BOE. Boletín Oficial del Estado, May 11, 1994 (Nbr. 0112)
I - Disposiciones Generales - Ministerio de la Presidencia
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Ley 26/1988, de 29 de Julio, sobre Disciplina e Intervencion de las Entidades de Credito. de 29 de Julio, sobre Disciplina e Intervencion de las Entidades de Credito. - Artículo 48
Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, sobre Proteccion de los Consumidores en cuanto a la Informacion a suministrar en la Compra-venta y arrendamiento de Viviendas. de 21 de abril, sobre Proteccion de los Consumidores en cuanto a la Informacion a suministrar en la Compra-venta y arrendamiento de Viviendas.
ORDEN DE 5 DE MAYO DE 1994 sobre Transparencia de las Condiciones financieras de los Prestamos hipotecarios.
El artículo 48.2 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, faculta al Ministro de Economía y Hacienda para, con el fin de proteger los legítimos intereses de la clientela activa y pasiva de las entidades de crédito, y sin perjuicio de la libertad de contratación, determinar las cuestiones o eventualidades que los contratos referentes a operaciones financieras típicas habrán de tratar o prever de forma expresa, así como exigir el establecimiento por las entidades de modelos para ellos, pudiendo imponer alguna modalidad de control administrativo sobre dichos modelos. La presente Orden, que complementa la de 12 de diciembre de 1989 sobre tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad de las entidades de crédito, hace uso de la mencionada habilitación en relación con los préstamos en los que la garantía hipotecaria recaiga sobre una vivienda, operación financiera típica generalmente asociada a la adquisición del inmueble.
Dada su finalidad tuitiva, la Orden se circunscribe deliberadamente a los préstamos hipotecarios sobre viviendas, concertados por personas físicas, cuya cuantía no rebase los 25 millones de pesetas. La Orden, cuya finalidad primordial es garantizar la adecuada información y protección de quienes concierten préstamos hipotecarios, presta especial atención a la fase de elección de la entidad de crédito, exigiendo a ésta la entrega obligatoria de un folleto informativo inicial en el que se especifiquen con clari...Try vLex for FREE for 3 days
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