Revista de Contratación Electrónica - Nbr. 99, December 2008
Mª Isabel Candelario Macías - Doctora en Derecho Profesora de Derecho Mercantil Universidad Carlos III de Madrid
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En esta contribución se revelan los beneficios y la virtualidad que detenta el diseño industrial como modalidad de la propiedad industrial y como herramienta de marketing estratégico para las empresas, así como valor añadido de los productos en un mercado competitivo. Agregado a ello, se examinan y ponen de manifiesto las diferentes regulaciones que concurren en el amparo de dicha variante; poniéndose especial énfasis en las diferentes acciones judiciales y de salvaguardia que proporciona la Ley 20/2003, de tutela del diseño industrial español.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 256 , 328 , 329
Constitución Española de 1978. - Artículos 44 , 90
Registro mercantil
Diseño industrial
Fuentes del derecho
Otras ramas y fuentes del Derecho
Nuevas tecnologías
Tecnologías de la información
Obligaciones
Contratos
Forma del contrato
Contratación entre ausentes
Contratación electrónica
Empresa mercantil
Contratos mercantiles
Contratos electrónicos
El valor de las formas: la defensa del diseño industrial
I. La ordenación legal y la notoriedad del diseño industrial
El diseño en sentido limitado sin ningún tipo de calificativo es el resultado o fruto -maduro o no- del espíritu de las civilizaciones o culturas que lo produjeron. La relevancia del diseño no deja de ser sino la traslación del pensamiento de un determinado momento histórico en los bienes tangibles y cotidianos. De ahí la conveniencia de su estudio2 desde diversos versantes no sólo históricos, sino también artísticos, económicos, psicológicos, tecnológicos, entre otros.1 Cuando al diseño se le adjetiviza con el término industrial se suman otra serie de matices que enriquecen su concepción desde una visión más amplia. El diseño se incorpora al comercio, a la industria, a la empresa, en definitiva, al mercado y, con ello, se requieren de otros parámetros para su comprensión y conocimiento. El diseño industrial como modalidad de la propiedad industrial recibe diversas connotaciones según el prisma desde el cuál se observe. Es cierto que esta variante de la propiedad industrial tan olvidada reglamentariamente, así como acicate para una eficaz expansión de la imagen y de los artículos de una empresa está siendo objeto, no obstante, de una revisión y redimensionamiento en la actualidad por los beneficios que se desprenden del diseño. Y, esto es así, porque el entorno en el que se maneja el diseño industrial ya no es cerrado, sino abierto y amplio, esto es, globalizado. Adviértase que el diseño industrial es en muchas ocasiones la identidad de los productos sobre los que se aplica y, en suma, de la empresa que los produce, de esta suerte se coligen destacados beneficios y, ante tal tesitura, deriva la 'tentación' o hecho de imitar o copiar dicho proceso o diseño. Bajo este panorama el Ordenamiento jurídico tiene que responder certeramente; de hecho, de la respuesta en mayor o menor medida de tutela del diseño industrial nos dará el indicativo de cómo se halla el diseño industrial protegido en un país u otro, o a nivel internacional y, con ello, el 'avance' de una sociedad respecto a otras. A nadie escapa que los mercados cada vez se exteriorizan en mayor medida y para obtener los beneficios más adecuados se han de tener las ventajas competitivas más idóneas. A tal fin, existen diversos instrumentos de gestión estratégica facilitadores de esas ventajas y, entre estos, nos encontramos con el diseño industrial, que es nuestro eje de atención como bien intangible, y clave para la innovación e imagen corporativa de cualquier empresa. Las precedentes aseveraciones se constatan cuando recurrimos a las constantes frases que nos vienen a decir que en una atmósfera competitiva como la que se hallan las empresas -dentro del ámbito del mercado interior comunitario-, los engranajes que la hacen funcionar han cambiado con el devenir del tiempo, toda vez que los productos se ven constreñidos a incrementar su relación calidad-precio y la solución ya no es ofertar los mismos a menores precios, sino ofrecer más a precios semejantes o parecidos a los de la competencia, aumentando el valor añadido de los productos. En consecuencia, el coste y la calidad son los dos sustentos de la competitividad de los productos. Por lógica, aumentando la calidad trámite el diseño industrial, -que también es una inversión y no tanto un coste-, se conseguirá una mayor competitividad3. Es consabido que la competitividad está circunscrita por la inter- dependencia entre empresa, producto y mercado: el diseño industrial es la herramienta de gestión que a través de su afectación en el producto, en la empresa y en sus relaciones entre éstas y el mercado, posibilita el alcanzar un ajuste correcto de los tres factores mencionados con una importante cconsecuencia final: la optimización y maximización de la competitividad de la empresa. En definitiva, el diseño aparece como un eficaz 'aglutinador' o 'imán', que atrae hacía sí otras nociones cruciales para el buen desarrollo de la vida empresarial en un entorno competitivo. Las nociones de creatividad4 e innovación5 son basamentos que traslucen la sustantividad y virtualidad del diseño industrial6. Expliquemos que los elementos que constituyen dicha creatividad e innovación son diversos, si bien a nuestro propósito es la creación de la forma de los objetos o productos lo que nos interesa como "faro" de examen en esta escueta reflexión: el diseño industrial7. En nuestros días resulta reiterado el planteamiento, -que por otro lado supone una verdad-, que el 'éxito' o el 'fracaso' comercial de un producto, de un objeto, reside no sólo en su cualidad propia desde la visión de su funcionalidad o utilidad, sino a su vez en el diseño8, mediante el cual se pone a disposición del consumidor9 o usuario, que es reflejo o traducción del esfuerzo creativo y de innovación del autor-creador. Reflejemos esto último con un ejemplo: a menudo se comete un error de valoración en ...Try vLex for FREE for 3 days
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