BOE. Boletín Oficial del Estado, December 15, 1987 (Nbr. 0299)
I - Disposiciones Generales - Ministerio de Economia
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Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de incentivos regionales para la corrección de desequilibrios económicos interterritoriales. de 27 de diciembre, de incentivos regionales para la corrección de desequilibrios económicos interterritoriales. - Artículos 1 , 2 , 3 , 4
Real Decreto 222/1987, de 20 de Febrero, por el que se estructura el Ministerio de Economia y Hacienda. de 20 de Febrero, por el que se estructura el Ministerio de Economia y Hacienda. - Artículo 26
Real Decreto 1535/1987, de 11 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 50/1985, de Incentivos regionales para la Correccion de los desequilibrios economicos interterritoriales.
La Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de incentivos regionales para la correccion de los desequilibrios economicos interterritoriales, inicio una profunda reforma del sistema antes vigente de incentivos regionales con la triple finalidad de: A) simplificar y racionalizar la diversidad de figuras de incentivacion Regional de la inversion existentes, b) adaptarlo a los criterios de La Comision de las Comunidades Europeas sobre regimenes de ayudas con finalidad Regional y c) considerar de una forma explicita la nueva organizacion territorial del estado.los principios generales del nuevo sistema, recogidos en la Ley 50/1985 , antes mencionada, han de ser objeto de desarrollo para su aplicacion efectiva, en una primera etapa, en este reglamento, que regula aquellos aspectos de la politica de incentivos regionales que son comunes a todas las zonas promocionables, independientemente de la situacion economica coyuntural de cada una de ellas. En una segunda fase, los Reales Decretos de delimitacion de cada una de las zonas en que podran aplicarse los incentivos regionales desarrollaran en detalle los aspectos que le sean propios y especificos.
La politica de incentivos regionales es una parcela de la politica de Desarrollo Economico Regional que aspira, al igual que esta ultima, a reducir las diferencias territoriales del nivel de vida, sin obstaculizar por ello el maximo crecimiento del producto nacional. Parte de la conviccion de que el mecanismo del mercado por si solo es insuficiente para lograr una distribucion territorial mas equilibrada de las Actividades Economicas y para poner en accion el potencial de desarrollo endogeno de las zonas desfavorecidas. Esto solo sera posible si, ademas de poner en practica una politica de inversiones en infraestructura y equipamientos mas redistributiva, se introducen mecanismos de compensacion a la inversion productiva, a traves de los incentivos regionales, por las deseconomias que puede llevar aparejada su ejecucion en determinadas zonas. Se trata, en definitiva, de crear condiciones adecuadas en...Try vLex for FREE for 3 days
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