La responsabilidad por los daños causados por animales

La Notaría (desde 1995) - Nbr. 29, May 2006

María José Reyes López - Profesora Titular de Derecho Civil Universidad de Valencia
Permanent Link: http://vlex.com/vid/responsabilidad-causados-animales-336516
Id. vLex: VLEX-336516

Acceda a este documento
y pruebe vLex GRATIS durante 3 días

Previous | Nbr. 29, May 2006 | Next

Sponsored Ads:


Summary:

I. La responsabilidad por los daños causados por animales. -1. Nota introductoria. - 2. La responsabilidad del tenedor de animales, análisis del art. 1905 Código civil. - 3. Animales objeto de imputación de responsabilidad en el precepto. - 4. El criterio de imputación de responsabilidad. - 5. Responsabilidad en caso de extravío o pérdida del animal. - 6. Pronunciamientos jurisprudenciales. - 7. Supuestos de exoneración de responsabilidad. - 7.1 Valoración de la fuerza mayor. - 7.2 La culpa de la víctima. - 7.2.1 Actividades en las que concurre asunción del riesgo por parte de la víctima. - 7.3 La participación de un tercero. - 8. Sujetos responsables. - 8.1 El poseedor del animal. - 8.2 El servidor de la posesión. - 8.3 La responsabilidad del propietario. - 8.4 Responsabilidad subsidiaria. - 8.5 El mero cuidador o guardador accidental. - 9. Presupuestos de la responsabilidad del art. 1.905 Código Civil. - 9.1 Caracteres del daño. - 9.1.1. Tipos de daños. - 9.2 Nexo de causalidad. - 9.3 La reparación del daño. - 9.4 La prueba incumbe a la víctima. - 10. Prescripción de la acción. - 11. La responsabilidad por la tenencia de animales peligrosos. -11.1 Normativa autonómica. - II. La responsabilidad de los propietarios de heredades de caza. - 1. Planteamiento de la cuestión. - 2. La interrelación entre los arts. 1.906 Código Civil y el 33 de la Ley de Caza de 1970. - 3. Presupuestos de la responsabilidad civil por daños causados por animales de caza. - 4. La responsabilidad por daños causados por animales de aprovechamientos cinegéticos. - 5. Fincas donde se pueden producir los daños por los animales. - 6. Sujetos. - 7. El régimen de responsabilidad en la ley de caza de 1970. - 8. El daño. - 9. La relación de causalidad. -10. Animales de caza. - 11. Determinación de la procedencia de los animales. - 12. La prueba. - 13. La presunción de solidaridad. - 14. Responsabilidad solidaria de los que aportaron voluntariamente su finca a un coto. - 15. Responsabilidad de las administraciones públicas. - 16. Normativa autonómica.

Headnotes:

Extract:

La responsabilidad por los daños causados por animales

I. La responsabilidad por los daños causados por animales

1. Nota introductoria

Jurídicamente, los animales han sido tenidos en cuenta como objeto de apropiación, formando parte del patrimonio del hombre y como productores de daños de distinta con-sideración1. Con relación a este último supuesto, los animales son autores de daños de los que no pueden responder sino que corresponde hacerlo a sus propietarios o a las personas que las utilizan o cuya tenencia les pertenece, lo que les hace responsables de los daños que puedan generar ante el perjudicado en particular y ante la colectividad en general, lo que presenta como razonable que exista una reglamentación especial, de carácter administrativo, que se ha visto plasmada recientemente para los animales peligrosos por parte de las distintas Comunidades Autónomas, sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones de carácer civil y penal, al que cabría sumar la Ley de Caza, de 4 de abril de 1970 y su Reglamento: el Decreto de 25 de marzo de 1971, y recientemente y sólo con carácter particular: la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, reguladora del régimen jurídico de la demencia de animales potencialmente peligrosos2. Esta Ley tiene la finalidad de garantizar la seguridad pública haciéndola compatible con el derecho de las personas a gozar de la compañía del animal, como especifica, su reglamentación: RD 287/2002, de 22 de marzo, en su art. 2°3.

Los animales han sido, desde siempre, objeto de derecho. Su naturaleza es la de bienes muebles y, al ser seres animados reciben la denominación de semovientes, recogidos en el art. 334.6 del Código Civil. También este cuerpo legal alude a ellos en tres de sus preceptos, como resulta en el art. 465, que atiende a los animales fieros y el art. 612, referido a los animales domesticados o amansados4.

Dos son los preceptos que regulan la responsabilidad de los animales en el Código Civil. Estos son los arts. 1.905 y 1.906. El primero de ellos recoge la responsabilidad por la tenencia o disfrute del animal. El segundo, la responsabilidad de un fundo de caza por los daños que cause a los vecinos como consecuencia de no haber puesto la diligencia debida para que no se diese una reproducción devastadora. Al estudio de estos preceptos se dedican los siguientes apartados.

2. La responsabilidad del tenedor de animales. Análisis del art. 1905 Código Civil

El art. 1905 del Código Civil dispone que: «Elposeedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Sólo cesará esta responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa del que lo hubiera sufrido».

Este primer precepto regula la responsabilidad por daños causados por animales que se encuentran bajo la tenencia o posesión de una persona.

Sus orígenes se remontan a la fecha de publicación del Código Civil desde la que no ha sufrido ningún tipo de modificación. No obstante, su regulación no fue novedosa en dicho cuerpo legal puesto que se limitó a recoger lo que el derecho histórico venía reconociendo desde las XII Tablas, que posteriormente quedó plasmado en las acciones: de pauperie y de ferie.

Estas acciones atendían a remediar situaciones típicas que se producían entre el animal y el hombre, en el que éste los utilizaba como mecanismo de trabajo, bien en el desarrollo de actividades agrícolas o ganaderas o como medio de transporte. Es innecesario incidir en el importante papel que el animal ha desempeñado en la realización de actividades de colaboración con el hombre; sí conviene, sin embargo, hacer hincapié en la mutación que ha sufrido en la asunción de las actividades que realiza. Algunos de ellos, en concreto, han pasado a desarrollar una importante función en la vida del hombre: unos, como objetos de compañía, como las mascotas; otros como compañeros en el ejercicio de actividades deportivas, otros, incluso, de acompañante y ayudante imprescindible en la vida de las personas, como los perros lazarillos... mientras tanto, el tenor literal del precepto sigue inalterable y las situaciones que contempla van incrementándose atendiendo a supuestos, antes impensables. Con todo, de este precepto, que desde sus orígenes ha atendido a principios propios de la responsabilidad objetiva, siendo incluso reconocido como el primero que contempla, de forma expresa, supuestos propios de la responsabilidad por riesgo o actividades peligrosas, puede predicarse que es uno cuya evolución es más lineal, en tanto ha seguido la línea evolutiva de la responsabilidad objetiva incorporando a las actividades tradicionales con animales, hoy en desuso, las resultantes de la realidad económica y social del momento presente.

Lo expuesto puede apreciarse al hilo del análisis de los presupuestos de la responsabilidad que se analizan a continuación.

3. Animales objeto de imputación de responsabilidad en el precepto

E...



Activate your free trial now

Make your order

Need help? Contact us

Try vLex for FREE for 3 days

Access legal information from Spain including:

  • Forms and Contracts
  • Collective Agreements
  • Case Law
  • Legislation
  • Books and Journals
  • Legal News

Try vLex without any commitment for 3 days and see why you need it.

3

days of Free Access



If you are already a vLex customer, Access Here

Sponsored Ads:



Documentos Relacionados:


Responsabilidad extracontractual: Daños causados por unos tigres de un espectáculo circense. Culpa exclusiva de la víctima. Inexistencia del nexo de causalidad entre el riesgo y el resultado lesivo...

Case nº 140/2006 of Audiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª, of May 03, 2006    Stars

Recurso nº 414/2005, Ponente BLANCA MARIA RODRIGUEZ VELASCO

Responsabilidad civil extracontractual por daños causados por animales - (January 01, 1997)

Responsabilidad por daños causados por animales bajo la posesión del hombre. el artículo 1905 del código civil

Ignacio Gallego Domínguez - Doctor en Derecho

Other documents:
delete transaction | internet security systems forms alliance with bitdefender to expand desktop protection; iss will add bitdefender's antivi... | resolucion edc/2169/2005, de 11 de julio, por la que se convoca concurso publico para la seleccion de institutos de educacion secundaria que impart... | multispectral solutions receives fcc certification for ultra low power, uwb active rfid tag. | Acórdão Nº 70010147973 of Tribunal de Justiça do RS Décima Terceira Câmara Cível of September 29 2005 | sentenza n 3371 of t.a.r. - puglia - lecce, of june 04, 2004 | Decisão Monocrática Nº 2003/0023827-8 of Superior Tribunal de Justiça Segunda Turma o... | 'Me siento tecnico del Madrid y no voy a dimitir' | koninklijk besluit tot regeling van de vervanging van het hulp- en i... | Nº 2002.02.01.003438-2 of Tribunal Regional Federal da 2a Região of December 28 2007 | Acórdão Nº 70019944164 of Tribunal de Justiça do RS Décima Segunda Câmara Cível of October 04 2007 | Smoking Fine May Go Up in Delhi [Delhi] | Aviso n 21497/2008 de 07 de Agosto de 2008

Previous | Nbr. 29, May 2006 | Next