Anuario de Derecho Civil - Nbr. LX-1, January 2007
Luis Humberto Clavería Gosálbez - Catedrático de Derecho Civil Universidad de Sevilla
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A la vista de las reformas del Código Civil español introducidas por las Leyes 13/2005 y 15/2005, es necesaria una nueva definición del matrimonio en nuestro Derecho Civil: la presencia del matrimonio homosexual y del divorcio por voluntad unilateral parece vaciar el matrimonio de sus rasgos definitorios esenciales, de modo que no es posible saber cuándo dos personas quieren verdaderamente casarse y cuándo no, pues no sabemos qué es exactamente querer casarse y, por tanto, cuándo se pretende simular un matrimonio. Para indagar el citado concepto se recurre a la historia de la figura. La figura jurídica del matrimonio nace cuando la ley atribuye la paternidad del hijo nacido de una mujer al varón que vive con ella: pater est quem nuptiae demonstrant. Tras recorrer los diversos regímenes del matrimonio y del divorcio acaecidos a lo largo del tiempo, se llega al presente, en el que cualquiera de los cónyuges puede extinguir el matrimonio unilateralmente (mediante sentencia judicial) y en el que es jurídicamente posible la unión matrimonial entre personas del mismo sexo. A la vista de ello, debemos considerar el matrimonio como la decisión de dos personas, del mismo o diferente sexo, de constituir una relación personal estable entre ellas.
Due to the reforms fulfilled by the Acts 13/2005 and 15/2005 in the Spanish Civil Code, it is necessary to present a new definition of marriage in Spanish Civil Law: as a result ofthe existence of homosexual marriage and divorce by decision ofonly one ofthe spouses, it seems that the distinctive essentialfeatures of marriage have been abolished. Therefore, nowadays it is difficult finding out when two persons want truly to get married and when they don't wish it, because we can't know what «to want to marry» exactly means and, therefore, when someone tries to simulate a marriage. In order to inquire into this concept, we look at the history ofthe figure. Marriage legal figure appears when the Law imputes the fatherhood ofa son to the man who lives with his mother: pater est quem nuptiae demonstrant. After the description ofseveral regulations of marriage and divorce all through the time, we arrive to the present time, where whoever ofthe spouses can suppress the marriage (through judge's sentence) and homosexual marriage becomes legally possible. As a result ofthis, we should define marriage as the decision of two persons, of same or of different sex, to create a steady personal relationship between them.
La transformación del concepto de matrimonio en Derecho civil español tras las reformas de julio de 2005, (Breve estudio legislativo)
Es importante saber qué es el matrimonio en un determinado Ordenamiento jurídico no sólo por motivos culturales y científico-jurídicos, sino también por motivos estrictamente técnico-jurídicos, en concreto atinentes a la correcta aplicación del Derecho: la pregunta acerca de qué es hoy el matrimonio según el Código Civil español puede surgir, por ejemplo, cuando, a la vista de la interesante y curiosa Instrucción de 31 de enero de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre los matrimonios de complacencia (BOE de 17 de febrero), un funcionario se ve obligado a averiguar si unas concretas personas que comparecen ante él manifestando su intención de contraer matrimonio entre sí verdaderamente quieren contraerlo o si sólo desean aparentar que lo contraen, es decir, si pretenden simularlo, por ejemplo para que una adquiera la nacionalidad de la otra, un permiso de residencia o cualquier otro efecto ajeno a la voluntad de celebrar nupcias. La Instrucción da pautas para detectar la verdad o mentira de los comparecientes (por cierto, pautas que, estudiadas por el abogado de los interesados, no evitarían el engaño y podrían facilitarlo), consistiendo el núcleo de la cuestión...
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