BOE. Boletín Oficial del Estado, May 30, 2007 (Nbr. 129)
I - Disposiciones Generales - Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion
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LEY ORGÁNICA 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
REAL DECRETO 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos. de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
REAL DECRETO 3485/2000, de 29 de diciembre, sobre franquicias y exenciones en régimen diplomático, consular y de organismos internacionales, y de modificación del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre. de 29 de diciembre, sobre franquicias y exenciones en régimen diplomático, consular y de organismos internacionales, y de modificación del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre. - Artículo 10
APLICACIÓN provisional del Acuerdo sobre privilegios y ventajas referidos a la celebración de la Exposición Internacional «Zaragoza 2008» celebrado entre el Reino de España y la Oficina Internacional de Exposiciones, hecho en Madrid el 19 de abril de 2007.
ACUERDO SOBRE PRIVILEGIOS Y VENTAJAS REFERIDOS A LA CELEBRACIÓN DE LA EXPOSICIÓN INTERNACIONAL ZARAGOZA 2008, CELEBRADO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA OFICINA INTERNACIONAL DE EXPOSICIONES (OIE)El Reino de España y la Oficina Internacional de Exposiciones (en adelante, la OIE),Teniendo en cuenta que la ciudad de Zaragoza, España, acoge entre el 14 de junio y el 14 de septiembre de 2008 la celebración de una Exposición Internacional reconocida por la Oficina Internacional de Exposiciones en su 138 Asamblea General de diciembre de 2005, con el lema «Agua y Desarrollo Sostenible»,Que el Reino de España, que debe garantizar la viabilidad del proyecto y el buen fin de la Exposición, es miembro de la OIE, y ha ratificado el Convenio relativo a las Exposiciones Internacionales, firmado en París el 22 de noviembre de 1928 (en adelante, «el convenio»), cuyo artículo 25.3 establece la plena capacidad de la OIE para concluir acuerdos en materia de privilegios e inmunidades,Que el mencionado Convenio y el vigente Reglamento General de la Exposición, aprobado de acuerdo con lo requerido en el Convenio y publicado en BOE de 1 de noviembre de 2006, contemplan, como compromiso ineludible del Estado Organizador, la articulación en derecho de una serie de «privilegios y ventajas» destinados a facilitar la función de los Comisarios de Sección, Comisarios Adjuntos y Directores de Pabellones de los Participantes Oficiales en la Exposición, así como de su personal adscrito,Que, siendo los Participantes Oficiales la piedra angular de la exposición, es confesado deseo del Estado invitante, España, brindar a sus equipos un acervo de facilidades equiparable al propiciado por los anfitriones que le han precedido, y para ello activará todos los mecanismos institucionales que sean precisos en aspectos tales como, entre otros, la entrada y estancia en España de las personas que componen su representación, los mecanismos de importación de sus mercancías, el tratamiento fiscal y social de sus actividades y obras, así como su acceso garantizado a determinados servi...
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