Revista del Derecho de las Telecomunicaciones e Infraestructuras en Red - Nbr. 10, October 2000
Juan Miguel de la Cuétara Martínez - Catedrático. Director de la REDETI
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REAL DECRETO-LEY 7/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes en el Sector de las Telecomunicaciones. de 23 de junio, de Medidas Urgentes en el Sector de las Telecomunicaciones.
Directiva 1999/93/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 1999, por la que se establece un marco comunitario para la firma electrónica de 13 de diciembre de 1999, por la que se establece un marco comunitario para la firma electrónica
Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior (Directiva sobre el comercio electrónico) de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior (Directiva sobre el comercio electrónico)
Equilibrios y problemas que Internet presenta en España
S U M A R I O
1. TARIFA PLANA (EQUILIBRIO ENTRE LAS TELECOMUNICACIONES CONVENCIONALES E INTERNET): 1.1. ANTES Y DESPUÉS DEL RDL 7/2000. 1.2. ALGUNOS MITOS QUE CONVIENE ACLARAR. 1.3. PRINCIPALES CUESTIONES. 2. INTERNET MÓVIL Y DE BANDA ANCHA (EQUILIBRIO ENTRE SISTEMAS Y GENERACIONES): 2.1. UN MUNDO DE INICIATIVAS TECNOLÓGICAS. 2.2. CUESTIONES QUE SE PLANTEAN: a) Importantes exacciones en las redes móviles de tercera generación. b) Control regulatorio del bucle local para la introducción de la banda ancha en las redes fijas. c) Medidas para facilitar la evolución tecnológica. 3. COMERCIO ELECTRÓNICO (EQUILIBRIO ENTRE LIBERTAD E INTERVENCIONISMO): 3.1. UNA SOPA DE LETRAS, DOS DIRECTIVAS Y UNA LEY. 3.2. CONSIDERACIONES SOBRE LA FUNCIÓN DEL DERECHO EN EL DESARROLLO DEL COMERCIO ELECTRÓNICO: a) Transacciones electrónicas. b) Mercados electrónicos. 4. POLÍTICA DE LA COMPETENCIA (UN DOBLE EQUILIBRO): 4.1. ORGANIZACIÓN GENERAL DE LOS MERCADOS V. REGULACIÓN SECTORIAL. 4.2. EMPRESAS Y MERCADOS GLOBALES V. PODERES LOCALES. EL PROBLEMA DE LAS CONCENTRACIONES EMPRESARIALES. 5. EL PROBLEMA DE FONDO. POLÍTICA, REGULACIÓN Y LIBERTAD EN INTERNET: 5.1. LOS PODERES PÚBLICOS QUIEREN, REALMENTE, ACTIVAR LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y CERRAR LA «BRECHA DIGITAL»... 5.2. ...PERO INTERNET NO SE DEJA CONFORMAR POR LA VOLUNTAD GUBERNAMENTAL. 6. CONCLUSIÓN: RESPETEMOS LOS EQUILIBRIOS EN QUE INTERNET SE SOSTIENE: 6.1. LA ACCIÓN PÚBLICA DEBE SER SENSIBLE A LOS EQUILIBRIOS DE INTERNET. 6.2. PUESTA A PRUEBA DE ESTA CONCLUSIÓN: EL CASO DE LAS LICENCIAS UMTS. 1. TARIFA PLANA (EQUILIBRIO ENTRE LAS TELECOMUNICACIONES CONVENCIONALES E INTERNET) 1.1. ANTES Y DESPUÉS DEL RDL 7/2000 El Real Decreto-Ley 7/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes en el Sector de las Telecomunicaciones, vino a zanjar el tema de la tarifa plana para el acceso a Internet en España del siguiente modo: ordena al operador dominante (Telefónica) cursar todas las conexiones metropolitanas que se produzcan a los ISPs (proveedores de servicios de Internet) entre las seis de la tarde y las ocho de la mañana de los días laborales o en sábados y domingos todo el día, sin limitación de duración, por 2.750 ptas. al mes. Naturalmente, los términos de esta oferta tendrán que concretarse, a cuyo efecto la operadora habrá hecho ya la correspondiente propuesta (tenía de plazo hasta el 11 de julio), y entrar en vigor, lo que está previsto para el próximo 1 de noviembre. Pero, naturalmente también, una decisión de este tipo, en una materia tan largamente esperada, tenía que producir efectos inmediatos, y, así, en el mes de julio ya se han formulado voluntariamente dos ofertas de tarifa plana anticipada: una corresponde a «Eresmás» el portal e ISP de Retevisión, y otra a Terra, su homólogo de Telefónica. Para entender todo ello, tenemos que ir un poco hacia atrás, a la génesis de la polémica que ha afectado a la tarifa plana de Internet en nuestro país desde 1998. La cuestión entronca con el problema del desequilibrio tarifario de las llamadas telefónicas. El despliegue inicial de Internet se hizo en España cuando las llamadas locales estaban baratas (algo menos de 150 ptas/hora en 1997 en tarifa diurna) y con un servicio específico ¿Infovía, que seguía el régimen tarifario de las llamadas metropolitanas¿ también barato. Pero en 1998 se aprovechó el cambio al sistema de tarificación por segundos (antes era por «pasos» de contador) para dar algún tipo de satisfacción a la demanda de Telefónica de proceder al reequilibrio tarifario en forma simultánea a la introducción de competencia (Retevisión entró en operación a comienzos de 1998). Para reequilibrar las tarifas, las llamadas locales tenían que subir y las de larga distancia, bajar. Ahora bien, en aquel momento tenía prioridad que el IPC no se viera afectado por la medida, lo que significaba que la subida debía recaer sobre las llamadas largas, dejando las cortas como estaban, o incluso, bajando algo (las que ponderaban en el IPC eran las de 3 minutos). Dado que en el servicio telefónico las llamadas largas son pocas (y aun diminuirían con la subida) la elevación de las tarifas tenía que ser notable para que aportara fondos a la operadora, y, así, sucedió que la subida superó en algunos tramos el 300 %, poniéndose la hora de conexión en más de 450 pesetas. Los internautas, cuya conexión tipo es de más de 20 minutos, se vieron muy afectados con esta medida, que Telefónica denunció por su parte como insuficiente (la mayor ...Try vLex for FREE for 3 days
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