La victima en los delitos relativos a la prostitucion

Cuadernos de Política Criminal - Nbr. 78, July 2002

Rogelio Barba Alvarez - Doctor en Derecho y Especialista en Criminología por la Universidad Complutense de Madrid
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Summary:

SUMARIO:

I. La víctima.

II. Especiales referencias a las víctimas en los delitos relativos a la prostitución, la necesidad y vulnerabilidad.

III. Tipología victimal en los delitos relativos a la prostitución.

IV. Proceso de victimización en los delitos relativos a la prostitución: victimización primaria, secundaria y terciaria: IV.1. Victimización primaria. IV.2. Victimización secundaria: IV.2.1. Legislación nacional e internacional para disminuir la victimización secundaria. IV.3. Victimización terciaria.

V. Programas de reparación para las víctimas de los delitos relativos a la prostitución: V.1. Programas de servicios de asistencia inmediata. V.2. Programas de atención víctima-testigo. V.3. Programas de compensación. V.4. Casas de acogida.?VI.

Nota conclusiva.

Citations:

Headnotes:

Extract:

La victima en los delitos relativos a la prostitucion

I. LA VICTIMA

Se debe tener en consideración que las definiciones que devíctima otorgan tanto la ciencia jurídico-penal como la victimología son distintas, por lo cual se puede originar diferente interpretación al momento de definir las consecuencias jurídicas del delito, y al elaborar una política criminal al caso concreto, lo que nos conduciría a graves confusiones. También a la hora de definir el bien jurídico protegido, pues la norma penal sólo podrá tutelar bienes de carácter imprescindibles y necesarios para la absoluta y adecuada convivencia en sociedad, bienes jurídicos que la victimología no tiene en cuenta en el momento de definir su objeto de estudio.

Para la ciencia penal la víctima viene a ser el sujeto pasivo del delito siendo titular del bien jurídico protegido (1), la palabra sujeto pasivo utilizado por la doctrina a encontrado otros sinónimos que han intentado suplir a éste pues es muy común utilizar el términovíctima para hacer referencia al sujeto pasivo del delito, así lo consideran COBO/VIVES, cuando mencionan que es preciso distinguir entre sujeto pasivo del delito y sujeto pasivo de la acción aunque puedan normalmente coincidir ambos (2), opinión aceptada por la doctrina al estimar que la víctima se encuentra en la Ley penal y se puede desglosar como sujeto pasivo del delito y titular del bien jurídico vulnerado (3) identificado por una conducta típica, antijurídica y culpable (4), el Código Penal de 1995 utiliza la palabra víctima en los artículos 21.5, 22.4, 22.5, 114, 143.4, 148.3, 165, 177, 180.3, 182.2, 181.3, 184, 191.1, 195.3, 197.5, 235.4, 242.2, 250.6. y 7, 263, entre otros, hace mención indistintamente de otros vocablos que intentan sustituir al sujeto pasivo del delito así pues tenemos al ofendido, agraviado y perjudicado (5).

La palabra perjudicado se usa normalmente en las leyes penales para designar a todos aquellos que han sufrido personalmente las consecuencias del delito, lo cual surtirá efectos estrictamente en lo relativo a la responsabilidad civil ex delito (6), en este sentido MIR PUIG, considera más amplio el concepto de perjudicado, ya que abarca no sólo al titular del interés lesionado de modo central, por el delito, sino a todos los que soportan consecuencias perjudiciales más o menos directas, así en el homicidio la víctima es el sujeto pasivo y sus familiares, los perjudicados (7). Así pues, el concepto de perjudicado posee trascendencia a efectos de responsabilidad civil, que tiene efectos frente a todo aquel que tenga ese carácter.

Para MUÑOZ CONDE y GARCÍA ARÁN el concepto de perjudicado es el que más se aproxima al concepto de víctima que utiliza la victimología, éstos separan del concepto jurídico penal de víctima como sinónimo de sujeto pasivo y lo utilizan en un sentido más cercano al de la victimología, asimilándolo como el de perjudicado, como aquél sobre quien recae los efectos negativos del delito (8).

Para ABRAMSHEN, la victimología comprendería el estudio científico de la personalidad y otorgaría atención especial a los factores pertinentes al desarrollo emocional y social de la persona o del grupo que resulta víctima de un crimen (9).

Para MENDELSHON, víctima es la personalidad del individuo o de la colectividad en la medida en que está afectada por las consecuencias s...



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