VII Conferencia Internacional de Derecho de Familia y de la II Escuela Ibero-Latinoamericana de Derecho de Familia y otras disciplinas afines, Hotel Nacional, La Habana, mayo 7 al 9 de 2013
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VII Conferencia Internacional de Derecho de Familia
y de la II Escuela Ibero-Latinoamericana de Derecho
de Familia y otras disciplinas anes,
Hotel Nacional, La Habana, mayo 7 al 9 de 2013
Intensas jornadas de trabajo matizaron el exitoso desarrollo de la VII Conferencia
Internacional de Derecho de Familia y de la II Escuela Ibero-Latinoamericana de
Derecho de Familia y otras disciplinas anes, celebrada entre los días 7 y 9 de mayo
de 2013 en el Hotel Nacional de Cuba, con el coauspicio de la Facultad de Dere-
cho de la Universidad de La Habana, la Asociación Americana de Juristas (AAJ),
OXFAM Canadá y la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE).
El evento contó con la participación de más de 150 delegados procedentes de
Colombia, Costa Rica, Ecuador, España, Italia, México, Nicaragua y Cuba. Como
profesores invitados asistieron el Dr. Carlos Rogel Vide, Catedrático de Derecho Ci-
vil de la Universidad Complutense de Madrid y del Dr. Julián Güitrón Fuentevilla,
Profesor Emérito de la Universidad Autónoma de México.
Tres sesiones plenarias y la realización de 4 talleres dieron como resultado un to-
tal de 11 conferencias, 17 ponencias y 6 paneles, de las que resulta loable reconocer
la alta calidad en el tratamiento de las temáticas analizadas.
En atinada reexión se abordó el tema de la obligación de dar alimentos entre
parientes, haciendo especial referencia a los casos de personas con discapacidad y de
la tercera edad. En esta línea, se analizó la naturaleza de la pensión alimentaria entre
ex cónyuges en el Código de Familia cubano, a la cual se aplica supletoriamente el
régimen jurídico de la obligación de dar alimentos, puntualizándose además en los
requerimientos necesarios de su régimen de extinción.
Una adecuada distinción entre ejercicio y titularidad de la patria potestad posi-
bilitó comprender su contenido y alcance. En este sentido se analizaron las pecu-
liaridades de su tratamiento legal en el Derecho Comparado, especícamente en lo
relativo a la necesidad de su ejercicio de manera conjunta por los progenitores.
Los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes tuvieron su eje
central en la necesidad de la convivencia lial y familiar, así como en la práctica de
corregir y proteger integralmente a la infancia, haciendo hincapié en sus caracteres
esenciales y en la ruptura de los progenitores como su principal causa.
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