Real Decreto de 22 de agosto de 1885, por el que se aprueba el Código de Comercio.

Codigos y Normas Refundidas > Código de Comercio y defensa de los consumidores y usuarios

Última modificación 13/12/2008
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Real Decreto de 22 de agosto de 1885, por el que se aprueba el Código de Comercio.

  Real Decreto de 22 de agosto de 1885, por el que se aprueba el Código de Comercio.
  Artículo único.
  LIBRO I. De los comerciantes y del comercio en general.
    TÍTULO I. De los comerciantes y de los actos de comercio.
    TÍTULO II. Del registro mercantil.
    TÍTULO III. De la Contabilidad de los Empresarios.
      SECCIÓN 1ª. De los libros de los empresarios.
      SECCIÓN 2ª. De las cuentas anuales.
      SECCIÓN 3ª. Presentación de las cuentas de los grupos de sociedades.
    TÍTULO IV. Disposiciones generales sobre los contratos de comercio.
    TÍTULO V. De los lugares y casas de contratación mercantil.
      SECCIÓN 1ª. De las Bolsas de Comercio.
      SECCIÓN 2ª. De las operaciones de Bolsa.
      SECCIÓN 3ª. De los demás lugares públicos de contratación. De las ferias, mercados y tiendas.
    TÍTULO VI. De los agentes mediadores del comercio y de sus obligaciones respectivas.
      SECCIÓN 1ª. Disposiciones comunes a los Agentes mediadores del comercio.
      SECCIÓN 2ª. De los Agentes Colegiados de Cambio y Bolsa.
      SECCIÓN 3ª. De los Corredores Colegiados de Comercio.
      SECCIÓN 4ª. De los Corredores Colegiados Intérpretes de Buques.
  LIBRO II. De los contratos especiales del comercio.
    TÍTULO I. De las compañías mercantiles.
      SECCIÓN 1ª. De la constitución de las compañías y de sus clases.
      SECCIÓN 2ª. De las compañías colectivas.
      SECCIÓN 3ª. De las compañías en comandita.
      SECCIÓN 4ª. De las sociedades en comandita por acciones.
      SECCIÓN 5ª. De las acciones.
      SECCIÓN 6ª. Derechos y obligaciones de los socios.
      SECCIÓN 7ª. De las reglas especiales de las compañías de crédito
      SECCIÓN 8ª. Bancos de emisión y descuento
      SECCIÓN 9ª. Compañías de ferrocarriles y demás obras públicas.
      SECCIÓN 10ª. Compañías de almacenes generales de depósito.
      SECCIÓN 11ª. Compañías o Bancos de crédito territorial.
      SECCIÓN 12ª. De las reglas especiales para los Bancos y sociedades agrícolas.
      SECCIÓN 13ª. Del término y liquidación de las compañías mercantiles.
    TÍTULO II. De las cuentas en participación.
    TÍTULO III. De la comisión mercantil.
      SECCIÓN 1ª. De los comisionistas.
      SECCIÓN 2ª. De otras formas del mandato mercantil. Factores, dependientes y mancebos.
    TÍTULO V. De los préstamos mercantiles.
      SECCIÓN 1ª. Del préstamo mercantil.
      SECCIÓN 2ª. De los préstamos con garantía de efectos o valores públicos.
      SECCIÓN 1ª. De la compraventa.
      SECCIÓN 2ª. De las permutas
      SECCIÓN 3ª. De las transferencias de créditos no endosables
    TÍTULO VIII. De los contratos de seguro.
      SECCIÓN 1ª. Del contrato de seguro en general.
      SECCIÓN 2ª. Del seguro contra incendios.
      SECCIÓN 3ª. Del seguro sobre la vida.
      SECCIÓN 4ª. Del seguro de transporte terrestre.
      SECCIÓN 5ª. De las demás clases de seguro.
    TÍTULO IX. De los afianzamientos mercantiles.
    TÍTULO X. Del contrato y letras de cambio.
      SECCIÓN 1ª. De la forma de las letras de cambio.
      SECCIÓN 2ª. De los términos y vencimientos de las letras.
      SECCIÓN 3ª. De las obligaciones del librador.
      SECCIÓN 4ª. Del endoso de las letras
      SECCIÓN 5ª. De la presentación de las letras y de su aceptación.
      SECCIÓN 6ª. Del aval y sus efectos.
      SECCIÓN 7ª. Del pago.
      SECCIÓN 8ª. De los protestos.
      SECCIÓN 9ª. De la intervención en la aceptación y pago.
      SECCIÓN 10. De las acciones que competen al portador de una letra de cambio.
      SECCIÓN 11ª. Del recambio y resaca.
    TÍTULO XI. De las libranzas, vales y pagarés a la orden, y de los mandatos de pago llamados cheques.
      SECCIÓN 1ª. De las libranzas y de los vales y pagarés a la orden.
      SECCIÓN 2ª. De los mandatos de pago llamados cheques.
    TÍTULO XII. De los efectos al portador y de la falsedad, robo, hurto o extravío de los mismos.
      SECCIÓN 1ª. De los efectos al portador.
      SECCIÓN 2ª. Del robo, hurto o extravío de los documentos de crédito y efectos al portador.
    TÍTULO XIII. De las cartas-órdenes de crédito.
  LIBRO III. Del comercio marítimo.
    TÍTULO I. De los buques.
    TÍTULO II. De las personas que intervienen en el comercio marítimo.
      SECCIÓN 1ª. De los propietarios del buque y de los navieros.
      SECCIÓN 2ª. De los capitanes y de los patrones de buque.
      SECCIÓN 3ª. De los oficiales y tripulación del buque.
      ARTÍCULO 649.
    TÍTULO III. De los contratos especiales del comercio marítimo.
      SECCIÓN 1ª. Del contrato de fletamento.
      SECCIÓN 2ª. Del contrato a la gruesa o préstamo a riesgo marítimo.
      SECCIÓN 3ª. De los seguros marítimos.
    TÍTULO IV. De los riesgos, daños y accidentes del comercio marítimo.
      SECCIÓN 1ª. De las averías.
      SECCIÓN 2ª. De las arribadas forzosas.
      Sección 3ª. De los abordajes.
      SECCIÓN 4ª. De los naufragios.
    TÍTULO V. De la justificación y liquidación de las averías.
      SECCIÓN 1ª. Disposiciones comunes a toda clase de averías.
      SECCIÓN 2ª. De la liquidación de las averías gruesas.
  LIBRO IV. De la suspensión de pagos, de las quiebras y de las prescripciones.
    TÍTULO I. De la suspensión de pagos y de la quiebra en general.
      SECCIÓN 1ª. De la suspensión de pagos y de sus efectos.
      SECCIÓN 2ª. Disposiciones generales sobre las quiebras.
      SECCIÓN 3ª. De las clases de quiebras y de los cómplices en las mismas.
      SECCIÓN 4ª. Del convenio de los quebrados con sus acreedores.
      SECCIÓN 5ª. De los derechos de los acreedores en caso de quiebra, y de su respectiva graduación.
      SECCIÓN 6ª. De la rehabilitación del quebrado.
      SECCIÓN 7ª. Disposiciones generales relativas a la quiebra de las sociedades mercantiles en general.
      SECCIÓN 8ª. De la suspensión de pagos y de las quiebras de las compañías y empresas de ferrocarriles y demás obras públicas.
    TÍTULO II. De las prescripciones.
    TÍTULO III. Disposición general.



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