BOJA. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, March 13, 2009 (Nbr. 50)
3. Otras Disposiciones - Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio
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Resolución de 21 de enero de 2009, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 19 de mayo de 2008, por la que se aprueba definitivamente el Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Badolatosa (Sevilla) (Expte. SE-38/07), y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, esta Delegación Provincial hace pública la Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 19 de mayo de 2008, por la que se aprueba definitivamente el Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Badolatosa (Sevilla)
Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, con fecha 26 de junio de 2008, y con el número de registro 2931, se ha procedido a la inscripción y depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados dependiente de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, así como en el correspondiente Registro Municipal del Ayuntamiento de Badolatosa. De conformidad con lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de: - La Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 19 de mayo de 2008, por la que se aprueba definitivamente el Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Badolatosa (Sevilla) (Anexo I) - Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de Planeamiento (Anexo II) ANEXO I «Visto el proyecto de Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Badolatosa (Sevilla), así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad. Vista la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y demás legislación aplicable. HECHOS Primero. El proyecto urbanístico de referencia tiene por objeto dotar al municipio de Badolatosa del instrumento de planeamiento adecuado para la ordenación urbanística de su territorio, sustituyendo al actualmente vigente Proyecto de Delimitación del Suelo Urbano, aprobado definitivamente con fecha 22.7.1977. Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía. Tercero. En el expediente constan los siguientes informes sectoriales: a) La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir ha informado el Proyecto manifestando la no inundabilidad de los terrenos afectados por la ordenación urbanística propuesta, siempre y cuando se cumplan las medidas correctoras recogidas en el Estudio de Inundabilidad elaborado al efecto. b) La Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente ha emitido la preceptiva Declaración de Impacto Ambiental, mediante la que se informa favorablemente, a los efectos ambientales, el Plan General de Ordenación Urbanística de Badolatosa, cuyas determinaciones se consideran ambientalmente viables siempre que se cumplan medidas correctoras contenidas en el propio Plan, en el Estudio de Impacto Ambiental y en las condiciones especificadas en la propia Declaración. c) El Servicio de Carreteras de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes ha informado el proyecto estableciendo condicionantes en la ordenación urbanística en lo que afecta a las carreteras de su titularidad. d) El Área de Equipamientos e Infraestructuras de la Diputación Provincial de Sevilla ha informado favorablemente el Plan General, informe en el que se especifica que los nuevos accesos a las carreteras provinciales que exijan los nuevos desarrollos urbanos deberán ser objeto de proyectos que adopten soluciones consensuadas. Asimismo, se informa que los correspondientes planes parciales y proyectos de urbanización deberán ser informados por la Diputación, previamente a su aprobación. e) La Delegación Provincial de Cultura ha emitido informe técnico sobre la protección de los sitios arqueológicos en el término municipal en el nuevo Plan General de Ordenación Urbanística de Badolatosa, donde se establece a obligatoriedad de recoger un régimen específico de Protección para el Patrimonio Arqueológico del término municipal a través de la inclusión en sus Normas Urbanísticas de una serie de medidas específicas. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. La Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo. Segundo. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de Badolatosa para la resolución definitiva de este proyec...Try vLex for FREE for 3 days
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