Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, March 03, 2003 (Nbr. 3834)
Disposiciones Generales
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Id. vLex: VLEX-19358612
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EDICTO de 30 de enero de 2003, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona referente al municipio de Vilanova i la Geltrú.
EDICTO de 30 de enero de 2003, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona referente al municipio de Vilanova i la Geltrú. La Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona, en la sesión de 16 de octubre de 2002, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: Exp.: 2002/004212/B Plan parcial de ordenación del subsector 1 del sector 3.5 Solicrup, en el término municipal de Vilanova i la Geltrú Vista la propuesta de la Ponencia Técnica y de conformidad con las consideraciones efectuadas por esta Comisión, por delegación del consejero de Política Territorial y Obras Públicas según la Orden de 7 de mayo de 2001, publicada en el DOGC núm. 3387, de 14.5.2001, se acuerda: -1 Aprobar definitivamente el Plan parcial de ordenación del subsector 1 del sector 3.5, Solicrup, de Vilanova i la Geltrú, promovido por la entidad Vedikran 2000, SL, y enviado por el Ayuntamiento. -2 Indicar al Ayuntamiento y al interesado que, en lo referente a la inclusión del subsector dentro del inventario de los yacimientos arqueológicos de interés del Plan especial del patrimonio histórico-artístico, de Vilanova i la Geltrú, aunque se ha autorizado la realización de una intervención arqueológica preventiva por parte de la Dirección General del Patrimonio Cultural, deberá tener en cuenta, en todo caso, lo que determine el resultado de la mencionada intervención. -3 Publicar este acuerdo y las normas urbanísticas correspondientes en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya al efecto de su inmediata ejecutividad, tal como indica el artículo 100 de la ley 2/2002, de 14 de marzo, de urbanismo. El expediente quedará, para la consulta y la información que prevé el artículo 101 de la mencionada Ley, en el archivo de planeamiento de la Dirección General de Urbanismo del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, avenida Josep Tarradellas, 2-6, planta baja, 08029 Barcelona. -4 Comunicarlo al Ayuntamiento, al promotor y a los propietarios afectados. Contra el anterior acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer potestativamente recurso de reposición, de conformidad con lo que prevén los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, ante el consejero de Política Territorial y Obras Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de este Edicto en el DOGC...
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