RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2008, de la directora general de Gestión del Medio Natural, por la que se ordena la publicación de determinadas declaraciones de impacto ambiental, correspondientes a los municipios de Novelda, Bocairent, Elche, Morella, Dos Aguas, Alcoy, Algemesí y Cullera.

DOCV. Diari Oficial de la Comunitat Valenciana , February 08, 2008 (Nbr. 5.699)

III - Convenios y Actos - Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda
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RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2008, de la directora general de Gestión del Medio Natural, por la que se ordena la publicación de determinadas declaraciones de impacto ambiental, correspondientes a los municipios de Novelda, Bocairent, Elche, Morella, Dos Aguas, Alcoy, Algemesí y Cullera.

RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2008, de la directora general de Gestión del Medio Natural, por la que se ordena la publicación de determinadas declaraciones de impacto ambiental, correspondientes a los municipios de Novelda, Bocairent, Elche, Morella, Dos Aguas, Alcoy, Algemesí y Cullera. [2008/1505] Los artículos 4.3 y 22 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental y del Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del anterior decreto, respectivamente, establecen la obligatoriedad de hacer públicas las Declaraciones de Impacto Ambiental.

Siguiendo dicha línea, los artículos 5.3 y 28 de la Ley 2/1989, de 3 marzo, de la Generalitat Valenciana de Impacto Ambiental, y de su Reglamento, aprobado por Decreto 162/1990, respectivamente, establecen la obligatoriedad de hacer públicas las declaraciones de impacto ambiental, y en particular, de publicar dicha declaración en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

En su virtud, he resuelto:

Artículo único Publicar en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana las declaraciones de impacto ambiental, correspondiente a los expedientes 281/01-AIA Novelda, 161/04-AIA Bocairent, 026/05-AIA Elche, 104/05-AIA Morella, 153/05-AIA Dos Aguas, 180/05-AIA Alcoy, 241/05-AIA Algemesí y 254/05-AIA Cullera, que según el Reglamento aprobado por Decreto 162/1990 establece la obligatoriedad de su publicación Valencia, 16 de enero de 2008.­ La directora general de Gestión del Medio Natural: M' Ángeles Centeno Centeno.

Declaración de impacto ambiental Expediente: 281/2001-AIA.

Promotor: Hermanos Sánchez López Autoridad sustantiva: conselleria de Empresa, Universidad y Ciencia (Servicio Territorial de Industria y Seguridad Industrial de Alicante) y Ayuntamiento de Novelda Objeto proyecto: Cantera denominada Marina Dos.

Localización: En el paraje Bateig en el término municipal de Novelda (Alicante).

Descripción del proyecto La descripción del proyecto se realiza de acuerdo con toda la documentación presentada, en especial las ampliaciones de documentación presentadas por el promotor con fechas de entrada de 18 de octubre de 2004, 10 de febrero de 2003 y 12 de diciembre de 2005, que modifican el diseño de la explotación, reduciendo la zona de afección y evitando la afección al barranco de Bateig:

El objeto del proyecto es la explotación de caliza arenisca, que se realizará mediante fases, explotando el material en profundidad sin rebasar la cota de 325 m. El sistema será el de cantera a cielo abierto por bancos escalonados con talud forzado en los frontones de disfrute y en los hastiales laterales. Se utilizarán los siguientes sistemas para el corte de la piedra: segadora de cadena, apertura de pequeños pozos en la parte superior, introducción de hilo de diamante en circuito cerrado, perforación ligera con barrenas, y fraccionamiento del banco en bloques por medio de cordón deponente o mediante la introducción de barrenos a golpe de maza. Con ese sistema la utilización de explosivos es prácticamente inexistente.

Constará de cuatro fases con una producción anual prevista de 19.915 m³ de piedra aprovechable extraída en bloques de entre 2 y 6,5 m³ siendo el hueco final de explotación de 13,72 m de altura.

76.594 m² Superficie del hueco global de explotación: 76.594 m².

8.500 m² Zona para instalaciones y servicios: 8.500 m².

1.050.880 m³ Volumen global a desalojar: 1.050.880 m³.

995.735 m³ Volumen a desalojar (piedra): 995.735 m³.

Volumen de tierras a desalojar (montera): 55.148 m³.

40% Aprovechamiento útil de recurso: 40%.

398.294 m³ Volumen de material útil a extraer: 398.294 m³.

597.441 m³ Volumen de estériles: 597.441 m³.

Superficie ocupada provisionalmente por la montera: 11.910 m².

La vida de la cantera será de 20 años, con fases de 5 años de duración.

El volumen de estériles será revertido sobre el hueco de explotación, de manera que al no ser suficiente para el relleno de la misma se recurrirá a los estériles procedentes de otras canteras.

Las tierras de montera se desalojarán paulatinamente en cada una de las fases de explotación y acomodadas en caballones laterales longitudinales a cada uno de los huecos correspondientes. Los caballones tendrán una altura media de 8,37 m. permaneciendo un tiempo máximo de 6 años, y se utilizarán en la restauración de cada fase. En el Plan de restauración modificado de fecha 10 de febrero de 2003 se indica que el material de montera se acumulará en montículos de 2 m.

de altura.

En relación con los estériles se creará una escombrera temporal con los procedentes de la 1ª fase de explotación que se utilizarán para el relleno de la última fase y el resto se uti...



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