Reflexiones sobre la eutanasia

La bioética en la encrucijada (2008)

María Dolores Vila-Coro
Section: Sumario
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Summary:

1. ¿Qué es la eutanasia? 2. El caso Jody y Mary 2.1. Vida impropia 2.2. Natasha y Courtney 3. Dos sentencias opuestas: Miss B/Diane Pretty 3.1. Miss B 3.2. Diane Pretty 4. Morir dignamente 5. La eutanasia en los colectivos médicos 6. La motivación real para practicar la eutanasia 6.1. El dolor 6.2. El momento de la muerte 6.3. El testamento vital 7. Conclusión

Citations:

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Extract:

Reflexiones sobre la eutanasia

"No hagas de tu cuerpo la tumba de tu alma".

1. ¿Qué es la eutanasia?

Mucho se ha escrito sobre la eutanasia asimilando a esta figura conductas que no le corresponden por pertenecer a otro tipo de delitos. 157Se ha citado a Plutarco que en la vida de Licurgo cuenta cómo los espartanos despeñaban a los niños que habían nacido con deformaciones o minusvalías por la roca Tarpeya158. La intención era que el pueblo se mantuviera fuerte y conservara la supremacía bélica frente a insidiosos vecinos.

Lo que sí puede significar un antecedente de la eutanasia es la práctica de "rematar" a los heridos en las guerras alegando piedad y compasión ante el sufrimiento. Es de notar cómo el puñal, con el que se daba el golpe de gracia al enemigo caído, se denominaba misericordia.

En lo que a mí respecta, en la obra colectiva Derecho Médico. Tratado de Derecho Sanitario159, he publicado un trabajo con el que pensé haber agotado, ampliamente, el tema de la eutanasia. Lo cierto es que cada día aparecen nuevas situaciones que presentan peculiaridades que invitan a una continua reflexión. De hecho, presento, en este capítulo, tres supuestos que han dado lugar a un largo debate en la doctrina y en la propia sociedad por la difusión que los medios le han prestado.

En el primero, relativo a las gemelas siamesas Jody y Mary, mantengo una posición opuesta a la de algunos autores a los que respecto y aprecio, pero de los que, a mi pesar, disiento; me debo, sin embargo, a las conclusiones que he alcanzado reflexionando con honradez intelectual.

El segundo se refiere a dos sentencias: una del Tribunal Británico, a quien la demandante ha solicitado que se le retire el sustrato artificial que la mantiene con vida; petición que la sentencia le concede. Otra del Tribunal de Estrasburgo que niega la eutanasia a la demandante.

El tercer supuesto comenta la Sentencia del Tribunal Constitucional español sobre unos reclusos en huelga de hambre. Éste último en forma de anexo, ya que a pesar de su aparente disparidad tiene que ver con el pretendido derecho a disponer de la propia vida.

Como cuestión previa, antes de comenzar la reflexión, habrá que distinguir y concretar varios puntos que, al suscitar dudas, se pueden prestar a error:

1. La eutanasia propiamente dicha no está tipificada en nuestro Código penal, aunque equivale, según el texto, al cuarto supuesto del delito de "ayuda al suicidio". Consiste en causar, con actos necesarios, la muerte de otro que se encuentra sufriendo una enfermedad irreversible y sufre grandes padecimientos.

2. Retirar el sustrato artificial a un paciente que se mantiene con vida vegetativa cuando técnicamente, desde un punto de vista médico, no puede recuperar su salud. Actividad, por tanto, que se llevaría a cabo bien sin el consentimiento del paciente, bien por su voluntad, expresada en documento anterior o a requerimiento de familiares.

3. El encarnizamiento terapéutico consiste en proporcionar tratamientos excesivos e inútiles a un enfermo sin probabilidades de curar su enfermedad. De este modo, se le alarga la vida a costa de grandes sufrimientos y sin efectos positivos.

4. La situación del enfermo plenamente consciente que renuncia a someterse a tratamientos que, aunque alarguen su vida, prolongan inútilmente el sufrimiento sin curar la enfermedad que le está conduciendo, necesariamente, a la muerte. Prefiere, por ello, dejar que la naturaleza siga su curso.

5. Y, por último, la situación del enfermo que se encuentra en una institución responsable del cuidado de su salud y de su vida.

2. El caso Jody y Mary

Las dos gemelas siamesas que nacieron recientemente en Inglaterra unidas por el abdomen, compartiendo órganos tan vitales como el corazón y los pulmones, han planteado un problema bioético difícil de resolver. Jody es una niña, aparentemente, bien formada; posee todos los órganos y funciones biológicas necesarias para seguir viviendo. Mary, por el contrario, no podrá sobrevivir separada de su hermana que le presta sus propios órganos para que pueda mantenerse en la existencia. El problema está en que Mary no tiene ninguna probabilidad de sobrevivir separada de Jody y ésta, ninguna esperanza de seguir viviendo unida a su hermana. Sin separarlas ambas morirán porque el corazón de Jo...



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