Codigos y Normas Refundidas > Derecho Tributario. Procedimiento de gestión, inspección y recaudación de tributos
Última modificación 01/01/2009
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Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
I
II
III
IV
V
D I S P O N G O :
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Efectos de la falta de resolución en plazo de determinados procedimientos tributarios.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Dispensa de garantías para el aplazamiento y fraccionamiento del pago de la deuda tributaria.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA. Obligaciones de información de carácter general.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Modificación del Reglamento general del régimen sancionador tributario, aprobado por el Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Modificación del Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Entrada en vigor.
TÍTULO I. Disposiciones generales.
TÍTULO II. Las obligaciones tributarias formales.
CAPÍTULO I. Las obligaciones censales.
SECCIÓN 1.ª Los censos tributarios.
SECCIÓN 2.ª Los censos tributarios en el ámbito de competencias del Estado.
SUBSECCIÓN 1.ª Contenido de los censos tributarios en el ámbito de competencias del Estado.
SUBSECCIÓN 2.ª Las declaraciones censales en el ámbito de competencias del Estado.
SUBSECCIÓN 3.ª Actuaciones de gestión censal en el ámbito de competencias del Estado.
CAPÍTULO II. Obligaciones relativas al domicilio fiscal.
CAPÍTULO III. Obligaciones relativas al número de identificación fiscal.
SECCIÓN 1.ª Normas generales.
SECCIÓN 2.ª Asignación del número de identificación fiscal a las personas físicas.
SECCIÓN 3.ª Asignación del número de identificación fiscal a las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica.
SECCIÓN 4.ª Especialidades del número de identificación fiscal de los empresarios o profesionales a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
SECCIÓN 5.ª Utilización del número de identificación fiscal.
CAPÍTULO IV. Obligaciones relativas a los libros registros fiscales.
CAPÍTULO V. Obligaciones de información.
SECCIÓN 1.ª Disposiciones generales.
SECCIÓN 2.ª Obligaciones de presentar declaraciones informativas.
SUBSECCIÓN 1.ª Obligación de informar sobre las operaciones con terceras personas.
SUBSECCIÓN 2.ª Obligación de informar sobre operaciones incluidas en los libros registro.
SUBSECCIÓN 3.ª Obligación de informar sobre cuentas, operaciones y activos financieros
SUBSECCIÓN 4.ª Obligaciones de información respecto de determinadas operaciones con participaciones preferentes y otros instrumentos de deuda.
SUBSECCIÓN 5.ª Obligaciones de información respecto de determinadas rentas obtenidas por personas físicas residentes en otros Estados miembros de la Unión Europea.
SUBSECCIÓN 6.ª Otras obligaciones de información.
SECCIÓN 3.ª Requerimientos individualizados para la obtención de información.
SECCIÓN 4.ª Transmisión de datos con trascendencia tributaria por la Administración tributaria.
TÍTULO III. Principios y disposiciones generales de la aplicación de los tributos.
CAPÍTULO I. Órganos y competencias.
CAPÍTULO II. Principios generales de la aplicación de los tributos.
SECCIÓN 1.ª Información y asistencia a los obligados tributarios.
SUBSECCIÓN 1.ª Actuaciones de información tributaria.
SUBSECCIÓN 2.ª Consultas tributarias escritas
SUBSECCIÓN 3.ª Información con carácter previo a la adquisición o transmisión de bienes inmuebles
SUBSECCIÓN 4.ª Emisión de certificados tributarios.
SUBSECCIÓN 5.ª Actuaciones de asistencia tributaria.
SECCIÓN 2.ª La colaboración social en la aplicación de los tributos.
SECCIÓN 3.ª Utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en las actuaciones y procedimientos tributarios.
CAPÍTULO III. Normas comunes sobre actuaciones y procedimientos tributarios.
SECCIÓN 1.ª Especialidades de los procedimientos administrativos en materia tributaria.
SUBSECCIÓN 1.ª Iniciación de las actuaciones y procedimientos tributarios.
SUBSECCIÓN 2.ª Tramitación de las actuaciones y procedimientos tributarios.
SUBSECCIÓN 3.ª Documentación de las actuaciones y procedimientos tributarios.
SUBSECCIÓN 4.ª Terminación de las actuaciones y procedimientos tributarios.
SECCIÓN 2.ª Intervención de los obligados en las actuaciones y procedimientos tributarios.
SUBSECCIÓN 1.ª Personas con las que deben entenderse las actuaciones administrativas.
SUBSECCIÓN 2.ª La representación en los procedimientos tributarios.
SECCIÓN 3.ª El domicilio fiscal.
SECCIÓN 4.ª Las notificaciones en materia tributaria.
TÍTULO IV. Actuaciones y procedimientos de gestión tributaria.
CAPÍTULO I. Disposiciones generales.
CAPÍTULO II. Procedimientos de gestión tributaria.
SECCIÓN 1.ª Procedimiento de devolución iniciado mediante autoliquidación, solicitud o comunicación de datos.
SECCIÓN 2.ª Procedimiento para la rectificación de autoliquidaciones, declaraciones, comunicaciones de datos o solicitudes de devolución.
SUBSECCIÓN 1.ª Procedimiento para la rectificación de autoliquidaciones.
SUBSECCIÓN 2.ª Procedimiento para la rectificación de declaraciones, comunicaciones de datos y solicitudes de devolución.
SECCIÓN 3.ª Procedimiento para la ejecución de las devoluciones tributarias.
SECCIÓN 4.ª Procedimiento iniciado mediante declaración.
SECCIÓN 5.ª Procedimiento para el reconocimiento de beneficios fiscales de carácter rogado.
SECCIÓN 6.ª La cuenta corriente tributaria.
SUBSECCIÓN 1.ª Disposiciones generales.
SUBSECCIÓN 2.ª Procedimiento para la inclusión en el sistema de cuenta corriente en materia tributaria.
SUBSECCIÓN 3.ª Efectos y finalización del sistema de cuenta corriente tributaria.
SECCIÓN 7.ª Actuaciones y procedimientos de comprobación de obligaciones formales.
SUBSECCIÓN 1.ª Actuaciones y procedimientos de comprobación censal.
SUBSECCIÓN 2.ª Actuaciones de comprobación del domicilio fiscal.
SUBSECCIÓN 3.ª Actuaciones de control de presentación de declaraciones.
SUBSECCIÓN 4.ª Actuaciones de control de otras obligaciones formales.
SECCIÓN 8.ª Procedimiento de verificación de datos.
SECCIÓN. 9.ª Procedimiento de comprobación de valores.
SUBSECCIÓN 1.ª La comprobación de valores
SUBSECCIÓN 2.ª Procedimiento de comprobación de valores.
SUBSECCIÓN 3.ª Tasación pericial contradictoria.
SECCIÓN 10.ª Procedimiento de comprobación limitada.
TÍTULO V. Actuaciones y procedimiento de inspección.
CAPÍTULO I. Disposiciones generales.
SECCIÓN 1.ª Funciones de la inspección de los tributos
SECCIÓN 2.ª Planificación de las actuaciones inspectoras.
SECCIÓN 3.ª Facultades de la inspección de los tributos.
SECCIÓN 4.ª Lugar de las actuaciones inspectoras.
SECCIÓN 5.ª Documentación de las actuaciones inspectoras.
CAPÍTULO II. Procedimiento de inspección.
SECCIÓN 1.ª Iniciación del procedimiento de inspección.
SECCIÓN 2.ª Tramitación del procedimiento de inspección.
SECCIÓN 3.ª Duración del procedimiento inspector.
SECCIÓN 4.ª Terminación del procedimiento de inspección.
SUBSECCIÓN 1.ª Actas de inspección.
SUBSECCIÓN 2.ª Formas de terminación del procedimiento inspector.
SECCIÓN 5.ª Disposiciones especiales del procedimiento inspector.
CAPÍTULO III. Otras actuaciones inspectoras.
Disposición adicional primera. Normas de organización específica.
Disposición adicional segunda. Órganos competentes de las comunidades autónomas, de las ciudades de Ceuta y Melilla o de las entidades locales.
Disposición adicional tercera. Órganos competentes en el ámbito de la Dirección General del Catastro.
Disposición adicional cuarta. Aplicación de las normas sobre declaraciones censales en los Territorios Históricos del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra.
Disposición adicional quinta. Obligaciones censales relativas al Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.
Disposición adicional sexta. Declaración anual de operaciones con terceras personas realizadas en Canarias, Ceuta y Melilla.
Disposición adicional séptima. Declaración de operaciones con terceras personas de la Administración del Estado.
Disposición adicional octava. Devolución de ingresos indebidos de derecho público.
Disposición adicional novena. Convenios de colaboración suscritos con anterioridad a la entrada en vigor de este reglamento.
Disposición adicional décima. Aplicación del procedimiento de identificación y residencia de los residentes en la Unión Europea.
Disposición adicional undécima. Definición de empresario o profesional.
Disposición adicional duodécima. Contestación a consultas tributarias relativas al Impuesto General Indirecto Canario y al Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias.
Disposición adicional decimotercera. Composición del activo en determinadas instituciones.
Disposición adicional decimocuarta. Facultades de los órganos de recaudación.
Disposición adicional decimoquinta. Estandarización de los formatos de los ficheros a aportar a la Administración tributaria en el curso de los procedimientos de aplicación de los tributos.
Disposición transitoria primera. Procedimiento para hacer efectiva la obligación de informar respecto de los valores a que se refiere la disposición transitoria segunda de la Ley 19/2003, de 4 de julio.
Disposición transitoria segunda. Tratamiento de determinados instrumentos de renta fija a los efectos de las obligaciones de información respecto de personas físicas residentes en otros Estados miembros de la Unión Europea.
Disposición transitoria tercera. Obligaciones de información de carácter general.
Disposición transitoria cuarta. Declaración de las actividades económicas desarrolladas de acuerdo con la codificación prevista en la CNAE-2009.
Disposición final única. Habilitación normativa.
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