Revista Española de Derecho Internacional - Nbr. LVI-1, January 2004
Esther Barbé Izuel/Alegría Borrás Rodríguez/Cesáreo Gutiérrez Espada
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Id. vLex: VLEX-419370
El establecimiento de salas de composición mixta (internacional e interna) en el sistema judicial nacional, ¿otro modo (eficaz) de combatir los crímenes internacionales?
Aunque con precedentes más lejanos en el tiempo (vide Sellares Serra, J. A., «Crimen sin castigo: el genocidio y los crímenes de lesa humanidad de los khmeres rojos», Agenda ONU, 2002, núm. 5, pp. 202-216), el ya largo proceso para el establecimiento de las Salas Especiales destinadas al enjuiciamiento de los crímenes cometidos durante el período de la Kampuchea Democrática, se inició el 21 de junio de 1997 con ocasión de la carta remitida al Secretario General de las Naciones Unidas por el Gobierno de Camboya, en la que solicitaba la asistencia de la Organización para hacer comparecer ante la justicia a los responsables del genocidio y de los crímenes de lesa humanidad cometidos durante ese período, en el que alrededor de 1,7 millones de personas murieron como consecuencia del hambre, la enfermedad, los trabajos forzados, la tortura y las ejecuciones institucionalizadas por el régimen de Pol Pot. En su Resolución 52/135, de 12 de diciembre de 1997, la Asamblea General de las Naciones Unidas solicitó al Secretario General que examinara la posibilidad de designar un grupo de expertos encargado de evaluar las pruebas existentes y de proponer medidas a tal efecto. El Secretario General designó al Grupo de Expertos el 13 de julio de 1998 con el objetivo de ponderar la viabilidad de llevar ante la justicia a los dirigentes del Khmer Rouge y estudiar las opciones para llevarlo a cabo ante un órgano jurisdiccional ...
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