BON. Boletín Oficial de Navarra, May 25, 2005 (Nbr. 62)
I - Comunidad Foral de Navarra
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Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. - Artículo 191
Código Civil. - Artículo 1930
Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. - Artículo 45
RESOLUCION 858/2005, de 6 de mayo, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante traslado por concurso de méritos, de 13 vacantes de Fisioterapeuta del Organismo Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
SENTENCIASENTENCIAILMOS. SRES. D. JOSÉ MORENO CARRILLO. D. GUILLERMO SANCHIS F-MENSAQUE D. LAUREANO ESTEPA MORIANA Sevilla a veintiuno de junio de dos mil.-La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso- Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, formada por los Magistrados que al margen se expresan, ha visto en nombre del Rey, el recurso número 2.639/97, seguido entre las siguientes partes: Demandante: PRENSA ESPAÑOLA S.A. (ABC), representada por el Procurador Don Joaquín Ladrón de Guevara y defendido por Letrado. Y como demandado la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debidamente representado y asistido por Letrado de la Administración de la Seguridad Social. Ha sido Ponente el Magistrado Don Iaureano Estepa Moriana.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- La parte actora interpone recurso contencioso administrativo contra la resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social Dirección Provincial de Sevilla de 8 de agosto de 1.997 que desestima el recurso ordinario formulado por la recurrente contra acta de liquidación 97011974987 de 18 de marzo de 1.997 por cuotas a la Seguridad Social, Régimen General periodo enero a julio de 1.993, e importe de 897.522 pesetas.- Solicita sentencia que anule el acta levantada de liquidación y, subsidiariamente, se proceda a la reducción del acta de liquidación que deben concretarse a los periodos, tarifas y bases mencionados en la demanda. SEGUNDO.- Por la parte demandada, al contestar, se solicita se dicte sentencia desestimatoria del recurso interpuesto. TERC...
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