Manual de la responsabilidad penal de los administradores de las sociedades de capital (2007)
Jose Mª Neila Neila - Abogado Licenciado en Ciencias Empresariales
Section: Delitos Concretos
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a) Legislación b) Generalidades c) Requisitos de los delitos en la >>esfera contable<< d) Requisitos de los delitos en la >>esfera de actuación<< e) Otras resoluciones judiciales sobre este delito

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículo 1334
Real Decreto de 22 de agosto de 1885, por el que se aprueba el Código de Comercio. - Artículos 25 , 26
Derecho de sociedades
Sociedades mercantiles
Sociedades capitalistas
Derecho de sociedades
Sociedades mercantiles
Sociedades capitalistas
Sociedades anónimas
Disolución
Obligaciones y responsabilidad de los administradores
Derecho de sociedades
Derecho de sociedades
Sociedades mercantiles
Sociedades capitalistas
Sociedades de responsabilidad limitada
Administradores
Responsabilidad de los administradores ante terceros
Derecho de sociedades
Sociedades mercantiles
Sociedades capitalistas
Sociedades anónimas
Órganos de la sociedad
Órgano de administración
Administradores
Responsabilidad
Responsabilidad penal
Quiebras y suspensiones de pagos
a) Legislación Artículo 259 Será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses el deudor que, una vez admitida a trámite la solicitud de quiebra, concurso o suspensión de pagos, sin estar autorizado para ello ni judicialmente ni por los órganos concursales, y fuera de los casos permitidos por la Ley, realice cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones, destinado a pagar a uno o varios acreedores, preferentes o no, con posposición del resto. Artículo 260 1. El que fuere declarado en quiebra, concurso o suspensión de pagos será castigado con las penas de prisión de dos a seis años y multa de ocho a veinticuatro meses, cuando la situación de crisis económica o la insolvencia sea causada o agravada dolosamente por el deudor o persona que actúe en su nombre. 2. Se tendrá en cuenta para graduar la pena la cuantía del perjuicio inferido a los acreedores, su número y condición económica . 3. Este delito y los delitos singulares relacionados con él, cometidos por el deudor o persona que haya actuado en su nombre, podrán perseguirse sin esperar a la conclusión del proceso civil y sin perjuicio de la continuación...
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