La organización pública estatal del deporte en España

AuthorJosé Luis Carretero Lestón
ProfessionProfesor Titular de Derecho financiero y tributario, Facultad de Derecho de la Universidad de Málaga, España
Pages26-42
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La organización pública estatal del deporte
en España
DR. JOSÉ LUIS CARRETERO LESTÓN*
Sumario
I. Consideraciones previas
II. Ámbito estatal
II.1. El Consejo Superior de Deportes
II.2. Otros organismos
III. Fuentes bibliográcas
I. Consideraciones previas
Existen muy pocos trabajos doctrinales sobre la organización del deporte.
No puedo precisar si esa falta de atención, en particular de la doctrina ju-
rídica, obedece a que se trata de un tema poco problemático o con poca
enjundia jurídica, o si se debe a que nos enfrentamos a una cuestión más
propia de expertos en gestión o en organización y métodos, pese a estar
regulada, como veremos más adelante, en textos legales o reglamenta-
rios. En todo caso, las estructuras organizativas no parecen ser un aspec-
to o elemento relevante a efectos de realizar un análisis de la legislación
deportiva.
* Profesor Titular de Derecho nanciero y tributario, Facultad de Derecho de la Universidad
de Málaga, España. Vicepresidente de la Asociación Española de Derecho Deportivo
(AEDD). Vicepresidente del Tribunal Español de Arbitraje Deportivo. Co-director del
Máster en Derecho Deportivo de la Universidad de Lleida, España. Co-director de la
Revista Española de Derecho Deportivo (REDD). Investigador de la Red Iberoamericana
de Investigadores en Derecho y Gestión del Deporte (reconocida y patrocinada por
la Asociación Universitaria Iberoamericana de Posgrado, AUIP, Salamanca, España).
jlcarretero@uma.es
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DR. JOSÉ LUIS CARRETERO LESTÓN
Aunque hay referencias a la organización administrativa en la legislación
deportiva, del Estado y de las Comunidades Autónomas (en adelante
CC. AA.), no se trata de una materia típicamente deportiva. Su regulación
se encuentra en decretos u órdenes, del Estado y de las Comunidades Au-
tónomas, sobre estructura orgánica y funcional, que, a título de ejemplo y
salvo la relativa al Consejo Superior de Deportes, apenas aparecen en las
compilaciones sobre legislación deportiva. En las menciones existentes
en las leyes reguladoras del deporte de las CC. AA., no percibo la adecua-
da precisión. En ocasiones, nos encontramos con referencias a la organi-
zación privada; en otras, se trata del desarrollo normativo de las compe-
tencias que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma en este sector.1
Centrándome en la organización deportiva, cabe distinguir una organi-
zación pública, o administrativa en sentido estricto, del deporte y una
organización privada del deporte. La primera comprende las estructuras
administrativas del Estado, CC. AA. y Entidades locales. La segunda, la es-
tructura de las federaciones deportivas, pese a la asunción de funciones
públicas, ligas profesionales, clubes, etc. Aquí, me reero exclusivamente
a la organización pública o administrativa del deporte en España.
El artículo 43.3 de la Constitución española ordena a los poderes públi-
cos, en plural, el fomento del deporte. La intervención del Estado se fun-
damenta en varios de los títulos competenciales a los que se reere el
artículo 149 del texto constitucional. Por su parte, las CC. AA. tienen com-
petencias en materia deportiva en virtud del artículo 148.1.19 del citado
texto. Por último, las Entidades locales, provincias y municipios, justican
sus actuaciones en el principio de autonomía local.
De manera esquemática la organización administrativa del deporte, terri-
torialmente considerada, puede resumirse así:
- en el ámbito territorial del Estado, las competencias en materia depor-
tiva están encuadradas, desde 2011, en el Ministerio de Educación, Cul-
tura y Deporte2 (anteriormente lo estuvieron en el Ministerio de Edu-
1 Vid. CARRETERO LESTÓN, José Luis, “La organización administrativa del deporte en Es-
paña”, en COLECTIVO DE AUTORES, Manual de la organización institucional del deporte,
Paidotribo, Barcelona, 1999, p. 139.
2 Vid. el Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre.

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