Resolución de 14 de noviembre de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por el notario de Madrid, don Norberto González Sobrino, contra la negativa del registrador de la propiedad n.º 19 de Madrid a inscribir una escritura de declaración de obra nueva y división en régimen de propiedad horizontal.

BOE. Boletín Oficial del Estado, December 19, 2007 (Nbr. 303)

III - Otras Disposiciones - Ministerio de Justicia
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Resolución de 14 de noviembre de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por el notario de Madrid, don Norberto González Sobrino, contra la negativa del registrador de la propiedad n.º 19 de Madrid a inscribir una escritura de declaración de obra nueva y división en régimen de propiedad horizontal.

En el recurso interpuesto por el Notario de Madrid don Norberto González Sobrino contra la negativa del Registrador de la Propiedad número 19 de Madrid, don Rafael Arnaiz Eguren, a inscribir una escritura de declaración de obra nueva y división en régimen de propiedad horizontal.

Hechos

I

En escritura de 31 de octubre de 2003, autorizada por el Notario de Madrid don Norberto González Sobrino, la sociedad «Hollan City, S.L.» formaliza declaración del derribo del inmueble que constituye la finca registral 23.858, y la extinción del régimen de propiedad horizontal de la misma (constituido por las tres fincas en que se dividió, que son las registrales números 51.707, 51.709 y 51.711), con su conversión en propiedad ordinaria; y sobre el solar resultante declara una obra nueva en construcción, constituyendo a continuación el total inmueble en régimen de propiedad horizontal, formando por su división seis fincas que se describen. A efectos de lo dispuesto en el Real Decreto 1093/97, de 4 de Julio, se inserta testimonio de la Licencia de Edificación; y, además, comparece el Arquitecto autor del proyecto don Pablo C. C. para efectuar la manifestación que luego se expresa.

De la descripción de los distintos elementos independientes de la propiedad horizontal resulta que, entre los demás, queda formado el siguiente:

«Número seis.-Vivienda situada en la planta segunda del edificio, identificada como planta segundo, letra C.

Tiene una superficie construida de ...

Esta vivienda es dúplex. Su acceso se encuentra en la planta segunda del portal y cuenta, además, con otra planta situada a un nivel superior, a la altura de la planta ático de su portal. Las dos plantas dichas de la vivienda se comunican entre sí por medio de una escalera interior que es privativa de la propia vivienda.

Esta vivienda tiene además en la planta ático dos terraza...



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