María de los Reyes Corripio Gil-Delgado - Protección de datos personales y responsabilidad de los actores privados en internet.
Section: CAPITULO SEGUNDO: Los actores privados y la protección de los datos personales en Internet.
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Constitución Española de 1978. - Artículos 18 , 55
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 256 , 263 , 264
Procesos constitucionales
Recurso de amparo
Derecho fundamental amparado
Protección de datos personales
Normativa
Convenios y tratados internacionales
Protección de datos personales
Derechos fundamentales
Derecho a la intimidad
Protección de datos personales
Profesora de la Universidad Pontifica de Comillas de Madrid
Como principio general, la protección de la vida privada en Internet se articula por el cumplimiento de los principios y garantías recogidos en la normativa vigente, sin embargo el carácter transnacional de Internet y la ausencia de una autoridad central de regulación han encauzado la protección de los datos personales en Internet hacia técnicas específicas como las "políticas de privacidad" de los Sitios Web o la utilización de diversos mecanismos para introducir un marco adecuado de garantías.
a) Responsabilidad por el tratamiento de datos personales y su controlSe impone una reflexión sobre la figura del responsable del tratamiento y las "políticas de privacidad" de los actores, así como el control que los Organismos públicos pueden hacer de los tratamientos de datos personales en Internet, antes de abordar la necesidad de instrumentos adicionales de protección y seguridad en la red.El responsable del tratamientoLa LOPD identifica como responsable del fichero o tratamiento a "la persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, u órgano administrativo, que decida sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento" (art. 3, d) LOPD). También diferencia esta figura de la del "encargado del tratamiento" (art. 3 g) LOPD) que sería "la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que, sólo o conjuntamente con otros, trate datos personales por cuenta del responsable del tratamiento".En Internet la figura del responsable del tratamiento normalmente coincidirá con el titular de la página Web, y el "encargado", quién efectivamente realiza los tratamientos, filtrados etc. en la Web, se denomina Webmaster.Sobre el responsable del tratamiento recaen ciertas obligaciones legales que suscitan diversas cuestiones a la hora de aplicar estas reglas al entorno técnico de Internet; por ejemplo, cómo obligar al cumplimiento de los deberes de información, acceso, rectificación, cancelación u oposición de editores de páginas Web extranjeros no sometidos a la legislación española. Será corriente encontrarnos en el supuesto contemplado en el art. 5.1 in fine LOPD, en que el responsable del tratamiento no está establecido en el territorio de la Unión Europea y utilice en el tratamiento de datos medios situados en territorio español. Para este supuesto se dispone la obligación de designar, "salvo que tales medios se utilicen con fines de trámite, un representante en España, sin perjuicio de las acciones que pudieran emprenderse contra el propio responsable del tratamiento".Junto a las figuras del responsable y del encargado también son sujetos de responsabilidad todos aquellos agentes involucrados en alguna de las fases del tratamiento. Así la introducción de datos personales en el contenido de una página Web puede engendrar algún tipo de responsabilidad de los proveedores de servicios de hospedaje[327]. Cuando se almacenan en Internet datos personales de forma que sean accesibles a terceros deberán adoptarse las medidas necesarias para el control de acceso a dichas bases. No se podrá divulgar la información personal salvo que sea anónima como paso adicional para prevenir la circulación de información personal, así por ejemplo nombres e Idcards no se deberán publicar nunca juntos[328].Las "políticas de privacidad" de los Sitios WebToda organización que decide prestar servicios on line o realizar tratamientos de datos personales debe adoptar e implementar políticas especiales para proteger el secreto de la información personal identificable que trata. Son conocidas comúnmente como "políticas de privacidad" (privacy policies) y constituyen sistemas de autorregulación p...Try vLex for FREE for 3 days
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