Competencia para la instrucción y resolución de un expediente de responsabilidad patrimonial derivada de la inactividad del Gobierno

Anales de la Abogacía General del Estado - Nbr. 2005, January 2007

Gallego Caballero, Fabiola
Permanent Link: http://vlex.com/vid/oacute-derivada-inactividad-47008903
Id. vLex: VLEX-47008903

Acceda a este documento
y pruebe vLex GRATIS durante 3 días

Previous | Nbr. 2005, January 2007 | Next

Sponsored Ads:


Summary:

Reclamación de cantidad formulada por PSN. Calificación como de responsabilidad patrimonial de la Administración del Estado. Criterios de imputación de responsabilidad. Competencia del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para instruir el procedimiento. Inactividad del Gobierno en el desarrollo reglamentario de la disposición adicional decimoctava de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre: jurisprudencia del TS; criterio mantenido por este Centro Directivo, modificación de dicho criterio a la vista de diversos autos del TS que atribuyen la competencia para resolver en estos casos al Ministro competente por razón de la materia.

Citations:

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículos 12 , 139 , 142


See all quotations

Headnotes:

Extract:

Competencia para la instrucción y resolución de un expediente de responsabilidad patrimonial derivada de la inactividad del Gobierno

Dictamen de la Abogacía General del Estado de 22 de marzo de 2005 (ref.: A. G. Trabajo y Asuntos Sociales 2/05). Ponente: Fabiola Gallego Caballero.

Antecedentes

1. La reclamación que obra en el expediente de la consulta es la formulada por don M. C. L., presidente de PSN, de fecha 10 de diciembre de 2004, y dirigida a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.

Dicha reclamación se plantea como una reclamación de cantidad; así, en el párrafo segundo del escrito, se dice, literalmente, lo siguiente:

«Que por medio del presente escrito vengo a interponer reclamación de cantidad por importe de 1.347.969,98 euros (224.283.333 Pts.), en atención al perjuicio económico causado a PSN por las cantidades que ha satisfecho a resultas de la gestión del llamado régimen de AMF y AT y que se acreditan en la documental que, como antecedente séptimo, se acompaña a este escrito.»

2. Se incorporan al escrito de reclamación los antecedentes de la misma contenidos en siete apartados. Los seis primeros hacen una exposi-ción cronológica del devenir del régimen de cobertura de los médicos que prestaban servicios, en un primer momento en entidades de Asistencia Médico-Farmacéutica, a los que posteriormente se sumaron los de las entidades de Accidentes de Trabajo (régimen AMF y AT). En el apartado séptimo se incorpora el listado de los procesos judiciales seguidos contra PSN en reclamación de pago de pensión. Así se mencionan los siguientes antecedentes:

«Primero: Orden de 4 de octubre de 1946 que instaura un régimen obligatorio de pensiones de jubilación y que ya preveía que las aportaciones se efectuarían a PSN.

Segundo: Orden de 7 de diciembre de 1953 que amplía el régimen de previsión a los facultativos al servicio de entidades de Accidentes de Trabajo.

Tercero: Resolución de 22 de diciembre de 1953 por la que el Ministerio de Trabajo desarrolla las normas de aplicación al régimen de AMF y AT. Transformación de PSN en Mutua de Seguros y Reaseguros de Prima Fija en 1994. Relación de los escritos que entre el año 1990 y el año 1997 PSN dirige a distintos órganos de la Administración General del Estado exponiendo la situación de crisis que atraviesa el régimen y la imposibilidad de hacer frente al pago de las pensiones.

Cuarto: Escrito de la Dirección General de Seguros, de 15 de julio de 1997, recogiendo el criterio de dicho Centro Directivo acerca de la imposibilidad de hacer frente al pago de las pensiones derivadas del régimen AMT y AT con cargo al patrimonio mutual de PSN, Mutua de Seguros y Reaseguros.

Quinto: Disposición Adicional Decimoctava de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que declara la extinción del régimen de previsión de los médicos de asistencia médico-farmacéutica y de accidentes de trabajo con efectos de 1 de enero de 2000.

Sexto: Mención de las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo el 29 de abril y el 4 de mayo de 2004, en unificación de doctrina, en las que se modifica el criterio hasta entonces sostenido por dicho Tribunal. Frente al criterio inicial de considerar la relación entre PSN y los afiliados al régimen de AMF y AT como relación de derecho privado, de seguro privado, establece, en contrario, que se trata de una relación de filiación a un régimen de previsión, vigente hasta 1 de enero de 2000, integrado en lo que se puede denominar "materia de Seguridad Social".

Séptimo: Relación de los distintos procedimientos judiciales que se fueron iniciando por los pensionistas del régimen AMF y AT contra PSN desde el momento en que ésta dejó de hacer frente al pago de las pensiones, en el transcurso del segundo semestre del año 1997, en los que aparece también demanda...



Activate your free trial now

Make your order

Need help? Contact us

Try vLex for FREE for 3 days

Access legal information from Spain including:

  • Forms and Contracts
  • Collective Agreements
  • Case Law
  • Legislation
  • Books and Journals
  • Legal News

Try vLex without any commitment for 3 days and see why you need it.

3

days of Free Access



If you are already a vLex customer, Access Here

Sponsored Ads:


Previous | Nbr. 2005, January 2007 | Next

Other documents:
ADVISORY/ Commerce One to Report Third Quarter Results Thursday, October 19, 2000; Web... | American National Bank of Austin, Plaintiff-Appellant, v. United States of America, Defendant-Appellee., 497 F.2d 40 (5th Cir... | ken griffey jr to star in co-develop two new nintendo games signs exclusive multi-year endorsement agre... | more on the shifting worlds of islam the middle east and southeast asia a troubled re... | acordao n 70021292362 of tribunal de justica do rs decima primeira camara ... | P.W CONSULTING naamloze vennootschap Nieuwstraat 36 2290 VORSELAAR Ondernemingsnummer 0448.041.020 RPR Turn... | acordao n 01520-2003-261-04-00-5 ap of tribunal regional do trabalho 4 regiao porto aleg... | La Eurocamara apoya la aplicacion de un trato fiscal diferenciado para las Islas Canarias | sentenza n 1320 of consiglio di stato, of march 11, 2003 | Decreti Decisorio n 12 of T.A.R. - Lazio - Roma, of January 04, 2005 | Vredegerecht van het kanton Tongeren Beschikking d.d. 23 november 1999, verklaart Germis, Raymond, geboren te Lauw op 8 no... | Acordao n 711/05-2 of Tribunal da Relacao de Evora, of June 02, 2005