El reordenamiento laboral

AuthorOmnis Fajardo Núñez
Pages283-310
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EL REORDENAMIENTO LABORAL
Omnis Fajardo Núñez
INTRODUCCIÓN
El joven proceso de ―Reordenamiento Laboral y Salarial‖, recogido en el lineamiento No.
169 de los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución
aprobado por el VI Congreso del Partido Comunista de Cuba, luego de un profundo debate
popular, es una de las tareas más compleja dentro del plan de medidas que ha venido
adoptando el país, debido a la imperiosa necesidad de actualizar su modelo económico, o
sea, encontrar una nueva forma de incentivar la economía nacional que nada tenga que ver
con la actualización de nuestro sistema político sobre la base de la privatización, como
muchos dentro y fuera del territorio nacional se han encargados de manipular y difundir a los
cuatro vientos, con la frustrada pretensión de intentar rectar lucidez a un proceso
profundamente revolucionario y justo, que se fundamenta en el insoslayable principio, de que
en la sociedad socialista cubana nadie quedará desamparado o abandonado a su suerte
como lamentablemente sucede en otros países del mundo; esas vagas y viciosas
consideraciones se encuentran muy alejadas de la realidad cubana y la voluntad política,
económica y jurídica del Estado y el Gobierno por garantizar el bienestar social de sus
ciudadanos, ignorando que las bases y los conceptos del socialismo en Cuba siguen intactos
e irrenunciables.
Es innegable que este proceso impone un gran reto para todos los cubanos de hoy, y
especialmente para quienes tenemos la honrosa misión y la alta responsabilidad de contribuir
y velar por el cumplimiento estricto de la legalidad socialista, en función de garantizar la
seguridad jurídica y la justicia social, conforme al concepto de que el socialismo significa
igualdad de derechos y de oportunidades para todos los ciudadanos, no igualitarismo, y que
regirá el principio de distribución socialista ―de cada cual según su capacidad a cada cual
según su trabajo‖. Estos elementos son vitales para defender objetivamente y sin
paternalismo, los derechos laborales de nuestras trabajadoras y trabajadores durante la
realización del Proceso de Reordenamiento Laboral, y deben predominar en cada una de las
acciones dirigidas a garantizar la continuidad e irreversibilidad del socialismo, lograr la
eficiencia de la economía nacional y elevar el nivel de vida de nuestro pueblo, teniendo en
cuenta las circunstancias actuales en las que se desarrolla dicho proceso. Las condiciones
quizás se muestren adversas en determinados momentos, pero confiando plenamente en que
sólo el socialismo es capaz de vencer las dificultades por muy difíciles y complejas que estas
sean y preservar las conquistas de la Revolución, hemos comprendidos que no podíamos
darnos el lujo de seguir esperando por milagros que sólo el propio hombre puede hacer con
su inteligencia transformadora y su alto sentido de justicia social.
Para nadie es un secreto que las bases del Proceso de Reordenamiento Laboral y Salarial
tienen su origen en la experiencia práctica de un modelo económico afectado por la falta de
productividad en muchos sectores de la economía nacional, un elemento que a través de los
años ha propiciado pérdidas económicas millonarias al país, provocando por un lado el
incremento indiscriminado de importaciones de productos, muchos de ellos históricamente
producidos en Cuba y, por otro lado el incremento de la indisciplina laboral y el desinterés por
el trabajo, así como la enorme inflación de plantillas en los centros laborales que logró crecer
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solapadamente, con el ánimo de mantener bajos índices de desempleo. De estos y otros
factores negativos, que afectaban y aun afectan seriamente el funcionamiento económico de
la nación, surgió la necesidad hace ya algunos años, de aplicar en el país el principio de
idoneidad demostrada, regulado en la Resolución No. κ ―Reglamento General sobre las
relaciones laborales‖ del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de fecha 1º. de marzo de
2005, específicamente en su articulo 20, que establece la forma para la determinación del
ingreso de los trabajadores al empleo, su permanencia y promoción, así como su
incorporación a cursos de capacitación y desarrollo, que comprende el análisis integral de los
requisitos generales siguientes:
a) realización del trabajo con la eficiencia, calidad y productividad requeridas (caracterizan la
aptitud del trabajador para la ocupación o cargo que aspira a desempeñar).
b) cumplimiento de las normas de conducta de carácter general o específicas y las
características personales que se exigen en el desempeño de determinadas ocupaciones o
cargos, establecidas en el Reglamento Disciplinario Interno de la entidad (normas de conducta
en materia de idoneidad y disciplina).
c) calificación formal, expresada en los certificados de estudios o títulos, en correspondencia
con los requisitos exigidos para la ocupación o cargo que aspira a desempeñar.
Este principio se mantuvo inalterable para garantizar la aplicación adecuada de la
Resolución No. 35 de fecha 7 de octubre de 2010, del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, que establece el Reglamento sobre el tratamiento laboral y salarial aplicable a los
trabajadores disponibles e interruptos, ratificándose una vez más, mediante la Resolución No.
34 de fecha 6 de septiembre de 2011 del propio Ministerio, que la deroga, con el objetivo de
adicionar una Disposición Transitoria encaminada a propiciar que los trabajadores que se
encuentren interruptos sean incluidos en la evaluación para la determinación de los más
idóneos en el perfil del cargo y precisar la actualización y efectos del contrato por tiempo
indeterminado. Esta nueva norma, que sólo adiciona los aspectos señalados y ratifica
íntegramente el contenido de la anterior Resolución No. 35, a nuestro juicio, afecta en cierta
medida algunos de los derechos laborales de los trabajadores sujetos a ella; siendo esta
problemática, además de resaltar como primer aspecto fundamental la importancia y
necesidad de reordenar nuestra fuerza laboral, la segunda razón que nos motivó a realizar un
modesto análisis sobre algunas de las preocupaciones socio-jurídicas asociadas a este
necesario y decisivo proceso, encaminado al desarrollo económico y social de nuestro país.
Es por ello que este trabajo pretende como objetivo general: Resaltar la necesidad
impostergable de desarrollar el Proceso de Reordenamiento Laboral dentro de la actualización
del modelo económico cubano y garantizar la defensa de los derechos laborales durante su
realización.
Y como objetivos específicos, identificar:
- Los fundamentos que justifican la necesidad impostergable de llevar a cabo el Proceso de
Reordenamiento Laboral dentro de la actualización del modelo económico cubano.
- Los principales aspectos que garantizan la protección de los trabajadores y trabajadoras
declaradas disponibles y de los trabajadores por cuenta propia.

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