DOGA. Diario Oficial de Galicia, October 15, 2007 (Nbr. 199)
3 - Otras Disposiciones - CONSELLERIA DE PESCA Y ASUNTOS MARITIMOS
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Orden de 26 de septiembre de 2007 por la que se acuerda la cesión en propiedad de determinados bienes muebles patrimoniales adscritos a la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos a diversas cofradías de pescadores de Galicia.
La Ley 9/1993, de 8 de julio, de cofradías de pescadores de Galicia, en su artículo 1, las define como corporaciones de derecho público, dotadas de personalidad jurídica y capacidad de obrar, para el cumplimiento de los fines y el ejercicio de las funciones que les están encomendadas, atribuyéndoles entre otros, según el artículo 3.3º c) de la citada norma legal, la función de gestionar y administrar aquellos bienes patrimoniales que les sean cedidos por las administraciones públicas.Por otro lado, y teniendo en cuenta la sujeción de las cofradías de pescadores a la tutela de la Administración pública gallega, ejercida a través de esta consellería, es conveniente cederles el uso de algunos bienes muebles adscritos a este organismo, para que sean destinados por esas corporaciones a fines de utilidad pública o interés social.A tal fin, la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos tramitó el expediente de cesión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 bis, de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y en el artículo 96 bis de su reglamento, aprobado por Decreto 50/1989, de 9 de marzo, añadido por el Decreto 238/1998, de 24 de julio.Por todo lo expuesto y, en uso de las facultades que me confieren los artículos 34.6º y 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, reformada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre,DISPONGO:Artículo 1ºSe acuerdan las cesiones en propiedad de los bienes muebles patrimoniales que se relacionan en el anexo a la presente orden a las cofradías de pescadores que figuran en dicho anexo.Artículo 2ºLas cesiones señaladas en el artículo anterior quedan sometidas a las siguientes cláusulas:a) Los bienes cedidos, tal como establecen los artículos 35 bis de la Ley 3/1985, de pat...
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