Revista del Derecho de las Telecomunicaciones e Infraestructuras en Red - Nbr. 2, September 1998
José Luis Marroquín Mochales - Abogado del Estado
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Id. vLex: VLEX-105513
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1. La disposición derogatoria única de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de las Telecomunicaciones (LGTel), deroga expresamente la Ley 42/1995, de 22 de diciembre, de las Telecomunicaciones por Cable (LTelC), a excepción de lo dispuesto en ésta para el régimen del servicio de difusión de televisión, y sin perjuicio de lo establecido —cláusula general— en la disposición transitoria primera de la nueva Ley.

LEY 12/1997, de 24 de Abril, de Liberalizacion de las Telecomunicaciones. de 24 de Abril, de Liberalizacion de las Telecomunicaciones. - Artículo 3
LEY 42/1995, de 22 de Diciembre, de las Telecomunicaciones por cable. de 22 de Diciembre, de las Telecomunicaciones por cable. - Artículo 2
LEY 13/1995, de 18 de Mayo, de Contratos de las administraciones publicas. de 18 de Mayo, de Contratos de las administraciones publicas. - Artículo 70
Vigencia de la ley 42/1995, de 22 de diciembre, de telecomunicaciones por cable
I. PLANTEAMIENTO GENERAL
1. La disposición derogatoria única de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de las Telecomunicaciones (LGTel), deroga expresamente la Ley 42/1995, de 22 de diciembre, de las Telecomunicaciones por Cable (LTelC), a excepción de lo dispuesto en ésta para el régimen del servicio de difusión de televisión, y sin perjuicio de lo establecido —cláusula general— en la disposición transitoria primera de la nueva Ley. 2. Precisamente tal disposición transitoria primera, bajo la rúbrica «derechos reconocidos y títulos otorgados antes de la entrada en vigor de esta Ley», establece, en lo que aquí interesa destacar, lo que sigue: «Respecto de las normas en vigor en el momento de aprobación de esta Ley y de los derechos reconocidos y los títulos otorgados al amparo de ellas, será de aplicación lo siguiente: ... 6. En cuanto a la normativa aplicable en materia de derechos especiales o exclusivos y a los títulos habilitantes otorgados a su amparo regirán las siguientes normas: a) A los efectos de esta disposición transitoria, tendrán la consideración de títulos habilitantes que otorgan derechos especiales o exclusivos los siguientes: ... Los títulos habilitantes otorgados al amparo de la Ley 42/1995, de 22 de diciembre, de Telecomunicaciones por Cable, modificada por el artículo 3 de la Ley 12/1997, de 24 de abril, de Liberalización de las Telecomunicaciones. ... b) La normativa de desarrollo de la legislación vigente hasta la entrada en vigor de esta Ley tan sólo será de aplicación en lo que no se oponga a ella y, en especial, a las normas sobre libre competencia. c) Los títulos otorgados al amparo de la normativa a que se refiere la letra b) deberán ser transformados en nuevos títulos, de conformidad con lo previsto en esta Ley, antes del 1 de agosto de 1999. d) En las demarcaciones a las que se refiere el artículo 2 de la Ley 42/1995, de 22 de diciembre, de Tel...Try vLex for FREE for 3 days
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