El sistema jurídico ático clásico (2008)
Juan Palao Herrero
Section: Sumario
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Id. vLex: VLEX-42904533
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1. Los legisladores presolónicos.- 2. Los Tribunales presolónicos.- 3. El proceso presolónico.
Los primeros legisladores y los primeros procesos regulares. Desarrollo y decadencia de la justicia señorial
1. Los legisladores presolónicos
Se considera a Zaleuco de Locri, en la Magna Grecia, el primer legislador griego55. Sabemos de él que, antes del año 650 a.C., estableció leyes antisuntuarias, limitando el ornato de los vestidos, el número de sirvientes con los que las mujeres podían aparecer en público y prohibiendo que éstas salieran de la ciudad después del anochecer56. Autorizaba la defensa violenta de la propiedad y, en particular, en el caso del robo de un esclavo57. Ordenaba que la adúltera fuera cegada58. Según nos dice Eforo59, intento fijar las penas, para que con las mismas penas se castigaran los mismos delitos, lo que no ocurría entonces. Su discípulo, Carondas de Catania, escogió lo mejor del derecho comparado, para incorporarlo a su legislación. Estableció los tribu-nales populares y los procesos por falso testimonio en esa colonia jonia de la Magna Grecia, y en las demás ciudades calcídicas de Italia y Sicilia60. Diversas fuentes nos señalan el contenido de las leyes del legislador catanio. En materia de sucesiones, es conocida la que ordenaba que las propiedades de los huérfanos fueran administradas por los parientes del padre, y el huérfano cuidado por los parientes de la madre. Concedía a la heredera el derecho de tomar, como marido, a su pariente más próximo que, en caso de que se negara a contraer matrimonio, debía dotarla con quinientas dracmas61. El costo de la educación de los hijos de todos los ciudadanos era soportado por el Estado, e impedía participar en los órganos representativos de la comunidad al viudo que daba a sus hijos una madrastra62. Ordenaba que los comerciantes no vendieran sus mercancías fuera del mercado, y que todas las operaciones que realizaran fueran al contado63, obligación que, también, recoge Platón en Las Leyes, más de doscientos años después, revelando, así, una línea de derecho griego perdurable. Sus sanciones de derecho penal eran gravísimas: la entrada en la Asamblea, armado, era castigada con la muerte. Diodoro nos relata que el propio legislador infringió sus leyes, y se suicidó64. Se le atribuye la imposición de multas por diversos delitos, y, entre ellos, por la resistencia a actuar como jurado65, por la violación de una esclava por un hombre libre, por el robo con fractura, el incendio y los estragos. Ordenaba que el desertor fuera exhibido tres días en el Agora con ropas femeninas66. Para Aristóteles, las leyes de Carondas eran de precisión superior a las de los legisladores contemporáneos67, aunque sólo tenían de particular la instauración del proceso por falso testimonio. Otro de los más antiguos legisladores griegos fue Fedón de Corinto, según Aristóteles [vea cita en pdf adjunto]68. Ordenó la igualdad de las propiedades, como muchos otros legisladores griegos y, entre ellos, Falces de Calcedonia y los legisladores locrios. Aristóteles cita a algunos legisladores más, como Filolao de Corinto que estableció leyes sobre las sucesiones y la adopción, o Pitaco de Mitilene, que consideraba a la embriaguez como agravante, ya que, son más los que cometen actos de violencia embriagados que sobrios, con lo que -dice el filósofo- no tuvo en cuenta la mayor indulgencia que se debe tener con los embriagados, sino la conveniencia de refrenar un mal tan extendido. Androdamas de Regio dio leyes a los calcidios de Tracia, que comprendían, entre otras cues...Try vLex for FREE for 3 days
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