Resolución de 14 de octubre de 1976

Revista Crítica de Derecho Inmobiliario - Nbr. 523, November - December 1977

Tirso Carretero García - -
Permanent Link: http://vlex.com/vid/resolucion-14-333850
Id. vLex: VLEX-333850

Acceda a este documento
y pruebe vLex GRATIS durante 3 días

Previous | Nbr. 523, November - December 1977 | Next

Sponsored Ads:


Summary:

Es inscribible-por entenderse cumplido el artículo 43, 7.°, de la ley de sociedades anónimas y el decreto de 21 de febrero de 1958-el acta notarial en la que se da fe de que la firma (o firmas) del administrador (o administradores) impresas en el título de acción emitido por una sociedad anónima, que se incorpora al protocolo, son idénticas a sus firmas autógrafas estampadas ante el notario, con aseveración del administrador (o administradores) de que el título acción protocolizado es exactamente igual-en cuanto a las firmas impresas-a todos los emitidos.

Resolución de 14 de octubre de 1976 (B. O. del E. de 12 de noviembre).

Citations:

Headnotes:

Extract:

Resolución de 14 de octubre de 1976

Antecedentes de hecho.

-Doña María Aragón Díez otorgó testamento en Valladolid ante el Notario don Miguel Hoyos de Castro el 2 de febrero de 1959, en el que instituía herederos a sus hijos doña María del Carmen, José María, María Antonia, María Luisa, Fernando y María del Consuelo Orbaneja Aragón; en la cláusula segunda establece una mejora a favor de sus hijas solteras María del Carmen, María Luisa y María del Consuelo consistente en el pleno dominio del piso principal derecha de la casa número 16 de la calle del Duque de la Victoria de Valladolid y el usufructo del resto de la misma casa, cuya nuda propiedad será adjudicada por sextas partes a sus seis hijos; establece la mejora a favor de sus hijas mientras se conserven solteras y si alguna se casare o profesase en religión perdería su parte, que acrecería a las que sigan solteras, y si alguna quedase viuda o saliere del convento habiendo profesado volverá a participar de la mejora; fallecida la testadora el 14 de marzo de 1963, doña María del Carmen y doña María del Consuelo Orbaneja Aragón otorgaron escritura de adjudicación de herencia ante el mismo Notario el día 4 de julio de 1963, en la que se declara que don José, doña María Antonia, doña María Luisa y don Fernando Orbaneja Aragón renunciaron de forma auténtica a sus derechos en la herencia de su madre; doña María del Carmen y doña María del Consuelo Orbaneja y Aragón aceptan la herencia y se adjudican en pago de la misma por mitad la casa de la calle del Duque de la Victoria, número 16, de la capital, solicitando del Abogado del Estado y del Registrador de la propiedad de Valladolid la liquidación del Impuesto de Derechos Reales y la inscripción a nombre de las adjudicatarias; la referida escritura causó, por lo que se refiere al inmueble citado, el asiento correspondiente, sin que en su texto se recogieran los particulares de la disposición de mejora contenida en la cláusula segunda del referido testamento; doña María del Consuelo Orbaneja y Aragón contrajo matrimonio el día 16...



Activate your free trial now

Make your order

Need help? Contact us

Try vLex for FREE for 3 days

Access legal information from Spain including:

  • Forms and Contracts
  • Collective Agreements
  • Case Law
  • Legislation
  • Books and Journals
  • Legal News

Try vLex without any commitment for 3 days and see why you need it.

3

days of Free Access



If you are already a vLex customer, Access Here

Sponsored Ads:


Other documents:
Area Football Leaders | decision no 2/1999 of the ec-switzerland joint committee of 29 november 1999 amending protocol 3 to the agreement between the european economic comm... | Services fédéraux des Affaires scientifiques, techniques et culturelles Exercice de la profession d'architecte. - Autorisation Par arrêté royal du 1... | Agency information collection activities; proposals, submissions, and approvals, | Portaria n.º 306/2002(2ªSérie), de 16 de Fevereiro de 2002 | Acórdão Inteiro Teor nº AIRR-727524/2001 of 5ª Turma, of May 30, 2001 | Acórdão Nº 70011786605 of Tribunal de Justiça do RS - Décima Terceira Câmara Cível, of March 30, 2006 | sentenza n 3213 of t.a.r. - lazio - roma, of april 29, 2005 | drg comercio de refratarios | Acordao N 00065-2006-511-04-00-1 (AP) of Tribunal Regional do Trabalho - 4 Regiao (Porto Alegre - RS), of April 23, 2009 | Ordinanze Ordinaria nº 5249 of Consiglio di Stato of October 10 2006

Previous | Nbr. 523, November - December 1977 | Next