Palabras de apertura
Author | Dra. Mayda Goite Pierre |
Pages | 3-10 |
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Palabras de apertura el 29 de octubre
de 2014 al Seminario internacional:
¿Qué queda de Beccaria 250 años después
de la publicación de “Los delitos y las penas”?
DMGP
Estimados colegas, amigos y amigas:
Hablar de 250 años parecería demasiado tiempo para evocar teo-
rías y fundamentos doctrinales, justamente esta Universidad que
hoy nos acoge, próximamente cumplirá 287 años casi tres siglos de
existencia y le decimos la casi tricentenaria Universidad de La Haba-
na para engrandecer el cúmulo de historia, sabiduría y cultura que
anidan cada uno de sus rincones, su patrimonio, sus majestuosas co-
lumnas que nos remontan a una época ya pasada, superada por el
tiempo y que en ocasiones nos hacen sentir nostalgia por un mundo
que existió y del que solo nos queda el recuerdo, cuando se trata de
arquitectura como la de este hermoso recinto que es el Aula Magna,
con sus pinturas antiguas y la magia que envuelve y contagia, tal
vez, fuera ese también el sentimiento que pudiera embargarnos de
laguraquehoyponemosenelcentrodenuestroanálisisydelque
durante dos días estaremos, debatiendo.
Nos encontramos aquí reunidos penalistas y criminólogos con-
vocados por una interrogante. Qué queda de Beccaria 250 años des-
pués de su monumental obra “De los Delitos y de las Penas” y es que
en 1764 Cesar Bonesana Marques de Becaria, de quien se discute hasta
su fecha de nacimiento porque los biógrafos, se contradicen sobre el
* Profesora Titular de Derecho penal. Decana de la Facultad de Derecho
de la Universidad de La Habana y y presidenta de la Sociedad cubana de
Ciencias Penales. mayda@lex.uh.cu
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momento en el que tomó su primera bocanada de aire si en 1735 o
enyoamialioalasegundaporserlademayorespartidarios
sometido a una férrea disciplina familiar sufre desde muy joven los
rigores de un sistema penitenciario que lo hace entender la necesi-
dad de buscar respuestas y alternativas a lo que en esa época era una
verdad de templos, el castigo contribuye a formar al hombre, por eso
su padre inconforme por la relación sentimental que Beccaria inicia
conTeresadeBlascogestionaynalmenteconsiguelaprisiónpara
su hijo, así Cesar Bonesana conoce y siente los rigores de la cárcel
rearmándoseunavezmásquenohaymejorteoríaquelavienede
la práctica.
Por eso cuando yo enseñaba a mis alumnos Derecho penal general
y le introducía el apasionante tema de las sanciones penales, les decía
que solo se entienden si se conocen no solo por el libro sino por la
realidad y es que soy partidaria que es imposible que se imponga un
solo día de prisión a alguien, si el juez, no conoce el lugar a donde lo
enviará, hay que ver las frías paredes de una prisión, el silencio se-
pulcral de la disciplina y hacer volar el pensamiento hasta donde re-
sulteposibleentenderquelasrejassignicanperderelbienjurídico
más preciado que tiene el hombre después de la vida, su “libertad”.
No perdamos de vista que Ia Italia de Beccaria, es la Italia de la
InquisiciónporesoserequeríadermezayaquímeapartodeCaba-
llenas cuando describe al Marqués de Beccaria como débil, es difícil
ser débil y enfrentarse desde las letras a un régimen arraigado por
concepcioneslosócas muyseverasperojustocreo quelaforma-
ciónlosócaque teníale ayudóacomprenderdemejor manerael
panorama social de la época, la costumbre del momento convocaba
ajóvenesinquietos areunirse enlas tertuliasparareexionarsobre
los problemas sociales Pietro Verri, conocedor de las lecturas fanáti-
cas de Beccaria sobre D Alambert, Diderot, Helvecio, Voltaire, quien
señalaba que los enciclopedistas franceses eran un paradigma para
el cambio social, cultural y político de la época, por ello le encarga
escribir sobre la barbarie imperante en la época para un debate en las
tertulias, pero el joven Cesar se sentía fatigado con el encargo y por
qué no atemorizado por la fuerza que todavía tenían los postulados
de la inquisición.
Eso hace que la obra que hoy rememoramos saliera a la luz como
anónima y aun así fue tal su impacto que inmediatamente fue tradu-
cida a varias lenguas, por lo que Beccaria decide revelar su identidad,
sus temores a la reacción no se hicieron esperar y fueron lanzados
desde todos los sectores de la sociedad incluyendo los más conserva-
doresfueronsignicativaslaspalabrasdeunmonjequesentencióen
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unpanetodondeacusaaautordeenemigodelareligiónblasfemo
y socialista, y la Iglesia de Roma le condena e incluye en el Índice.
El texto sin embargo también concitó múltiples elogios y es así
como los enciclopedistas franceses invitan al autor a que los visite,
pero la llegada de Beccaria a Francia no fue exitosa y se marcha del
lugar repentinamente abriendo serias interrogantes a su actuar.
Beccaria, incursionó con mucho éxito en los estudios de Econo-
mía, lo que llevó que el economista alemán Shumedre lo catalogara
como el Adam Smith de Italia, consejero, magistrado y asesor para la
reforma jurisdiccional en materia criminal, y es en pleno ejercicio de
funciones de este último cargo, que muere de un ataque de apoplejía,
un 28 de noviembre de 1793, a la edad de 55 años.
Beccaria fue un hombre profundamente humanista, excepcional,
profundamenteinuenciadoporloscontractualistas alser elinicia-
dor de la corriente que busca el establecimiento de un Derecho penal
másgarantistaparaelreoatalgradoquesemaniestaencontrade
la pena de muerte, dando inicio al abolicionismo penal.
DE QUE IBA SU OBRA?
De qué se componía la obra ya no es meritorio en el discurso, las pe-
nas, la humanidad de ellas y su proporcionalidad lo que pudiéramos
asimilarlo como los principios limitativos del derecho de castigar.
Laprevenciónylareadaptacióncomopilaresesencialeseneln
de la pena, eso que decimos que se rescata en la concepción moderna,
colocar en la justa medida que lleva la educación de los ciudadanos
como premisa para la necesidad de una buena convivencia social en
el “pacto social”, pilares de una necesaria política criminal abarca-
dora y plural, entonces una parte del mérito pasa por compartir las
reexiones del profesor Zaaroni1 cuando señala: su originalidad
indiscutida estriba en haber mostrado en forma sistemática las con-
secuenciasdelaaplicacióndeideaslosócasdesumomentoenel
campo del “control social punitivo” para los enemigos del Derecho
1 ZAFFARONIEugenio RaúlLa inuenciadel pensamientode Cesare
Beccaria sobre la política criminal en el mundo”, Ponencia presentada en
el Congreso Internacional Cesare Beccaria y la Política Criminal Moderna,
celebradoenMilán Italialosdíasadediciembre dep
Disponible en: hpdialnetuniriojaesdescargaarticulopdf Con-
sultadoelalas
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penal de garantías, es decir, para los posteriores pensadores del con-
trol social del industrialismo, Beccaria se torna un personaje molesto,
tanto como toda la corriente racionalista, puesto que su objetivo es
desembarazarse de los limites reclamados por estos.
De las ideas contenidas en su obra, destacamos las siguientes:
• Origendelaspenasse establecen las penas contra los infractores
de las leyes, el hombre quiere convivencia,
• Derechodecastigarabsoluta necesidad la suma de las pequeñas
partes de libertad forman el derecho de castigar,
• Consecuenciasdelaspenas el legislador es el único que puede
establecer las penas, los jueces no pueden decretar penas, solo le
corresponde imponerlas, si la pena es atroz entonces es contraria a
la justicia,
• Interpretacióndelasleyeslos jueces deben interpretar las leyes
con imparcialidad solo así podrán hacer justicia,
• Oscuridaddelasleyescuando más grande sea el número de los
que entienden las leyes, menor será la cantidad de delitos cometi-
dos, las leyes tiene que ser entendidas por todos,
• Proporciónentrelosdelitosylaspenas: la verdadera medida de
las penas es el daño,
• Divisióndelosdelitoslos más graves los que destruyen a la so-
ciedad, los segundos los que destruyen la seguridad de los ciu-
dadanos en sus bienes y en su honor y las terceras, las acciones
contrarias a lo que uno está obligado a hacer o no hacer,
• Dela tranquilidadpúblicala función de la policía es velar por
la tranquilidad pero no con leyes arbitrarias de lo contrario abren
una brecha a la tiranía,
• Finesdela pena no es deshacer un delito ya cometido, eso es
imposible, por eso nadie puede ser condenado sino ha cometido
delitoelndelaspenaseslograrqueelindividuoquecometió
un delito, no vuelva a cometerlo, y tratar que los ciudadanos no
cometiesen delitos.
• Haydiferentesformasdepenaralreo y se buscará la menos do-
lorosa para el cuerpo del reo, y la que haga una impresión más
ecazydurablesobrelos ánimosdeloshombrestestigosjuicio
prontopenademuerte conscacióny destierroque seríanhoy
nuestras llamadas penas principales y accesorias,
• Principiosdeunproceso delitos de prueba difícil, honor, hurtos,
contrabandos, deudores, asilo, proceso, atentados, cómplices, im-
punidad, interrogatorios y declaraciones falsas, ideas de utilidad,
de las ciencias, los jueces y la educación.
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Si llevamos este tratado a nuestros días y a nuestros planes de
estudioenlaUniversidaddeLaHabanapudiéramosarmarquese
trata del texto básico de las asignaturas de Derecho penal general, es-
pecial, criminología y procesal penal, que poder de síntesis para una
sola obra, así son los grandes.
BECCARIA HOY ASÍ TERMINO
QUEDA ALGO DEL PENSAMIENTO 250 AÑOS DESPUÉS?
Solo es necesario asomarnos al entorno del pensamiento contem-
poráneoun pensamiento matizadoporla decisivainuenciade la
economía globalizada, de las políticas económicas suicidas, que crea
su propia delincuencia y tiene su propio fenómeno criminal.
Francisco Muñoz Conde2 se permite vincular de forma muy aguda
larelacióndelincuenciaversuseconomíaarmandoqueLagloba-
lización de la economía ha traído consigo en todo el mundo, incluso
en los países de mayor nivel económico, un aumento de la población
subproletariaungrannúmerodedesempleadosdeescasacuali-
cación laboral, emigrantes “sin papeles”, etcétera, que lógicamente
están abocados a la delincuencia, o, por lo menos, a un cierto tipo de
delincuentes de supervivencia. Ciertamente es muy difícil que nin-
guna sociedad admita que tres millones de parados puedan robar
impunemente, pero el problema del desempleo o los desajustes del
mercado laboral no se solucionan con un aumento de la represión
policial y penal, ni con la construcción de más cárceles, sino con una
más inteligente política social y económica, con una mejor redistribu-
ción de la riqueza, con mayor gasto en ayuda y obras sociales.
Desgraciadamente, ello parece estar hoy lejos de los programas
de la mayoría de los gobiernos, incluidos los de izquierda, la globali-
zación del modelo económico, de la economía de mercado está pro-
vocando una reducción del Estado Social y Democrático de Derecho
y un aumento del Estado policial, penal y penitenciario; y la idea de
tolerancia cero no es más que la expresión de un pensamiento único
sobre cómo proceder y prevenir la delincuencia, que se quiere exten-
der a todo el mundo, independientemente de las diferencias econó-
micas, culturales y sociales de cada país”.
2 MUÑOZCONDEFranciscoEl derecho penal del enemigo, México, Instituto
Nacional de Ciencias Penales, 2003, p. 43.
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En ese panorama, el profesor Lorenzo Morillas Cueva3 nos recuer-
da que en las concepciones penales sustentadas en el Iluminismo,
estos postulados irrumpen con fuerza contra los fuertes muros de
la tradición jurídica para revelarse incompatibles con la rigidez y la
dureza de las leyes vigentes en esa época y tratan, de inculcar con la
timidez propia de los principiantes, pero también con la gallardía de
los convencidos, la realidad de una verdadera ciencia del Derecho
penalyalmenosconsiguenloqueyaledaunimportantesignica-
do histórico, el cambio de una concepción del Derecho anquilosada
en pautas de comportamiento medieval a otra radicalmente diferen-
teEndenitivaeseliniciodelacienciadelDerechopenalqueesla
que tiene por objeto el conocimiento de ese conjunto de normas que
denendelitoseimponenpenasestoeslaquedeterminaquéeslo
que rige sobre la base del ordenamiento penal.
Los últimos años parecen caracterizarse por un desmedido pro-
tagonismo del Derecho penal, como nos señala con acierto el pro-
fesorJuanCarlosCarbonellMateu alarmarqueBastaasomarse
a los medios de comunicación para comprobar que un elevadísimo
porcentaje de sus contenidos está relacionado de manera más o me-
nos directa con jueces, tribunales, crímenes, delitos, penas, policías,
sobornos, prevaricaciones, etc. La vida política depende de senten-
cias judiciales y la amenaza con recurrir a los tribunales es constante
Allídondelapenaresultainnecesariaesinjustacomoseviene
diciendo desde Beccaria y reconoce la Declaración de Derechos del
Hombre y del Ciudadano. No sólo no debe intervenir el Derecho pe-
nal allí donde no es necesario, bien porque puede ser el bien jurídico
tutelado por otros mecanismos menos costosos, bien porque no ne-
cesita de tutela alguna, sino que hay que proclamar que la interven-
ción ha de ser también la mínima imprescindible; por consiguiente,
la consecuencia jurídica, la pena, ha de ser la menor de las posibles”4.
3 MORILLASCUEVALorenzoMetodología y ciencia penal, Universidad de
Granada, Granada, 1990, p. 53.
4 CARBONELLMATEUJuanCarlosReexionessobreelabusodelDere-
cho penal y la banalización de la legalidad”, Homenaje al Dr. Marino Barbe-
ro Santos in memoria, Ediciones de la Universidad de Castilla- La Mancha,
Ediciones Universidad, Salamanca, Cuenca, 2001, pp. 129 y 131. Disponi-
ble en: hpportaluclmesdescargasidpdocsdoctrinasreexiones
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Lo cierto es que vivimos en un mundo marcado por los signos de
la economía y la tecnología, donde el delito económico, la corrupción
administrativa y la seguridad ciudadana, parecerían marcar el rumbo
de una política criminal, que sido tomada por sorpresa y por asalto y
sedeendetratandodeasegurarsuposiciónorientandosudiscurso
hacia una represión descontrolada en la que subyace un sentimiento
deaanzamientoalpoderyundesconocimientodeloscimientosde
la creación de una Ciencia como la del Derecho penal, que corre el
riesgo de perder esa condición, si se suma a un sentimiento de uti-
lidad y funcionalismo descarnado como el que nos propone Günter
Jakobs en su Derecho penal del enemigo.
La profesora Nieves Mulas5 en unas palabras que a mí me resulta-
ron alumbradoras cuestiona el papel de la Ciencia penal en nuestros
días al considerarla como una ciencia, que ha pasado por distintas
etapas, desde el maravilloso e inmortal alegato de libertades de Cesa-
re Bonesana, marqués de Beccaria, hasta el actual y denostador “todo
vale” del Derecho penal del enemigo de Günter Jakobs. Una formula-
ción teórica que supone una clara involución en el pensamiento penal
humanista, pero que ha calado, y sigue haciéndolo, en las políticas
criminales de la mayoría de los países y puede tener serias conse-
cuencias para la convivencia humana.
Donde estamos entonces hoy, en una proliferación de Leyes es-
peciales, que rompen la sistemática y los principios contario a lo que
quería Beccaria el papel de la Ley debe ser importante demasiado
importante, pero no como estructura férrea y descarnada sino como
baluarte del principio de Legalidad, un Derecho penal que en oca-
siones más frecuentes que mínimas se olvida de los principios de
proporcionalidad de las penas y bajo el slogan de que la mano dura
restablecerá el orden quebrantado. Pobre Beccaria si escuchara esos
argumentos, un Derecho penal que clama por una extensión de las
penas más allá de su cumplimiento, que queda de la readaptación de
sobreelabusodelderechopenalylabanali-
zaciondelalegalidadpdfConsultadoelalas
5 SANZMULASNievesDelaslibertadesdelMarquésdeBeccariaaltodo
vale de Günther Jakobs, El fantasma del enemigo en la legislación penal
española”, Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología, No. 14, 2012,
p. 2. Disponible en: hpcriminetugresrecpcrecpcpdf Consul-
tadaelalas
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Beccaria como elementos de la prevención, un Derecho penal que es
capazde sancionaralas víctimasdel trácodepersonas envezde
proporcionarles una mejor economía y mayor educación, no se toma
en cuenta el pensamiento ilustrado de Beccaria, la educación parece
no servir de mucho.
Ese es el panorama de nuestra Ciencia del Derecho penal hoy,
un pensamiento nebuloso y gris que se agita para defenderse de la
muerte, el Derecho penal no va a morir eso es una verdad, pero pue-
de hacer morir a las sociedades si estas no pueden o no saben mane-
jarlo, estamos obligados a rescatar un pensamiento criminológico ra-
cional e ilustrado, que contribuya a mantener la paz y la convivencia
social, que se adapte a los nuevos cambios, que busque recursos para
mantenerelequilibrionosoydelasqueabogaporelndelDerecho
penal, creo que ello es una utopía, al Derecho penal le queda mucha
vida, pero debe ser vida en límites razonables.
La delincuencia contemporánea no es la delincuencia de la inqui-
sición, entonces no se puede tratar con sus métodos, hagamos del
Derecho penal una Ciencia de avanzada con principios sólidos y ga-
rantíasvericables ellos debe signicaruntratamiento penológico
a la altura de un nuevo Siglo, no llamo a la impunidad del delito, ni
a la retracción del Derecho penal, clamo por un Derecho penal sin
desmanes que juegue su papel de ultima ratio como quería Beccaria,
entonces que el ilumine nuestros debates.
Muchas gracias.