REAL DECRETO 662/2001, de 22 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Retribuciones del Personal de las Fuerzas Armadas
Desde la promulgación del Real Decreto 1494/1991, de 11 de octubre, por el que se aprobó el Reglamento General de Retribuciones del Personal de las Fuerzas Armadas, éste ha sufrido modificaciones, tanto expresas, por la promulgación de otros Reales Decretos que lo modificaron, como tácitas, por haberse suprimido conceptos y situaciones contempladas en el mismo, como consecuencia de la entrada en vigor de disposiciones de otro orden, no relacionadas directamente con el sistema retributivo.
Entre las primeras están las producidas por los Reales Decretos 2/1994, de 14 de enero, y 827/1995, de 29 de mayo, que modifican parcialmente el Reglamento General de Retribuciones del Personal de las Fuerzas Armadas, y el Real Decreto 6/1995, de 13 de enero, por el que se regula el régimen de retribuciones de los funcionarios destinados en el extranjero. Entre las segundas cabe destacar la desaparición del Cuerpo de Mutilados de Guerra por la Patria, por el pase a retiro o a la situación de segunda reserva de sus componentes y las referencias al personal de Tropa y Marinería con menos de dos años de servicio.
Por otra parte, el Real Decreto-ley 12/1995, de 28 de diciembre, modificó la adscripción al grupo de clasificación de los Brigadas, Sargentos Primeros y Sargentos, y el del personal de Tropa y Marinería que tiene reconocida su permanencia en las Fuerzas Armadas hasta la edad de retiro, lo que originó la promulgación del Real Decreto 1844/1996, de 26 de julio, que fijó las cuantías retributivas derivadas de estas reclasificaciones.
Por último, la nueva Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, al crear nuevos empleos, suprimir la situación administrativa de disponible, variar las denominaciones de los militares de empleo y, fundamentalmente, al decidir y regular la plena profesionalización de las Fuerzas Armadas, introduce modificaciones que deben tener un adecuado reflejo el sistema retributivo militar en general y, de forma particular, en lo que respecta a dicha profesionalización, para que quienes aspiren a integrarse en las Fuerzas Armadas como militares profesionales puedan obtener compensaciones económicas suficientes.
Por cuanto antecede, en el ejercicio de la autorización con...
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