J.L. Fernández Ruiz, Mª de los A. Martín Reyes
Section: Tercera parte. El empresario social: Las sociedades mercantiles
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Transformación, fusión y escisión de la sociedad anónima
TRANSFORMACIÓN, FUSIÓN Y ESCISIÓN DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA
I. TRANSFORMACIÓN DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA A) CONCEPTO Y CLASES En la parte general de sociedades se han visto los conceptos de transformación, fusión y escisión, que cobran especial relieve en la sociedad anónima. Hay que recordar, en este momento, que la transformación es el cambio de un tipo social a otro de los reconocidos por la Ley, sin pérdida de la personalidad jurídica, con lo cual la estructura de la sociedad sufre una profunda modificación, con una serie de consecuencias jurídico-económicas importantes. Las clases de transformación que ha recogido la Ley de Sociedades Anónimas son las siguientes: a) Transformación de sociedad anónima en sociedad colectiva, comanditaria o de responsabilidad limitada, supuesto poco frecuente respecto de las dos primeras, ya que los socios adquieren una responsabilidad ilimitada, por las deudas sociales, frente a la limitada que antes tenían. Sin embargo, es frecuente, actualmente, la transformación de sociedades anónimas en sociedades de responsabilidad limitada, como consecuencia del establecimiento del capital mínimo 600.000 euros (diez millones de pesetas) para las sociedades anónimas. De todos modos, en el caso de transformación en una sociedad colectiva o comanditaria simple o por acciones, el acuerdo sólo obligará a los socios que hayan votado a su favor (arts. 225.l LSA y 219 RRM). Los accionistas disidentes y los ...Try vLex for FREE for 3 days
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