Los servicios energéticos: organización y garantía de la competencia

Revista del Derecho de las Telecomunicaciones e Infraestructuras en Red - Nbr. 20, May 2004

G. A. Ortiz y L. L. De Castro García Morato - Catedrático de Derecho Administrativo y Prof. Dra. Derecho Administrativo. U. Autónoma de Madrid
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I. EL CAMBIO EN EL MODELO DE REGULACIÓN DE LA ENERGÍA: 1. CARACTERÍSTICAS DE LA ELECTRICIDAD Y EL GAS. EL MODELO TRADICIONAL. 2. RAZONES DEL CAMBIO DE MODELO: LA INTRODUCCIÓN DE COMPETENCIA POSIBLE EN LOS MERCADOS ENERGÉTICOS. 3. EL MODELO DE COMPETENCIA REGULADA EN LOS SECTORES ENERGÉTICOS. II. LA NUEVA REGULACIÓN DE LA ELECTRICIDAD: A) EL CAMBIO RADICAL EN EL MODELO DE REGULACIÓN ELÉCTRICA. B) ELEMENTOS BÁSICOS DE LA LEY 54/97 DEL SECTOR ELÉCTRICO. C) ORGANIZACIÓN DE LA COMPETENCIA: MERCADO ELÉCTRICO Y LIBRE CONTRATACIÓN: iii) Contrato de suministro a tarifa. i ii) Presentación de ofertas de adquisición con o sin precio en el mercado de producción. iii) Contratos bilaterales. iv) Contratos de suministro a través del comercializador. D) VALORACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DEL MERCADO ELÉCTRICO. E) VALORACIÓN GLOBAL DEL MODELO DE REGULACIÓN DE LA COMPETENCIA ELÉCTRICA. PROBLEMAS PENDIENTES Y ALGUNAS PROPUESTAS DE CAMBIO: iii) Sobre el papel del Estado en cuanto al suministro eléctrico. iii) Perfeccionar los mecanismos de mercado y de regulación. iii) Perfeccionar el marco institucional. iv) Perfeccionar la defensa de la competencia.

Citations:

LEY 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

Constitución Española de 1978.

REAL DECRETO 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

LEY 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social. de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.

REAL DECRETO 2017/1997, de 26 de Diciembre, por el que se organiza y Regula el Procedimiento de Liquidacion de los Costes de Transporte, distribucion y Comercializacion a tarifa, de los Costes permanentes del Sistema y de los Costes de Diversificacion y Seguridad de Abastecimiento. de 26 de Diciembre, por el que se organiza y Regula el Procedimiento de Liquidacion de los Costes de Transporte, distribucion y Comercializacion a tarifa, de los Costes permanentes del Sistema y de los Costes de Diversificacion y Seguridad de Abastecimiento.


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Los servicios energéticos: organización y garantía de la competencia

I. EL CAMBIO EN EL MODELO DE REGULACIÓN DE LA ENERGÍA

1. CARACTERÍSTICAS DE LA ELECTRICIDAD Y EL GAS. EL MODELO TRADICIONAL

Vivimos un proceso de cambio profundo en el modelo de regulación de los sectores energéticos. Tras la liberalización en 1992 del sector del petróleo, por fin la apertura ha llegado al sector de la electricidad, por la Ley 54/97 de 27 de noviembre y al sector del gas, por la Ley 34/98 de 7 de octubre. Con ello se ha adoptado, para estos sectores, el nuevo modelo de regulación para la competencia que se extiende en los sectores que prestan servicios económicos de interés general a través de grandes redes.

Recordemos brevemente algunas características de los sectores de electricidad y gas, que han exigido durante décadas su sometimiento a regulación.

1) Son industrias en las que la actividad se desarrolla en fases sucesivas: En electricidad: generación, transporte, distribución y suministro. En gas: fabricación, adquisición, licuefacción (o no), transporte (por gasoducto o por barcos metaneros), regasificación (o no), almacenamiento, transporte (en alta o media presión), distribución y suministro. Como en algunas de estas fases existen elementos de monopolio natural (en redes de transporte y distribución, en infraestructuras de almacenamiento natural y otras), la solución tradicional fue la explotación de dichas actividades por una empresa integrada verticalmente, que asumía la obligación de invertir en todas las fases del proceso y de suministrar la electricidad o el gas al consumidor final. Asimismo, se le reconocían derechos exclusivos de suministro sobre una zona.

2) Suministran servicios esenciales para la comunidad, lo que tradicionalmente ha dado lugar a la declaración de servicio público de la actividad (desde el decreto de 10 de abril de 1924) y a una regulación típica de servicio público, en particular a una retribución basada en costes.

3) Son sectores estratégicos para la economía y es necesario adoptar una visión global a medio plazo, capaz de garantizar una oferta continua y estable. Por ello, y por el carácter cerrado del sector tradicionalmente se han sometido a técnicas de planificación conjunta de carácter vinculante para los agentes en el denominado Plan Energético Nacional. En la planificación se han asumido objetivos de política energética muy diversos: garantía del suministro, racionalidad económica, abastecimiento con energías autóctonas (carbón nacional), eficiencia energética y efectos sobre el medio ambiente (promoción de cogeneración y fuentes de energías renovables).

4) Son actividades intensivas en capital y de gran complejidad técnica, lo que conlleva barreras de entrada y exige cierta coordinación en la operación del sistema. Esto ha dado lugar a la regulación para mantener la seguridad de la red y del servicio. En el sector eléctrico la necesidad de coordinación se acentúa, pues la electricidad no es almacenable, la demanda varía cada instante y en todo momento la oferta debe igualarse a la demanda, manteniendo los parámetros de seguridad de la Red. Esto dio lugar a diversos mecanismos de explotación conjunta de todas las instalaciones de generación y transporte que culminaron en la Ley de Explotación Unificada de 1984.

5) Existe una integración entre los subsectores energéticos: la electricidad es una energía final que utiliza diversas fuentes de energías primarias como el gas, el carbón, el petróleo, el uranio, el agua, el viento, etc. (a través respectivamente de las centrales de generación térmicas, nucleares, hidroeléctricas, eólicas, etc...). Por otra parte, gas y electricidad son energías sustitutivas, que compiten entre sí en el suministro final de energía a los consumidores. Para evitar disfunciones dicha integración de los subsectores energéticos debe tenerse en cuenta en el modelo de regulación (abierto o cerrado, planificación global, competencias reguladoras en el mismo ente regulador...).

Dadas estas características durante años, se adoptó en el sector eléctrico y el gasista el modelo de regulación tradicional: un modelo cerrado, con derechos de exclusiva, con una regulación exhaustiva, con integración vertical de actividades, y presidido por los principios de planificación conjunta vinculante, explotación centralizada y remuneración en base a costes. En el...



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