BOE. Boletín Oficial del Estado, July 17, 2007 (Nbr. 170)
III - Otras Disposiciones - Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
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Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. - Artículos 46 , 48
REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/1995, de 24 de Marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. de 24 de Marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Real Decreto 1040/1981, de 22 de Mayo, sobre Registro y deposito de Convenios colectivos de Trabajo. de 22 de Mayo, sobre Registro y deposito de Convenios colectivos de Trabajo.
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. - Artículos 1 , 45
Resolución de 3 de julio de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XX Convenio colectivo de Sociedad Española de Instalaciones Redes Telefónicas, S.A.U.
Visto el texto del XX Convenio Colectivo de la empresa Sociedad Española de Instalaciones Redes Telefónicas, S.A.U. (SEIRT) (Código de Convenio n.º 9004802) que fue suscrito con fecha 24 de mayo de 2007 de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma y de otra por el Comité Intercentros en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,Esta Dirección General de Trabajo resuelve:Primero.-Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.Madrid, 3 de julio de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.VIGÉSIMO CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESA «SOCIEDAD ESPAÑOLA DE INSTALACIONES REDES TELEFÓNICAS, S.A.S.» (SEIRT)CapÍtulo IDisposiciones GeneralesArt. 1.º Ámbito de aplicación.1.1. El presente Convenio Colectivo será de aplicación a todo el personal de todos los centros de trabajo de la Empresa Seirt, S.A.U. en el territorio nacional, cuyas condiciones de trabajo se regirán por lo dispuesto en este Convenio y demás normas legales de aplicación.1.2. Quedan expresamente excluidos de este Convenio el personal nombrado por la Dirección General de la Empresa para desempeñar cargos de Director, Jefe de Departamento o Delegado que, a propuesta de aquella, acepte voluntariamente por escrito su exclusión del Convenio. La Empresa informará puntualmente al Comité Intercentros de las altas y bajas del personal excluido.Art. 2.º Vigencia.El Convenio entrará en vigor el día 1 de enero de 2007.Art. 3.º Duración y prórroga. La duración de este Convenio Colectivo será de doce meses desde el 1 de enero de 2007 al 31 de diciembre del año 2007, y se entenderá automáticamente prorrogado por la tácita de un año hasta que cualquiera de las partes firmantes lo denuncie en ...
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