Premio 'Carlos Manuel de Céspedes 2013

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Premio Nacional de Derecho
Carlos Manuel de Céspedes 2014
La Unión Nacional de Juristas de Cuba otorga anualmente el Premio Nacional
de Derecho Carlos Manuel de Céspedes, con el propósito de reconocer la vida y
obra de aquellos juristas que han sobresalido por una destacada ejecutoria profe-
sional, valores éticos y aportes al desarrollo del Derecho en el país desde la práctica
profesional, la docencia o las investigaciones, y que con su labor han contribuido a
dignicar el ejercicio de la profesión.
Las propuestas se realizan desde la base, los capítulos provinciales de las socie-
dades cientícas, las juntas directivas provinciales y las directivas nacionales de las
sociedades.
TEXTO DEL ACUERDO
La Junta Directiva Nacional en reunión efectuada en fecha 7 de febrero del año
2015 evaluó las siete propuestas a candidatos al Premio Nacional de Derecho Carlos
Manuel de Céspedes correspondiente al año 2014, razón por la que consideró:
Que teniendo en cuenta los méritos, aportes sobresalientes y elevada conducta
revolucionaria en la defensa de la justicia social, del derecho y por su contribución
en la formación de las nuevas generaciones como digno seguidor del pensamiento
martiano, sus responsabilidades y misiones realizadas de forma exitosa, permiten
reconocer una vida de entrega a la obra revolucionaria y a la práctica y desarrollo del
Derecho en Cuba. Su destacada e integral ejecutoria en el campo de la investigación
y el ejercicio de la profesión constituyen un ejemplo que se debe destacar e imitar, y
lo hacen merecedor del reconocimiento que en el día de hoy se le entrega.
En tal sentido, la Junta Directiva Nacional adoptó el Acuerdo No. 259 mediante
el cual se aprobó de manera unánime otorgar el Premio Nacional de Derecho Carlos
Manuel de Céspedes, correspondiente al año 2014, al Dr. Armando H D.
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Palabras de homenaje al Dr. Armando HaRt dávalos pronunciadas por Mig-
dalia velázquez péRez, presidenta de la Unión Nacional de Juristas de Cuba,
en el Acto Solemne en que se le otorgó el Premio Nacional de Derecho Carlos
Manuel de Céspedes correspondiente al año 2014
Compañeras y compañeros:
La marcada vocación jurídica y revolucionaria de quien homenajeamos en el
día de hoy, al hacerle entrega del premio anual Carlos Manuel de Céspedes –el más
alto reconocimiento que conere nuestra Unión Nacional de Juristas de Cuba–, se
evidenció desde su etapa vivida en las aulas de la Facultad de Derecho de la bicente-
naria Universidad de La Habana.
Como estudiante de esa Facultad, combatió la corrupción política y la trai-
ción a los ideales revolucionarios que llevaron a cabo los gobiernos de Grau San
Martín y Prío Socarrás. Ante el golpe de Estado encabezado por Fulgencio Batista
el 10 de marzo de 1952, Armando H D, como miembro de la Fede-
ración Estudiantil Universitaria, denunció y participó activamente en la agitación
estudiantil a favor de los principios democráticos. A nombre de la Asociación de
Estudiantes de Derecho denunció ante los tribunales la ilegitimidad del régimen.
Fue precisamente ese año, 1952, que defendió su tesis de grado. El tema esco-
gido, “La crisis del Derecho en el siglo ”, constituye un valioso texto jurídico, en
el cual logra vincular conceptos de integralidad cientíca, al considerar al Derecho
como “el sistema nervioso de la sociedad”, expresión que en días recientes ha utiliza-
do, para darle validez actual a la importancia de las ciencias jurídicas.
Apenas habían transcurrido ocho meses de su graduación, cuando en abril de
1953, como integrante del Movimiento Nacional Revolucionario –de proyecciones
democráticas, patrióticas y antimperialistas–, ejerce la defensa del máximo dirigente
de esa organización, el profesor Rafael G B, acusado de conspiración.
En su ejercicio ante los tribunales, sostiene el derecho del pueblo a la rebelión, con-
cepto que ya había argumentado de manera brillante y valiente en su tesis doctoral,
expresando que: “El caso reciente de la sociedad capitalista cubana es un elocuente
ejemplo (…) en el que la norma jurídica en que se basaba la sociedad cubana, no
defendía los intereses de ninguna clase social, puesto que, si bien en nuestra demo-
cracia encontrábamos un dogmatismo socialista –reriéndose a la Constitución de
1940–, no lo era en la organización de los Poderes del Estado, que conservaba las
formas de la democracia burguesa (…) la sociedad cubana (…) no veía sus intereses
defendidos en el régimen jurídico de la democracia cubana. En tal virtud –conclu-
ye–, las fuerzas conservadoras de la sociedad derribaron por la fuerza el régimen de
derecho y la sociedad cubana no tuvo fuerzas para defenderlo”.
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Por tanto, aquel joven de 23 años proclama que “la Revolución social es el único
medio cuando la crisis se ha convertido en quiebra total del orden jurídico”.
Pero ese avanzado pensamiento jurídico, político y social no se limita al enuncia-
do, sino que en la referida tesis propone como remedio a la crisis que “lo primero
que tenemos que hacer es procurar romper el molde individualista y acabar de hacer
triunfar la doctrina socialista en todas sus múltiples manifestaciones”, y augura a
renglón seguido que “la llegada de una sociedad en que los intereses de la clase pro-
ductora estén garantizados, es un hecho inevitable a todas luces”.
Ya en su tesis doctoral se percata aquel joven de que “la losofía jurídica con-
temporánea tiende a ser empírica y a convertirse en una teoría general del Derecho,
que es realmente lo que prevalece en la actualidad”, y en forma acuciosa señala que:
“La teoría general del Derecho parte del hecho de que las legislaciones positivas dan
la base para generalizar los conceptos jurídicos; ello, desde luego, es un error craso
porque se está partiendo de una falacia, o sea, del Derecho Positivo, que (…) no es
la esencia misma del pensamiento jurídico contemporáneo”.
Como solución a la crisis que describe, considera que “de esta forma la Filosofía
del Derecho es la que puede sacarnos del círculo vicioso en que nos encontramos,
con la ayuda poderosa de la Sociología y de la Historia”.
En tal sentido razona que: “La Filosofía del Derecho, si quiere tener valor in-
trínseco, tiene que partir de las fuerzas de producción que en un momento dado
determinan el fenómeno jurídico, para de ahí plasmar nuevas normas jurídicas que
correspondan a las realidades futuras, que serán en denitiva producidas por las
realidades presentes”. Identica así “el deber ser con el ser”, puesto que “nada puede
tener aspiraciones del ser, si no se basa en un hecho real”.
Desde aquel entonces aprecia que “el deber ser, cuando se queda en una aspira-
ción quijotesca, pierde toda su sustancia y se convierte en una apreciación valorativa
que no tiene ningún signicado social. El deber ser, si se basa, por el contrario, en
las necesidades reales (…) sí tiene importancia sociológica determinante, y por ello
inspiradoras de derecho”.
En lugar de “partir erróneamente de la norma jurídica vigente para crear un tipo
de Filosofía Jurídica, lo cual es caer irremediablemente en la misma norma de De-
recho”, el laureado nos enuncia un consejo válido para la actualidad transformadora
que vivimos, como parte del Perfeccionamiento de nuestro modelo económico y
social: “Partamos de la estructura orgánica y funcional de la sociedad –nos dice–,
para crear un tipo de Filosofía que origine, a su vez, un Derecho que a ella venga a
corresponder”.
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Estimadas compañeras y compañeros:
En estas palabras de justo elogio me he detenido en algunas citas del joven jurista
Armando H D, precisamente para dar a conocer la profundidad y saga-
cidad de ese, su pensamiento jurídico, que lo llevó consecuentemente a una muy
activa lucha revolucionaria, junto a guras de la talla de Frank P, Haydée S-
, Vilma E, Celia S, Asela   S, Faustino P, y otros
valerosos luchadores; a la participación activa en el alzamiento del 30 de noviembre
de 1956, en Santiago de Cuba, en apoyo al desembarco del yate Granma.
Su trayectoria política es bien conocida, como Ministro de Educación, al frente
de la histórica Campaña de Alfabetización, y en otras muchas responsabilidades y
tareas, hasta la actualidad, como Director de la Ocina del Programa Martiano y
Presidente de la Sociedad Cultural José Martí.
Es, sin embargo, su prédica constante a favor de la educación y el desarrollo más
amplio de la cultura general –y muy particularmente de la cultura jurídica–, lo que
lo hace merecedor de este premio que la Unión Nacional de Juristas de Cuba le
concede con toda justeza.
Pero no se trata de una repetición de consignas para destacar la importante fun-
ción del Derecho, sino de la invitación permanente a llevar a cabo una mirada nueva
del Derecho que debe corresponder a los objetivos de una sociedad nueva, acorde
con las posibilidades que nos brindan las tecnologías; a ver el fenómeno jurídico en
función de una acción transformadora; a aplicar principios dialécticos, nuevos pa-
radigmas a partir de la estrecha vinculación del Derecho con la losofía, la historia,
la sociología y todas las denominadas “ramas de la ciencia” que le son anes; visto
con una moderna concepción sistémica, en n, nos estimula a mover nuestro pensa-
miento, desde la óptica de juristas revolucionarios, comprometidos con la gigantes-
ca obra de mejoramiento social, sobre bases eminentemente martianas y marxistas
leninistas–por tanto–, profundamente humanistas.
La simple lectura de algunos de los numerosos artículos y conferencias que por
decenas nos ha entregado el Dr. Armando H D, los cuales han visto la luz
en publicaciones nacionales y extranjeras, y que lo han hecho merecedor de múlti-
ples reconocimientos y doctorados Honoris Causa, no solo de nuestras universidades
de La Habana (Ciencias Políticas, año 2000) y de Oriente y Las Villas (Derecho,
años 2000 y 2004), sino también de nuestra región y de varios continentes (México,
Santo Domingo, Venezuela, Colombia, Argentina, Japón, entre otras), nos permi-
ten acercarnos a su magisterio.
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Entre decenas de títulos que nos aporta para nuestra enaltecedora misión como
juristas se encuentran:
- La cuestión jurídica como fuente esencial de la Revolución en el siglo xxi(2006).
- Cultura jurídica de la nación cubana (2007).
- Fundamentos jurídicos de la nación cubana (2009).
- La Constitución de 1940 en la antesala forjadora de la Revolución Cubana
(2009).
- Derecho, educación y política (2009).
- Ética, Derecho y política práctica (2006).
- Juridicidad y factores subjetivos (I y II,2010).
- Algunas consideraciones actuales sobre ética, cultura y derecho; II Coloquio Ética
y Sociedad, de Guáimaro a Girón.
- El mandato constitucional.
- El predominio de la ética y de la Ley.
- El valor de la juridicidad en Cuba y en el mundo.
- Ignacio Agramonte: evolución y juridicidad.
- La cultura jurídica cubana, escudo moral de la Revolución.
- La Revolución, el Estado de Derecho.
- Importancia de la cultura humanista y el Derecho.
- Cuba: Estado y Derecho (I y II).
- Derecho y orden social.
- La tradición jurídica y constitucional cubanas.
- Ética, Derecho y justicia social.
- Ética, Derecho y Revolución.
- Ley y Derecho, clave del cambio social.
- Ley y unidad nacional.
- José Martí y la tradición jurídica cubana.
Junto a este Premio Carlos Manuel de Céspedes, reciba también usted, compa-
ñero H, el compromiso de los juristas de nuestro país de continuar ese empeño
suyo porque el Derecho ocupe el lugar que le corresponde en la sociedad cubana que
visionó José Martí y a la cual una valiosa generación de luchadores encabezados por
nuestro querido Comandante en Jefe ha dedicado fervorosamente sus vidas.
Precisamente, en esta solemne ocasión, en este salón lleno de tanta signicación,
con todo respeto me hago acompañar de nuestro inmenso José Martí, para repetir:
¡HONRAR, HONRA!
Muchas gracias

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