La reforma del régimen de la televisión local en España

Revista del Derecho de las Telecomunicaciones e Infraestructuras en Red - Nbr. 18, December 2003

Manuel Jesús Rozados Oliva - Profesor Asociado de Derecho Administrativo. Universidad de Cádiz
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La reforma del régimen de la televisión local en España

I. INTRODUCCIÓN: LA "DIGITALIZACIÓN" DE LA TELEVISIÓN COMO PRESUPUESTO PARA LA REFORMA

Los avances de la ciencia y la técnica en aquellos fenómenos que son objeto de regulación por el Derecho obliga a éste a adaptar sus determinaciones conforme los mismos se van incorporando a la realidad. Entre miles de ejemplos que pudieran citarse, sin duda uno de los sectores en que este hecho se constata con mayor facilidad es en el mundo de las telecomunicaciones y, dentro de ellas, en la televisión como una de sus manifestaciones. La aparición de la tecnología digital para la emisión y recepción de señales de televisión constituye toda una revolución que en dicho medio puede ser comparable, si cabe, con la sustitución de los viejos discos de vinilo por los actuales discos compactos en el terreno musical. El principal efecto de esta incipiente tecnología es un mejor aprovechamiento del espectro radioeléctrico, al poder transmitir más canales de televisión en una misma frecuencia, lo que viene a paliar, en parte, las dificultades de la tan reiterada escasez del espectro. Con el sistema digital, una misma frecuencia, hasta ahora portadora de un solo canal (o emisora), puede transmitir un canal múltiple, integrado por cuatro programas diferentes (o sea, cuatro emisoras en el mismo espacio)[1]. Con este avance, que puede ser aún mayor conforme lo tecnología lo permita, y al igual que ocurrió con los discos de vinilo, la utilización de los sistemas ana-lógicos está llamada, en un futuro cada vez menos lejano, a desaparecer.

La transmisión con el sistema digital se encuentra en nuestro país plenamente consolidada en la televisión vía satélite, pero no así en la televisión terrenal, es decir, aquella que se transmite por ondas hertzianas[2]. La preocupación del Gobierno español por impulsar el tránsito de una tecnología a otra en esta última modalidad televisiva se materializó con la aprobación en 1998 del Plan Técnico Nacional de Televisión Digital Terrenal (R.D. 2169/1998, de 9 de octubre)[3], que obliga a las televisiones de cobertura nacional surgidas tras la aprobación de la Ley 10/1988, de 3 de mayo, de Televisión Privada[4], y a las televisiones públicas, estatales y autonómicas, a ofrecer ambas tecnologías, analógica y digital, durante un período transito...



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