Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, July 10, 2008 (Nbr. 5170)
Disposiciones Generales - DEPARTAMENTO DE CULTURA Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN
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DECRETO 136/2008, de 1 de julio, de reestructuración del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación.
DECRETO
136/2008, de 1 de julio, de reestructuración del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación. El Decreto 271/2007, de 11 de diciembre, de reestructuración del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación, desplegó la distribución orgánica y funcional de este Departamento en tres secretarías y adecuó la organización de las diferentes unidades orgánicas con el fin de potenciar la presencia del Departamento en el territorio y agilizar la coordinación entre las diversas unidades que lo integran. El estudio del desarrollo de la estructura orgánica que determina el mencionado Decreto ha hecho patente la necesidad de efectuar algunas modificaciones, con el fin de darle más coherencia y mejorar la gestión de las funciones que las unidades orgánicas tienen encomendadas. En lo que se refiere a la Secretaría General, se crea la Subdirección General de Equipamientos Culturales con el fin de coordinar la elaboración del Plan nacional de equipamientos culturales que permita el acceso desde todo el territorio a los diversos ámbitos de la cultura. De esta Subdirección depende el Servicio de Planificación de Equipamientos. Asimismo, se suprime el Servicio de Planificación Estratégica, adscrito al Gabinete Técnico del Departamento. En lo que se refiere a la Dirección de Servicios, se hace efectiva una reordenación de las funciones entre los servicios ya existentes. La Sección de Archivo Central y Registro pasa del Servicio de Prevención y Régimen Interior al Servicio de Organización, y algunas funciones hasta ahora ejercidas por el Servicio de Obras y Gestión Patrimonial, que pasa a denominarse Servicio de Obras, se adscriben al Servicio de Contratación y Subvenciones. En cuanto a la Dirección General de Cooperación Cultural, se modifica la Subdirección General de Bibliotecas con el fin de mejorar la distribución de ámbitos funcionales. El Servicio de Planificación Bibliotecaria pasa a denominarse Servicio del Sistema de Lectura Pública de Cataluña, la Sección de Planificación Bibliotecaria pasa a denominarse Sección de Planificación y Cooperación, el Servicio de Cooperación Bibliotecaria pasa a denominarse Servicio del Sistema Bibliotecario de Cataluña, la Sección de Innovación Bibliotecaria pasa a denominarse Sección de Servicios Digitales. Con estos cambios se redistribuyen algunas funciones y se asignan otras nuevas. Finalmente, se crea la Sección de Cooperación Bibliotecaria. La Secretaría de Medios de Comunicación presenta modificaciones importantes. El Área de Innovación y Cooperación con los Medios de Cooperación pasa a ser dirección general, se modifican sus funciones y se le adscribe el Servicio de Innovación y Cooperación. En el ámbito de Dirección General de Comunicación y Servicios de Difusión Audiovisual y bajo dependencia de la Subdirección General de Ordenación del Espacio de Comunicación Audiovisual, se crea el Servicio de Tramitación, Inspección y Control, que asume las funciones del Servicio de Inspección y Control y del Área de Tramitación y Planificación. Asimismo, el Área de Tecnologías de Comunicación Audiovisual pasa a denominarse Servicio de Tecnologías de Comunicación Audiovisual. En cuanto al resto de unidades orgánicas, se modifican puntualmente determinadas funciones. Finalmente, en las disposiciones adicionales, se atribuye rango orgánico de servicio a la Administración del Museo de la Ciencia y de la Técnica de Cataluña y se modifica la vicepresidencia de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Cultural de Cataluña, que será ejercida por la persona titular de la Subdirección General de Museos. Por razones de técnica jurídica, se ha considerado oportuno introducir las modificaciones mencionadas en un único texto único que, a modo de refundición, derogue el Decreto 271/2007, de 11 de septiembre, de reestructuración del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación. Por ello, de conformidad con lo que establece la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, a propuesta del Consejero de Cultura y Medios de Comunicación, y de acuerdo con el Gobierno, Decreto: Capítulo 1 Estructura del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación Artículo 1 Departamento de Cultura y Medios de Comunicación 1.1 El Departamento de Cultura y Medios de Comunicación, bajo la dirección de la persona que es su titular, se estructura en las unidades y los órganos siguientes: a) El Gabinete del/de la Consejero/a. b) La Secretaría General. c) La Secretaría de Cultura. d) La Secretaría de Medios de Comunicación. 1.2 Permanecen adscritas al Departamento de Cultura y Medios de Comunicación, en los términos que establece este Decreto, las siguientes entidades públicas: a) El Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes. b) El Instituto Catalán de las Industrias Culturales. c) La Entidad Autónoma de Difusión Cultural. d) La Institución de las Letras Cata...Try vLex for FREE for 3 days
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