El derecho a la intimidad en la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (2003)
Ana Isabel Herrán Ortiz
Section: Capítulo IV: La nueva regulación de los ficheros de datos de carácter personal
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REAL DECRETO 1332/1994, de 20 de Junio, por el que se desarrolla determinados aspectos de la Ley organica 5/1992, de 29 de Octubre, de Regulacion del Tratamiento automatizado de los Datos de Caracter personal. de 20 de Junio, por el que se desarrolla determinados aspectos de la Ley organica 5/1992, de 29 de Octubre, de Regulacion del Tratamiento automatizado de los Datos de Caracter personal.
Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos
Directiva 95/47/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, sobre el uso de normas para la transmisión de señales de televisión de 24 de octubre de 1995, sobre el uso de normas para la transmisión de señales de televisión
Procesos constitucionales
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Derecho fundamental amparado
Protección de datos personales
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Protección de datos personales
Derechos fundamentales
Derecho a la intimidad
Protección de datos personales
El movimiento internacional de datos personales
Haciendo propias las palabas de la Memoria Explicativa de la Recomendación de la OCDE sobre flujo internacional de datos personales, “por lo que respecta a los problemas jurídicos suscitados por el tratamiento automático de la información, la protección de la intimidad y de las libertades individuales constituye quizá el aspecto más controvertido. Esta preocupación tan difundida se debe al uso generalizado de los ordenadores para el tratamiento de los datos de carácter personal, a las grandes posibilidades que hoy ofrece el almacenamiento, la comparación, la interconexión, selección y acceso de los datos de carácter personal y a la combinación de los ordenadores y la tecnología de las telecomunicaciones, que es capaz de poner datos de carácter personal simultáneamente a disposición de millares de usuarios situados en lugares geográficamente dispersos y permite reunir datos y crear redes complejas de datos a escala nacional e internacional. Merecen una atención especialmente urgente ciertos problemas como, por ejemplo, los relativos a las nuevas redes internacionales de datos y los que hacen referencia a la necesidad de conciliar intereses opuestos, vinculados, de una parte, a la intimidad, y, de otra, a la libertad de información, pues sólo así será viable la plena explotación de las posibilidades de las modernas tecnologías de tratamiento de la información, en la medida en que así fuere de desear”. E...
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