Revista Crítica de Derecho Inmobiliario - Nbr. 640, May - June 1997
Redacción - -
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Ley 4/1995, de 24 de mayo, de Derecho Civil de Galicia. de 24 de mayo, de Derecho Civil de Galicia.
Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. - Artículo 52
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REVISTA GENERAL DE DERECHO Número 628-629 (Enero-Febrero 97) «Cicerón, jurista», por José María Martínez Val, pág. 13. SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.-II. CICERÓN EN LA POLÍTICA DE SU TIEMPO.-III. CICERÓN EN CAUSAS POLÍTICAS.-IV. CICERÓN, INTELECTUAL.-V. CICERÓN, UN JURISTA EN LA POLÍTICA-VI. CICERÓN EN LA CRISIS DEL DERECHO ROMANO.-VII. CICERÓN, ORADOR Y ABOGADO. «Naturaleza privativa o ganancial de la propiedad intelectual», por María Paz Sánchez González, pág. 27. SUMARIO- 1. PLANTEAMIENTO DE LA CUESTIÓN Y DIFICULTADES DEL TEMA: 1.1. Referencia histórica- Leyes de 1847 Y 1879. 1.2. Planteamiento EN EL ANTIGUO ARTÍCULO 1.401 DEL CÓDIGO ClVIL.-2 PRINCIPIOS GENERALES EN SEDE DE RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL.-3. DERECHOS DE AUTOR: ¿PRIVATIVOS O GANANCIALES?: 3.1. Naturaleza compleja del denominado derecho de autor. 3.2. la idea de la inherencia a la persona basada en la exclusividad de su ejercicio: conexión entre artículos 1.346.5.º y 1.111 del Código Civil 3.3. Derechos morales (arts. 14 a 16 LPI). 3.4. Derechos patrimoniales: 3.4.1. Derechos de explotación (arts. 17 a 23 LPI). 3 4.2. Derecho de secuencia (art. 24). 3.4.3. Canon compensatorio (art. 25 LPI). 3.4.4. ¿Tiene el autor otros derechos además de los tipificados?-4. TITULARIDAD DE LA OBRA CREADA: 4.1. Obra inconclusa/obra terminada. 4.2. Obra divulgada.-5. LOS BENEFICIOS RESULTANTES DE LA EXPLOTACIÓN-6 CONCLUSIONES. COMENTARIO: La autora parte del principio contenido en el artículo 1 de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI), que establece que el autor adquiere originariamente la propiedad de su obra por el solo hecho de su creación. La cuestión que estudia, de forma clara y detallada, se centra en el supuesto de que el autor esté casado y la posibilidad, o no, de comunicación de la titularidad sobre la obra a la persona del otro cónyuge. El tema es importante por la naturaleza especial de estos derechos que presentan ciertas peculiariedades. Tras realizar una pequeña referencia histórica a las leyes de 1847 y 1879, y una breve síntesis del planteamiento de la cuestión en el antiguo 1.401 del Código Civil (anterior a la reforma de 1981), señalando lo que la doctrina civilista española ha dicho sobre el tema, procede a recoger los principios generales en sede de régimen económico matrimonial, a fin de determinar las razones y el fundamento último que induce al legislador a atribuir la titularidad de ...
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