 137 , 140 , 149
Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones. de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones.
Autorizaciones, concesiones y licencias
Licencias administrativas
Licencias urbanísticas
Derecho administrativo especial
Derecho urbanístico, Medio ambiente
Las licencias urbanísticas a la luz de la más reciente jurisprudencia de los tribunales superiores de justicia
1. INTRODUCCIÓN
A la hora de enfrentarnos a la redacción de este artículo, cuyo hilo conductor son una serie de sentencias dictadas por diferentes Salas de lo contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, y relacionadas todas ellas con la vida de las edificaciones, surgió una idea disparatada pero, al tiempo, amena: identificar las edificaciones &-x2014;entendidas éstas en el sentido más amplio posible, esto es, abarcando desde el más humilde de los muros entre lindes, a edificaciones de miles de metros cúbicos&-x2014; con un ser vivo, estructurando así el texto que sigue a continuación en función de las diferentes etapas «vitales» por las que éstas pasan. Así y grosso modo, se pueden identificar distintas etapas en el devenir de estos «seres vivos»: la concepción podría identificarse con el momento en que una persona, ya física, ya jurídica, decide la ejecución de la edificación. La gestación equivaldría a la redacción del proyecto que ha de servir para la obtención de la licencia, así como a su sometimiento al conocimiento de los servicios técnicos municipales que han de informarlo. El alumbramiento no podría identificarse sino, en el plano jurídico, con el momento de obtención de la licencia interesada y, en el plano material, con el inicio de su ejecución. Quedan años, largos años de vida por delante, en los que este peculiar «ser vivo» que es la edificación atraviesa todo tipo de vicisitudes en su devenir vital: nosotros comenzamos formándonos, accedemos a un trabajo, multiplicamos nuestras relaciones personales y laborales. Las edificaciones, por su parte, se ven sometidas a mejoras, obras de mantenimiento, ampliación o reforma, etc. Nosotros optamos &-x2014;si está en nuestras manos&-x2014; por un futuro profesional de forma más o menos meditada; las edificaciones son igualmente destinadas a una función u otra: residencial, industrial, terciaria, etc. Finalmente las edificaciones, como cualquier otro ser vivo, padece determinadas enfermedades en las que los galenos &-x2014;cuyo papel desempeñan las distintas administraciones con competencia en la materia, ya plena ya por subrogación&-x2014; prescriben determinados tratamientos para evitar la extinción de la vida &-x2014;en este caso estos tratamientos vendrían prescritos no en recetas médicas sino bajo el nombre de órdenes de ejecución&-x2014; o se limitan a certificar su defunción, que no sería sino la declaración de ruina. 2. EL PROYECTO QUE SIRVE DE BASE A LA SOLICITUD DE LICENCIA Es sobradamente conocido, al menos por los lectores de esta revista, que la STC 61/1997 ha supuesto un hito en la historia del urbanismo español. A su albur se ha vivido una eclosión legislativa por parte de las comunidades autonómicas, que ha supuesto la superación más o menos definitiva de las normas de procedimiento establecidas en el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, bien porque se haya recogido su regulación integrándola en las diferentes leyes del suelo promulgadas en estos años &-x2014;lo que convierte en innecesaria su consulta ni aun a efectos integradores&-x2014;, bien porque se hayan añadido o suprimido trámites, etc., de forma tal que sólo puede servir como informador del procedimiento para lo no previsto en esta nueva legislación autonómica....Try vLex for FREE for 3 days
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