Aspectos prácticos de la protección de datos de las personas físicas (2004)
Antonio María Rubio Navarro
Section: Recomendaciones de la Agencia de Protección de Datos
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Id. vLex: VLEX-205380
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Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal. de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.
REAL DECRETO 428/1993, de 26 de Marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la agencia de Proteccion de Datos. de 26 de Marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la agencia de Proteccion de Datos.
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Recomendaciones de la agencia de protección de datos al sector del comercio electrónico, para la adecuación de su funcionamiento a la ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal
ASPECTOS PRÁCTICOS DE LA PROTECCIÓN DE DATOS DE LAS PERSONAS FÍSICAS Durante los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2000, la Agencia de Protección de Datos llevó a cabo una inspección sectorial cuyo objetivo era determinar si las entidades que actualmente desarrollan su actividad comercial a través de Internet cumplen con los principios de la legislación vigente en materia de protección de datos, así como coadyuvar al cumplimiento de la misma, a cuyo efecto el Plan de Inspección culmina con las pertinentes Recomendaciones, en las que se recogen los criterios que han de seguir las entidades inspeccionadas para el mejor cumplimiento de la ley. En el transcurso de esta inspección se analizaron dos de las modalidades de comercio electrónico en las que el ciudadano tiene una clara participación: la que se establece entre empresa y consumidor (B2C) y la venta directa entre consumidores (C2C). Por otra parte, el análisis se circunscribió a las entidades que comercian a través de la Red, dejando de momento a un lado a aquellas otras que tan sólo disponen de portales generalistas entre cuyos servicios no se ofrece la adquisición on-line de productos o servicios, a pesar de que también estas compañías recaban gran cantidad de datos sobre los usuarios que deciden registrarse. En este sentido, sólo se incluyeron en nuestro análisis algunos portales que sí realizaban actividades de comercio electrónico. Las conclusiones vertidas aquí, por tanto, se han obtenido como resultado de las actuaciones de inspección practicadas en las denominadas “tiendas virtuales”, entendiendo como tales las webs que permiten al usuario la compra, directa o indirectamente, de un producto o servicio, de forma tal que la transacción comercial (a excepción de la entrega del bien adquirido) quede cerrada on-line. Se analizaron 44 webs desde las que se desarrollaban actividades de comercio electrónico. Considerando la gran diversidad existente en el sector, en la inspección se optó por seleccionar varios representantes de cada uno de los siguientes grupos: Portales generalistas: webs que, aparte de ofrecer servicios electrónicos como noticias, correo web o foros, incorporan además la venta de productos o servicios en general. Grandes centros comerciales: versión electrónica de algunos grandes centros comerciales (“híper”, “súper”). Tiendas especializadas en la venta de determinados productos y servi...
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