Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, March 11, 2008 (Nbr. 5088)
Disposiciones Generales - DEPARTAMENTO DE ACCIÓN SOCIAL Y CIUDADANÍA
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ORDEN ASC/101/2008, de 4 de marzo, por la que se aprueban las bases para la concesión de las prestaciones económicas y las ayudas para las familias con hijas e hijos a cargo y se abre la convocatoria para el año 2008.
ORDEN
ASC/101/2008, de 4 de marzo, por la que se aprueban las bases para la concesión de las prestaciones económicas y las ayudas para las familias con hijas e hijos a cargo y se abre la convocatoria para el año 2008. El título 1 de la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña (EAC), recoge expresamente en su artículo 16 el derecho de todas las personas a recibir prestaciones sociales y ayudas públicas para atender las cargas familiares, de acuerdo con los requisitos establecidos por la Ley, al tiempo que prevé, como principio rector, en su artículo 40 el mandato a los poderes públicos de promover las medidas económicas y normativas de apoyo a las familias dirigidas a garantizar la conciliación de la vida laboral y familiar y a tener descendencia. Así mismo, el Estatuto establece en su artículo 166.4 la competencia exclusiva de la Generalidad en materia de promoción de las familias y de la infancia. El Departamento de Acción Social y Ciudadanía, mediante el Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, tiene atribuido el ejercicio de las atribuciones sobre las familias, tarea que lleva a cabo mediante la Secretaría de Políticas Familiares y Derechos de Ciudadanía, creada por el Decreto 572/2006, de 19 de diciembre, de reestructuración parcial del Departamento de Acción Social y Ciudadanía. La regulación de la protección a las familias está también recogida, de forma explícita o implícita, en varios textos de nivel internacional y comunitario. En el ámbito internacional destacan la Declaración de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y la Convención sobre los derechos del niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, que habla del interés primordial del niño como consideración principal en todas las acciones que le afecten. Dicha Convención también incide en la necesidad de que los estados ...Try vLex for FREE for 3 days
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