Revista Española de Derecho Internacional - Nbr. LIV-2, July 2002
Concepción Escobar Hernández
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Id. vLex: VLEX-418998
Algunos obstáculos en el proceso de constitución efectiva de la corte penal internacional: la resolución 1422 del consejo de seguridad de las Naciones Unidas y los acuerdos bilaterales celebrados por Estados Unidos
1. Tras la entrada en vigor del Estatuto de Roma el pasado 1 de julio de 2002, se han dado los pasos necesarios para la efectiva constitución de la Corte Penal Internacional. Aunque no es posible hacer mención aquí de todos ellos, baste con destacar dos. En primer lugar, la Comisión Preparatoria de la Corte Penal Internacional ha finalizado con éxito sus trabajos en julio de ese mismo año, concluyendo con la adopción de los proyectos de los principales instrumentos complementarios que son necesarios para la actuación de la Corte: Reglas de Procedimiento y Prueba, Elementos de los Crímenes, Reglamento de la Asamblea de los Estados Partes, Reglamento Financiero y Presupuestario, Presupuesto del Primer Año, Acuerdo de Relación con las Naciones Unidas, Acuerdo de Privilegios e Inmunidades de la Corte y Principios que han de regir el Acuerdo de Sede. Por su parte, la Asamblea de Estados Partes se ha constituido y ha celebrado su primer período de sesiones en septiembre de 2002. Durante el mismo aprobó los instrumentos complementarios antes mencionados, abrió a la ...
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