La tutela preventiva del medio ambiente en la jurisdicción civil

Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente - Nbr. 232, March 2007

Francisco Javier Pastor Vita - Doctor en Derecho Profesor de Derecho Civil en la Universidad de Málaga
Permanent Link: http://vlex.com/vid/tutela-preventiva-ambiente-jurisdiccion-449271
Id. vLex: VLEX-449271

Acceda a este documento
y pruebe vLex GRATIS durante 3 días

Previous | Nbr. 232, March 2007 | Next

Sponsored Ads:


Summary:

La reciente aprobación de la Ley 27/2006, de 18 de julio, abre las puertas a las personas jurídicas (ONGs, organizaciones ecologistas, etc.) para acudir a la vía contencioso administrativa para la defensa del medio ambiente. Pero nuestra legislación no prevé aún de modo expreso la legitimación activa de los ciudadanos particulares en defensa del entorno medioambiental. En el presente trabajo defendemos la admisibilidad de tal legitimación y la posibilidad de la defensa preventiva del medio ambiente mediante la solicitud de medidas cautelares en el marco de un procedimiento ordinario, así como por medio del ejercicio de determinados procedimientos posesorios, especialmente adecuados para tal fin.

Citations:

Headnotes:

Extract:

La tutela preventiva del medio ambiente en la jurisdicción civil

Este trabajo se incluye entre los realizados en el seno del Proyecto de Investigación titulado «Análisis jurídico y económico de la normativa medioambiental de la Unión Europea y española: estado actual y perspectivas de futuro» (BJU 2003-09877-C02-01), financiado por el Ministerio de Educación y cuyo investigador principal es el doctor José Manual Ruiz-Rico Ruiz, mi maestro.

I. Aspectos generales de la defensa del medio ambiente ante la jurisdicción civil: el problema de la legitimación activa .

A) Introducción .

El medio ambiente goza en España de reconocimiento legislativo en el artículo 45 CE, que, en su apartado 1, lo configura como un derecho y como un deber, simultáneamente, al afirmar que «todos tienen derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo». Por su parte, el apartado 2 del mismo precepto, habla de la obligación de «defender y restaurar el medio ambiente», reafirmando el carácter ambivalente de este derecho, en el que destaca el deber de preservación del medio ambiente, dirigido a los poderes públicos, que «velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales», ya que está en juego en definitiva la calidad de vida de todos los miembros del grupo social. Dicha protección y tutela la ejercerán esos poderes públicos «apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva».

De lo manifestado se deduce que la Constitución reconoce un derecho de todos al medio ambiente y, al mismo tiempo, un deber correlativo también de todos a su salvaguarda y defensa, tutela ésta que compete no sólo a los poderes públicos sino también al conjunto de los ciudadanos, a los que se requiere su «indispensable solidaridad» en la defensa de un bien jurídico especialmente digno de protección, al constituir un factor indispensable de la «calidad de vida» del ser humano, lo que enlaza con el derecho fundamental a la dignidad de la persona (art. 10 CE)1, al tiempo que configura como uno de los principios básicos de este sector la exigencia de la participación ciudadana en la gestión pública del mismo2.

Esta participación de los ciudadanos en la tutela y gestión del medio ambiente hace necesaria la existencia de unos mecanismos jurídicos adecuados que les permitan gozar en todo momento de la necesaria información medioambiental, pudiendo participar en la adopción de las decisiones públicas en materia de política medioambiental, al tiempo que se haga posible el imprescindible control judicial de la actuación de los poderes públicos en este ámbito. Al cumplimiento de este objetivo responde la reciente aprobación de la Ley 27/2006, de 18 de julio por la que se regulan los derechos a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente3.

Es precisamente en el acceso de los ciudadanos a la justicia en materia de medio ambiente donde surgen las dificultades y los prin- cipales problemas, siendo el primero de ellos el relativo a la legitimación activa para acudir a la vía judicial en este ámbito. Al ser el medio ambiente un concepto jurídico «difuso» que integra una pluralidad de bienes protegibles, lo que lo convierte en una materia multidisciplinar, ello tiene repercusiones competenciales, tanto en el ámbito legislativo como en el jurisdiccional, lo que se complica por el hecho de la concurrencia de una legislación estatal básica y de una amplia legislación autonómica. Desde el punto de vista jurisdiccional, son diversos los órdenes que tienen competencia en esta materia. En tal sentido, la Ley que comentamos dedica su Título IVº al «Acceso a la justicia en asuntos medioambientales», disponiendo (art. 20) que toda persona física o jurídica que considere que un acto expreso o presunto imputable a una autoridad pública ha violado los derechos reconocidos en el mismo, podrá interponer los recursos administrativos regulados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o el recurso contencioso-administrativo regulado en la LJCA, al tiempo que contempla la acción popular en el ámbito medioambiental respecto a los actos expresos o presuntos y, en su caso, las omisiones imputables a las autoridades públicas que vulneren la normativa medioambiental, que podrán ser recurridas por las personas jurídicas que ostenten la legitimación que contempla el artículo 23 de la Ley, esto es, personas jur&...



Activate your free trial now

Make your order

Need help? Contact us

Try vLex for FREE for 3 days

Access legal information from Spain including:

  • Forms and Contracts
  • Collective Agreements
  • Case Law
  • Legislation
  • Books and Journals
  • Legal News

Try vLex without any commitment for 3 days and see why you need it.

3

days of Free Access



If you are already a vLex customer, Access Here

Sponsored Ads:



Documentos Relacionados:


En el presente artículo abordo uno de los temas que dentro del urbanismo más preocupa tanto a las Administraciones Públicas como al legislador y, en general, a toda la sociedad...

Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente - Nbr. 231, January 2007

El medio ambiente como derecho fundamental

En este artículo se sostiene que el medio ambiente en la Constitución española se configura como un auténtico derecho fundamental, y no sólo como un principio rec...

En el presente estudio se realiza un análisis aproximativo a las previsiones fundamentales del Proyecto estatal de Ley del Suelo, sobre la base de la necesaria implementación de los r...

Este breve artículo analiza, a raíz de los casos puestos de manifiesto en cuanto a la utilización torticera del urbanismo, la implicación que tienen los ayuntamientos en...

Other documents:
bluemel v ohio dept of transp ohio 2006 | Case n 108/2008 of Tribunal Superior de Justicia - Las Palmas, Canarias - Sala de lo Contencioso-Administrativo, of September 26, 2008 | resolucion de 28 de diciembre de 2005 de la delegacion provincial de a coruna por la que se realiza la publicidad del acuerdo de 20 de mayo d... | small and medium businesses are demanding allworx voip phones in increasing numbers. | circulaire n° 442bis. - application de l'arrêté royal n° 230 du 21 décembre 1983 relatif au stage et à l'insertion pr... | Princeplast Ine.E Com Artefatos Plasticos Ltda | kundmachung des bundeskanzlers betreffend den geltungsbereich des allgemeinen zoll- und handelsabkommens gatt | hallan el cadaver de una mujer en una playa de tarragona | Despacho n.º 7164/2003 2ªSérie de 11 de Abril de 2003 | Acordao N 71001142702 of Turmas Recursais - Primeira Turma Recursal Civel, of May 24, 2007 | Los jueces han obligado en tres ocasiones a Ona a dar informacion a la oposicion municipal | LJN: AT6379, Centrale Raad van Beroep, 03/208 NABW + 05/2015 NABW

Previous | Nbr. 232, March 2007 | Next