BOE. Boletín Oficial del Estado, May 12, 2007 (Nbr. 114)
III - Otras Disposiciones - Ministerio de Medio Ambiente
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Id. vLex: VLEX-27573270
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Orden MAM/1298/2007, de 30 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades y organizaciones no gubernamentales para la realización de actividades privadas relacionadas con los principios inspiradores de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la fauna y flora...
La Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Fauna y Flora Silvestres, establece en su disposición adicional sexta la posibilidad de conceder ayudas estatales a las actividades privadas que contribuyan al cumplimiento de sus finalidades. La citada ley estableció en su art. 2.4, que las administraciones competentes promoverán la realización de proyectos educativos y científicos con participación activa de la sociedad civil en las tareas relacionadas con la conservación de la naturaleza, empleando para ello, entre otros medios, la concesión de ayudas estatales para financiar actividades privadas en orden a fomentar, entre otros objetivos, el conocimiento de la naturaleza y la necesidad de su conservación.Asimismo, la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, establece en su artículo 60 la posibilidad de conceder ayudas estatales a las actividades privadas que contribuyan al cumplimiento de las finalidades de esta ley. En efecto, en el citado artículo se dispone que las administraciones públicas promoverán activamente las entidades existentes o de nueva creación, que tengan por objeto la realización de actividades relacionadas con las materias forestales y, en particular, las relativas a la gestión sostenible y multifuncional de los montes, y que puedan colaborar con la administración en el ejercicio de sus competencias.La Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación, reconoce a las asociaciones sin ánimo de lucro un papel esencial como vehículo canalizador de esa participación, desarrollando el mandato constitucional que impone a los poderes públicos la obligación de fomentar la participación efectiva de los ciudadanos en todos los asuntos que les conciernan. Para lograr ese objetivo en el ámbito asociativo, su artículo 31 ...
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