Revista del Derecho de las Telecomunicaciones e Infraestructuras en Red - Nbr. 12, November 2001
Javier Junceda Moreno
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Id. vLex: VLEX-129410
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I. Introducción.
II. Sobre la protección ambiental en la vigente ley reguladora del sector eléctrico y en su desarrollo reglamentario. III. Doctrina legal reciente sobre las repercusiones ambientales del transporte de energía eléctrica en alta tensión. IV. Disciplina comunitaria sobre cuestiones ambientales vinculadas a las líneas de alta tensión y soterramiento de las mismas. nota de derecho comparado. V. Posibles soluciones del problema ambiental de las líneas de alta tensión a la luz del régimen jurídico-público vigente. VI. Articulación jurídica del soterramiento de una línea eléctrica en alta tensión: el caso soto-penagos. VII. Conclusiones.
REAL DECRETO 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
LEY 3/1994, de 23 de Junio, de Creacion del Parque posets-maladeta. de 23 de Junio, de Creacion del Parque posets-maladeta.
LEY 54/1997, de 27 noviembre, del Sector electrico. - Artículos 1 , 5
Derecho administrativo especial
Derecho administrativo industrial
Energía
Energía eléctrica
Servicios públicos
Las radiaciones eléctricas ante el Derecho
I. INTRODUCCIÓN
Acaso por las frecuentes tribulaciones de la sociedad contemporánea acerca de las nuevas enfermedades derivadas de sus modernos modos productivos, cada vez resultan más habituales las voces ciudadanas que se levantan en rechazo de la presencia de instalaciones eléctricas o electromagnéticas y, sobre todo, frente a las infraestructuras de transporte de alta tensión que circundan áreas urbanas y periurbanas, en casos comprometiendo no sólo su propia idiosincrasia estética, sino también la salud pública de la población, el mismo crecimiento urbanístico municipal y hasta el buen estado de los espacios y especies naturales que puedan radicar en un determinado suelo 1. Sea como fuere, a esta honda y múltiple preocupación sanitaria, urbanística y ambiental, se han venido a sumar en los últimos tiempos las producidas por las antenas de telefonía, fruto de la perceptible expansión que está conociendo el sector de las telecomunicaciones y del masivo acceso que los ciudadanos han tenido a dicha tecnología, espoleados por un constante efectismo publicitario de indudable y más que probada eficacia. Ni que decir tiene que ambos fenómenos, el eléctrico y el telefónico, proporcionan indudables ventajas de todo orden, pudiendo calificarse sin temor como imprescindibles para el normal desenvolvimiento de nuestras actuales sociedades, sin embargo, no siempre han resultado enteramente compatibles con otros valores y elementos básicos protegidos por nuestras normas e igualmente vitales para nuestra ya característica forma de vida. ¿Deben, en consecuencia, predominar unos intereses sobre otros, arrumbándose entre sí, dejando de aprovecharse la energía porque sus instalaciones afean el paisaje? Una solución de este tipo, que continúa siendo preconizada sorprendentemente desde múltiples instancias en estos y otros asuntos de similar naturaleza 2, no sólo no responde a las más mínimas exigencias del sentido común, sino que tampoco resulta amparada por nuestro sistema jurídico, que sigue confiando, desde la misma interpretación de la Lex legum 3, en un necesario y a veces poderoso esfuerzo de c...Try vLex for FREE for 3 days
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