BOE. Boletín Oficial del Estado, February 27, 2008 (Nbr. 50)
I - Disposiciones Generales - Ministerio de Economia y Hacienda
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LEY 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

Real Decreto 261/2008, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Defensa de la Competencia.
Artículo único. Aprobación del Reglamento de Defensa de la Competencia. Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario. Disposición final segunda. Entrada en vigor. Título I. De la Defensa de la Competencia Capítulo I. De las conductas de menor importancia Artículo 1. Conductas de menor importancia atendiendo a la cuota de mercado. Artículo 2. Conductas excluidas del concepto de menor importancia. Artículo 3. Otras conductas de menor importancia. Capítulo II. De las concentraciones económicas Artículo 4. Cálculo de la cuota de mercado. Artículo 5. Cálculo del volumen de negocios. Artículo 6. Valoración de las eficiencias económicas. Capítulo III. De las ayudas públicas Artículo 7. Informes y propuestas. Artículo 8. Mecanismos de comunicación de las ayudas públicas. Capítulo IV. De la promoción de la competencia Artículo 9. Ejercicio de la función de promoción de la competencia. Artículo 10. Deber de colaboración e información en relación con la promoción de la competencia. Título II. De los procedimientos en materia de defensa de la competencia Capítulo I. Disposiciones comunes Artículo 11. Práctica de las notificaciones. Artículo 12. Cómputo de los plazos máximos de los procedimientos en casos de suspensión. Artículo 13. Facultades de inspección. Artículo 14. Colaboración con los órganos competentes de las Comunidades Autónomas en materia de poderes de investigación. Artículo 15. Colaboración con la Comisión Europea y con otras Autoridades Nacionales de Competencia en materia de poderes de investigación. Artículo 16. Coordinación con los Presidentes de los órganos reguladores sectoriales. Artículo 17. Deber de colaboración. Artículo 18. Información administrativa y atención al ciudadano. Artículo 19. Vista ante el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia. Artículo 20. Tratamiento de información confidencial. Artículo 21. Imposición de multas coercitivas. Artículo 22. Pago de las multas, multas coercitivas y tasas. Artículo 23. Publicidad. Artículo 24. Recurso contra las resoluciones y actos dictados por la Dirección de Investigación. Capítulo II. Del procedimiento sancionador en materia de conductas prohibidas Sección 1.ª De la instrucción del procedimiento sancionador Artículo 25. Iniciación del procedimiento. Artículo 26. Información reservada. Artículo 27. Acuerdo de no incoación y archivo de la denuncia. Artículo 28. Incoación del expediente. Artículo 29. Acumulación, desglose y ampliación de expedientes. Artículo 30. Incorporación de información a un expediente. Artículo 31. Acceso al expediente. Artículo 32. Actos de investigación, alegaciones y prueba. Artículo 33. Pliego de concreción de hechos. Artículo 34. Propuesta de resolución e informe. Artículo 35. Preclusión. Sección 2.ª De la resolución del procedimiento sancionador Artículo 36. Pruebas y actuaciones complementarias. Artículo 37. Otras actuaciones del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia. Artículo 38. Contenido de la resolución. Artículo 39. Terminación convencional de los procedimientos sancionadores. Sección 3.ª De las medidas cautelares Artículo 40. Clases de medidas cautelares. Artículo 41. Adopción y régimen jurídico de las medidas cautelares. Sección 4.ª De la vigilancia Artículo 42. Vigilancia del cumplimiento de las obligaciones y resoluciones del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia. Sección 5.ª Del procedimiento de declaración de inaplicabilidad Artículo 43. Declaraciones de inaplicabilidad. Sección 6.ª De la retirada de la exención por categorías Artículo 44. Inicio del procedimiento de retirada de la exención por categorías. Artículo 45. Procedimiento de retirada de la exención por categorías. Sección 7.ª De los procedimientos de exención y de reducción del importe de la multa Artículo 46. Presentación de las solicitudes de exención del pago de la multa. Artículo 47. Tramitación de las solicitudes de exención del pago de la multa. Artículo 48. Solicitudes abreviadas de exención. Artículo 49. Solicitudes de reducción del importe de la multa. Artículo 50. Presentación y tramitación de las solicitudes de reducción del importe de la multa. Artículo 51. Tratamiento de las solicitudes de exención o de reducción del importe de la multa. Artículo 52. Deber de cooperación de los solicitantes de exención o de reducción del importe de la multa. Artículo 53. Mecanismos de coordinación con los órganos competentes de las Comunidades Au...
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