BOJA. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, April 28, 2008 (Nbr. 84)
1. Disposiciones Generales - CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA
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ORDEN de 15 de abril de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el traslado de explotaciones ganaderas fuera del casco urbano y de zonas de servidumbre de cauces públicos, así como para la construcción y adecuación de centros de aislamiento de bovino, ovino y caprino, en el marco del Programa de Desarrollo Rural y se efectúa su convocatoria para 2008.
ORDEN de 15 de abril de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el traslado de explotaciones ganaderas fuera del casco urbano y de zonas de servidumbre de cauces públicos, así como para la construcción y adecuación de centros de aislamiento de bovino, ovino y caprino, en el marco del Programa de Desarrollo Rural y se efectúa su convocatoria para 2008.
P R E Á M B U L OLa existencia de explotaciones ganaderas enclavadas en los cascos urbanos, y de zonas de servidumbre de cauces públicos, genera problemas que afectan a la salud pública y al bienestar social, lo que hace recomendable, por su interés general, facilitar su traslado a zonas en las que no exista riesgo para la salud pública. Por otro lado, con el fin de paliar los efectos negativos para la comercialización, de la enfermedad de la lengua azul, se hace necesario el apoyo a estos sectores ganaderos mediante la creación o adecuación de centros de aislamiento, tipificación y engorde, de ganado bovino, ovino y caprino.En este sentido, la Consejería de Agricultura y Pesca publicó la Orden de 1 de junio de 2005, de ayudas para el traslado de explotaciones ganaderas fuera del casco urbano y de zonas de servidumbre de cauces públicos, así como para la construcción y adecuación de centros de aislamiento de bovino, ovino y caprino, y por la que se realiza su convocatoria para 2005, que venía a favorecer las actividades descritas. En la presente Orden se trazan como objetivos de modernización de las explotaciones facilitar su traslado a zonas en las que no exista riesgo para la salud pública y creación o adecuación de centros de aislamiento de ganado.El Reglamento (CE) núm. 1698/2005, del Consejo de 20 de septiembre de 2005, relativo a las ayudas al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, establece las normas generales de la ayuda comunitaria al desarrollo rural y la participación de ese Fondo en la financiación de una serie de medidas. Dicha participación se instrumenta a través de los programas de desarrollo rural que los Estados miembros deben presentar a ese efecto. Es por ello que las subvenciones antes referidas, contempladas entre las medidas de «Modernización de explotaciones agrarias», definidas en el citado Reglamento, han sido incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía para el período 2007-2013.Estas ayudas se ajustan a lo previsto en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, aprobado el 20 de febrero de 2008 por el Comité de Desarrollo Rural de la Unión Europea, conforme al Reglamento (CE) núm. 1698/2005 anteriormente referido, y en ese caso, las subvenciones podrán ser objeto de cofinanciación de la Unión Europea con fondos del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). Asimismo este régimen de ayudas es aplicable, en su caso, a las ayudas que se concedan como financiación suplementaria al programa, según las Directrices Comunitarias sobre ayudas estatales del sector agrario y forestal 2007-2013 (DO C 319 de 27.12.2006).La Orden incorpora de forma expresa la posibilidad de presentar las solicitudes de ayudas de forma telemática, ajustándose a las previsiones que al respecto se contienen en el Decreto 183/2001, de 24 de junio, por el que se establece la regulación y tramitación de los procedimientos administrativos por medios electrónicos (internet).El artículo 48 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, Ley Orgánica 2/2007, de 19 de ...Try vLex for FREE for 3 days
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