Los paraísos fiscales. Uso de las jurisdicciones de baja tributación (2008)
José María Martínez Selva - Catedrático de Psicología en la Universidad de Murcia. Miembro del Offshore Institute. Profesor de la Escuela de Negocios de Dirección y Administración de Empresas (ENAE) de Murcia.
Section: Primera Parte
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Sociedades holding: Sociedades holding españolas. -"Trusts" y Compañías fiduciarias: Costes. Compañías híbridas. -Anstalts y Fundaciones: Liechtenstein. Panamá. Austria. -Compañías cautivas de seguros.
Sociedades offshore (II)
Sociedades holding Se trata de aquellas sociedades cuyo activo (más de la mitad según la legislación española) está constituido mayoritariamente por participaciones en otras entidades. Su finalidad habitual es el control accionarial de otras empresas para proporcionar financiación, aflorar el fondo de comercio (activos intangibles como la marca o la cartera de clientes) y cobrar dividendos, intereses de préstamos, "royalties" o regalías, o derechos de explotación. A través de ellas el traspaso de la propiedad de una empresa en un país puede hacerse por medio de compraventa de la sociedad "holding" que posee las acciones en una jurisdicción offshore. Esta compraventa y el cambio de titularidad pueden hacerse sin tributar en la jurisdicción donde actúa la empresa. Este procedimiento es habitual al adquirir otras empresas basadas en un tercer país y es una de las razones de la popularidad de los paraísos fiscales para canalizar inversiones a terceros países. En España, las sociedades holding propietarias de empresas familiares poseen además determinadas ventajas, como exenciones en el Impuesto de Patrimonio, si cumplen ciertos requisitos. Dada su importancia para la economía internacional y especialmente para las empresas que operan en diferentes jurisdicciones, las sociedades "holding" gozan de un trato fiscal de favor en algunos países de alta tributación. Lo mismo ocurre con los denominados "Centros de Coordinación", que suelen ser filiales de empresas multinacionales que prestan servicios de gestión general ("International Group Headquarters") o de carácter auxiliar, como financiación, gestión de tesorería, canalización de ventas, gestión administrativa o de distribución al grupo de empresas al que pertenecen y que suelen tributar en función de sus costes. Su uso para ahorrar impuestos se ha generalizado en los últimos años. Los lugares adecuados para establecer este tipo de compañías son aquéllos donde sus ganancias no se gravan, o si se hace es en poca cuantía. También, aquellos países donde las ganancias obtenidas en el exterior sufren pocos o ningún impuesto. Y, por último, aquéllos donde existen ventajas fiscales para ciertas compañías que no se dedican a actividades comerciales o industriales en su jurisdicción. El uso más habitual de la compañía holding es recoger las ganancias procedentes de la actividad que se trate (industrial, comercial, inversiones, préstamos, derechos de patente u otros) realizada en un país diferente al de res...
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