Resolución de 13 de mayo de 2004, de la Subdirección General de Universidades y Formación Permanente por la que se establecen los códigos de los módulos profesionales, de los correspondientes Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de La Rioja

BOR. Boletín Oficial de La Rioja , June 01, 2004 (Nbr. 70)

III. Otras disposiciones y actos - Consejeria de Educacion, Cultura y Deporte
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Resolución de 13 de mayo de 2004, de la Subdirección General de Universidades y Formación Permanente por la que se establecen los códigos de los módulos profesionales, de los correspondientes Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de La Rioja

Vista la Orden ECD/2764/2002, de 30 de octubre, por la que se regulan los aspectos básicos del proceso de evaluación, acreditación académica y movilidad del alumnado que curse la Formación Profesional Específica establecida en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, establece en el punto 1 del artículo Tercero, que el Libro de Calificaciones de Formación Profesional es un documento oficial que refleja los estudios cursados y las calificaciones obtenidas, teniendo por tanto, valor acreditativo de los estudios realizados y posibilitando la movilidad del alumnado.

Asimismo, el punto 3 del citado artículo Tercero, determina que el Libro de Calificaciones de Formación Profesional será editado porlas Administraciones educativas, que establecerán también el procedimiento de solicitud y registro de dicho documento, y que el formato se ajustará al modelo y características que aparece como Anexo de la mencionada Orden. En dicho Anexo, aparece reflejado que corresponde a las Administraciones educativas asignar a cada módulo profesional una clave o sigla.

En virtud de lo anterior, el Subdirector General de Universidades y Formación Permanente, en uso de sus atribuciones legalmente conferidas mediante Resolución nº 3044, de 17 de septiembre de 2003, Resuelve:

1) Asignar a cada Ciclo Formativo de los implantados en La Rioja, un código identificativo compuesto de 3 letras y 3 cifras. La relación de ciclos y módulos se expresa en el Anexo I.2) Asignar a cada módulo profesional de los Ciclos Formativos implantados en La Rioja un código identificativo, adicional al código del ciclo, compuesto por dos cifras. Dichos códigos complementarios se reflejan en el Anexo II.

3) La asignación de los códigos de ciclo y módulo, en el Libro de Calificaciones de Formación Profesional, se realizará asignando el primero de ellos exclusivamente al ciclo y las dos cifras identificativas de los módulos, sólo se asignarán a estos últimos, sin tener querepetir el código del ciclo.

4) El código del ciclo deberá figurar consignado a continuación del nombre del Ciclo Formativo.

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