Revista del Derecho de las Telecomunicaciones e Infraestructuras en Red - Nbr. 14, May 2002
Joaquin M. Nebreda Pérez - Doctor en Derecho. Máster en Derecho de las Telecomunicaciones
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Id. vLex: VLEX-282853
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Sumario: I. Descripción general de los obstáculos. II. Primer obstáculo. crisis en el régimen de implantación de redes: 1. distribución en cascada y en paralelo: 1.º monopolio natural. 2.º implantación de redes, coste urbanístico y no eléctrico. 2. efectos negativos, para el sistema, de la distribución en cascada o en paralelo. 3. sana interpretación jurídica de las aparentes discordancias en el conjunto normativo analizado. dictamen del profesor gómez ferrer. 4. primera conclusión. III. Segundo obstáculo. Imposibilidad de la venta de energía a portes pagados: 1. el comercializador como «tercero» que accede a la red del distribuidor. 2. el desarrollo reglamentario discordante. 3. segunda conclusión. IV. Tercer obstáculo. perpetuación de la tarifa integral. V. Soluciones normativas: 1. solución a la crisis de la implantación de redes. 2. solución a la dificultad de venta a portes pagados. 3. solución a la coexistencia de la tarifa integral y el precio libre.

Código Civil. - Artículo 1090
REAL DECRETO 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. - Artículo 86
REAL DECRETO 2019/1998, de 18 de septiembre, por el que se indulta a don Ricardo Lázaro Lacruz Serrate. de 18 de septiembre, por el que se indulta a don Ricardo Lázaro Lacruz Serrate.
Derechos reales administrativos
Demanio radioeléctrico
Derecho administrativo especial
Derecho administrativo industrial
Energía
Energía eléctrica
Servicios públicos
Tres obstáculos para la liberalización eléctrica ¿será posible la liberalización eléctrica en enero del 2003?
I. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS OBSTÁCULOS
El 1 de enero de 2003 constituye un hito trascendental en el proceso de liberalización del sector eléctrico (y del gas). Estamos a menos de doscientos (200) días de tal evento y no puede decirse que las cosas estén claras como para afrontarlo con seguridad. Muy al contrario, surgen, en el orden de los conceptos básicos, tres obstáculos que pueden poner en cuestión todo el proceso. Este trabajo, de mi exclusiva responsabilidad y representándome a mi mismo, trata de describirlos y de sugerir soluciones que permitan superarlos, partiendo de una sana y leal interpretación de las claves que sustentan el propio marco de liberalización, establecido por el Gobierno en la Ley 54/97, del Sector Eléctrico. He aquí los tres obstáculos a la liberalización. 1.º Crisis del régimen de implantación de redes. Una, a mi juicio, lamentable interpretación de un conjunto normativo, de redacción poco afortunada, pone en manifiesta crisis el régimen de implantación de redes lo que supone hacer inviable un régimen retributivo coherente y, desde luego, pone en cuestión la clave de todo el sistema, la Prestación Obligatoria del Suministro. Al no reconocer expresamente artículos específicos de la Ley 54/1997 y del R.D. 1955/00, como lo hace la Exposición de Motivos de la Ley, tanto la naturaleza de monopolio natural de la actividad de distribución como el carácter de sistema de red única gestionado «al menor coste posible», y no hacer las administraciones competentes una interpretación sistemática de dicho conjunto normativo, es obligado llegar a la conclusión de que no será posible establecer un régimen retributivo de red de referencia, basado en una única red, ni, desde luego, exigir a los operadores de redes que realicen previsiones de futuro, cuyo uso efectivo y amortización plena se presenta problemática, ni que asuman la obligación de atender todos los suministros, en áreas de escasa o negativa rentabilidad, cuando pueden aparecer islas de redes de otros operadores dispuestas a atender, únicamente, áreas rentables por sus altos consumos, «madrugando», al operador tradicional, las inversiones realizadas en la confianza, ahora parece que equivocada, de que serán retribuidas por los futuros suministros. A este fenómeno de adquirir instalaciones de distribución de los promotores urbanísticos, sin tener redes en el área donde se encuentran, para pretender alimentarse de las redes de distribución del operador preexistente, se denomina, en el argot del sector eléctrico, distribución en cascada y cuando el Operador entrante pretende engancharse directamente de la red de transporte se denomina distribución en paralel...Try vLex for FREE for 3 days
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