BOE. Boletín Oficial del Estado, November 06, 2007 (Nbr. 266)
III - Otras Disposiciones - Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
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Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. - Artículos 44 , 51 , 52 , 87
REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/1995, de 24 de Marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. de 24 de Marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Resolución de 19 de octubre de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo marco de garantías sobre las condiciones que han de regir las operaciones de reordenación societaria y reorganización empresarial en Endesa, S. A., y sus filiales eléctricas.
Visto el texto del denominado Acuerdo marco de garantias que versa sobre las condiciones que han de regir las operaciones de reordenación societaria y reorganización empresarial en la empresa Endesa, S. A., y sus filiales eléctricas (código de Convenio número 9013173) alcanzado el día 12 de septiembre de 2007, de una parte por la Dirección de la empresa Endesa, S. A., en su representación, y, de otra parte, por las secciones sindicales de UGT, CCOO y ASIE de la empresa Endesa, S. A., en representación de los trabajadores afectados.Y teniendo en consideración los siguientes.Antecedentes de hechoPrimero.-Mediante escrito presentado en esta Dirección General de Trabajo la representación de la Dirección de la empresa Endesa, S. A., y las secciones sindicales de CCOO, UGT y ASIE, solicitan el registro y publicación en el Boletín Oficial del Estado del Acuerdo de 12 de septiembre de 2007.Fundamentos de DerechoPrimero.-Examinado el contenido del Acuerdo colectivo de ámbito de empresa presentado, es lo cierto que aquel tiene la naturaleza de un Convenio colectivo conforme a lo dispuesto en el Título III del Estatuto de los Trabajadores (ET) y ello por la legitimación que ostentan los firmantes del mismo en cuanto que concurren los requisitos exigidos en el artículo 87 del ET y, de otra parte, las materias contempladas en el mismo son las propias de la negociación de un convenio colectivo.Es por ello que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del R...
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